REGIMENES AUTONOMICOS EN BOLIVIA
Enviado por marco.pozo • 1 de Mayo de 2014 • 3.757 Palabras (16 Páginas) • 1.362 Visitas
“REGIMENES AUTONOMICOS EN BOLIVIA”
I. INTRODUCCION
Bolivia está transitando tiempos de cambio profundo en la construcción de su historia, la modernización del Estado y el contexto global y globalizante en el cual se desarrolla el país, le obliga a introducir cambios en sus estructuras organizacionales e institucionales, a nuevos actores como son los pueblos y naciones indígenas originarias campesinas, en el marco de la diversidad sociocultural del país, para construir un proyecto histórico común.
La aprobación y posterior promulgación de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” del 19 de julio de 2010, sin duda constituye uno de los hitos más importantes de los últimos años en la construcción del nuevo Estado Plurinacional de Bolivia. Después de la nueva Constitución Política del Estado, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización (LMAD) establece los cimientos sobre los cuáles, todos los bolivianos y bolivianas, debemos construir la Bolivia Autonómica del nuevo milenio, una Bolivia descolonizada, unida, solidaria y productiva.
II. DESARROLLO
REGIMEN AUTONOMICO
1. La autonomía en la nueva Constitución Política del Estado
La autonomía, está presente en el primer artículo de la nueva Constitución Política del Estado. Permite planificar y ejecutar nuestro desarrollo social, económico y político desde nuestro municipio, departamento, región y autonomía indígena originaria campesina.
“Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país” (CPE, Art. 1)
2. La Autonomía en la Ley Marco de Autonomías y Descentralización
El modelo de Estado autonómico tiene características que fueron diseñadas a la medida de nuestro país, entre otras:
• Permite la elección directa de autoridades en todos los niveles de Gobierno,
• La administración directa de recursos, y la
• Posibilidad de legislar, reglamentar y ejecutar.
“La autonomía implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos, y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del gobierno autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones” (CPE, Art. 272)
3. ¿Qué es y qué no es autonomía?
Autonomía es:
• Integración nacional (fortaleciendo los espacios geográficos planificando y ejecutando su autodesarrollo).
• Reconocer y revalorizar la identidad cultural para desarrollar la gestión territorial.
• Facilitar la administración económica y legislativa en los ámbitos locales.
• Mejorar la provisión de servicios básicos en todo el país, no solamente en las ciudades.
Autonomía NO es:
• Desunión.
• Discriminación y exclusión.
• Promover el aislamiento y la superioridad de una cultura sobre otra.
• Fragmentar el país.
• Autoritarismo.
• Independencia o soberanía.
La Autonomía es una cualidad gubernativa que adquiere una entidad territorial de acuerdo a las condiciones y procedimientos establecidos en la CPE y la Ley.
4. Organización Territorial del Estado Plurinacional
La Constitución Política promulgada en febrero de 2009, consagra una nueva organización territorial del Estado, constituida por departamentos, provincias, municipios, Territorios Indígenas Originario Campesinas y regiones
La organización territorial del Estado, ha sido aplicable para las Autonomías Departamentales y Municipales; mientras que la constitución de las Autonomías Indígenas Originarias Campesinas, Regiones Indígenas Originarias Campesinas y Autonomías Regionales, modificará límites Municipales y Provinciales, y creará nuevas unidades territoriales Autónomas o Descentralizadas. Por tanto, este proceso requerirá de una nueva delimitación territorial: de creación, modificación y delimitación, que puede resolver los problemas históricos de límites de departamentos, provincias y municipios, a partir mecanismos, procedimientos y requisitos claros en la nueva Ley de Unidades Territoriales.
“Los principios que rigen la organización territorial y las entidades territoriales descentralizadas y autónomas son: la unidad, voluntariedad, solidaridad, equidad, bien común, autogobierno, igualdad, complementariedad, reciprocidad, equidad de género, subsidiariedad, gradualidad, coordinación y lealtad institucional, transparencia, participación y control social, provisión de recursos económicos y preexistencia de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, en los términos establecidos en esta Constitución” (CPE, Art. 270).
5. Base Territorial de las Autonomías
La base territorial para la conformación de los diferentes niveles de Autonomías es la siguiente:
Nivel de Autonomías Base Territorial (Unidad Territorial)
Autonomía Departamental Departamentos
Autonomía Municipal Municipios (creación de nuevos Municipios
Art. 294-III)
Autonomía Regional Municipios y Provincias Art. 280-I CPE.
Autonomía Indígena Originaria
Campesina
Región Indígena Originario Campesina
Municipios, territorios Indígena Originario
Campesinas y Regiones. Art. 290 -292 CPE.
Autonomías IOC, Municipios, Distritos
Indígenas y TIOC Art. 295 CPE.
Como se dijo anteriormente para el caso de las Autonomías Departamentales y Municipales se tiene definido las Unidades Territoriales (Departamentos y Municipios), de alguna forma también para las Autonomías Regionales (Provincias + Municipios); pero, para el caso de las Autonomías IOC (Municipios, Territorios IOC y Regiones) es importante diferenciar la base territorial para los pueblos de tierras altas y para los pueblos de las tierras bajas.
El primer grupo básicamente está conformado por los quechuas y aymaras que ocupan territorios notoriamente diferenciados de los pisos ecológicos. El segundo grupo, los indígenas de tierras bajas, está integrado por más de 30 pueblos aunque todos juntos representan tan sólo el 10% de los indígenas y la mayoría tiene títulos (o en proceso) de Tierras
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