REGLAMENTO ACII
Enviado por faviola0508 • 23 de Febrero de 2013 • 3.104 Palabras (13 Páginas) • 389 Visitas
FACTORES DE SEGURIDAD PARA DIFERENTES TIPOS DE CARGA
9.2.1— La resistencia requerida U debe ser por lo menos igual al efecto de las cargas mayoradas en las Ecuaciones (9-1) a (9-7). Debe investigarse el efecto de una o más cargas que no actúan simultáneamente.
U = 1.4(D + F ) (9-1)
U = 1.2D + 1.6 Lr ó S ó R + 1.0L ó 0.87W (9-3)
U = 1.2D + 1.6W + 1.0L + 0.5(Lr ó S ó R) (9-4)
U = 1.2D + 1.0E + 1.0L + 0.2S (9-5)
U = 0.9D + 1.6W + 1.6H (9-6)
U = 0.9D + 1.0E + 1.6H (9-7)
excepto que:
(a) Se permite reducir a 0.5 el factor de carga de carga viva L en las ecuaciones (9-3) a (9-5), excepto para estacionamientos, áreas ocupadas como lugares dereunión pública y en todas las áreas donde L sea superior a 4.8 kN/m2. (b) Se permite usar 1.3W en lugar de 1.6W en las ecuaciones (9-4) y (9-6) cuando la carga por viento W no haya sido reducida por un factor de direccionalidad. (c) En las ecuaciones (9-5) y (9-7) se puede usar 1.4E en lugar de 1.0E , cuando E , los efectos de carga por sismo se basen en los niveles de servicio de las fuerzas sísmicas. (d) El factor de carga para H , cargas debidas al peso y presión del suelo, agua en el suelo, u otros materiales, debe fijarse igual a cero en las ecuaciones (9-6) y (9-7) si la acción estructural debida a H neutraliza las causadas por W ó E . Cuando las presiones laterales ejercidas por el empuje del suelo proporcionan
resistencia a las acciones estructurales provenientes de otras fuerzas, no deben incluirse en H , sino deben incluirse en la resistencia de diseño.
COEFICIENTES DE REDUCCIÓN
La resistencia de diseño proporcionada por un elemento, sus conexiones con otros elementos, así como sus secciones transversales, en términos de flexión, carga axial, cortante y torsión, deben tomarse como la resistencia nominal calculada de acuerdo con los requisitos y suposiciones de este reglamento, multiplicada por los factores φ de reducción de resistencia dados en 9.3.2, 9.3.4. y 9.3.5
9.3.2 — El factor de reducción de resistencia, φ , debe ser el dado en 9.3.2.1 a 9.3.2.7:
9.3.2.1 — Secciones controladas por tracción como se define en 10.3.4 ...........0.90
(Véase también 9.3.2.7)
9.3.2.2 — Secciones controladas por compresión como se definen en 10.3.3:
(a) Elementos con refuerzo en espiral según 10.9.3 ................. 0.70
(b) Otros elementos reforzados. ................................................ 0.65
Para las secciones en las que la deformación unitaria neta a la tracción en el acero extremo en tracción en el estado de resistencia nominal, t ε , se encuentra entre los límites para secciones controladas por compresión y las secciones controladas por tracción, se permite que φ aumente linealmente desde el valor correspondiente a las secciones controladas por compresión hasta 0.90, en la medida que t ε aumente desde el límite de deformación unitaria controlado por compresión hasta 0.005. En forma alternativa, cuando se usa el Apéndice B, para elementos en los cuales fy no exceda 420 Mpa, con refuerzo simétrico, y ( ) d′ − ds /h no es menor de 0.70, se permite aumentar φ linealmente hasta 0.90, en la medida que φPn disminuye desde 0.10fc′Ag hasta cero. Para otros elementos reforzados φ puede incrementarse linealmente a 0.90 en la medida que φPn disminuye desde 0.10fc′Ag ó Pb , el que sea menor, hasta cero.
PERALTES MÍNIMOS
RECUBRIMIENTO DE CONCRETO PARA EL ACERO DE REFUERZO EN ELEMENTOS ESTRUCTURALES
7.1 — Ganchos estándar
El término “gancho estándar” se emplea en este reglamento con uno de los siguientes significados:
7.1.1 — Doblez de 180º más una extensión de 4db , pero no menor de 60 mm en el extremo libre de la barra.
7.1.2 — Doblez de 90º más una extensión de 12db en el extremo libre de la barra.
R7.1 — Ganchos estándar
Los métodos y normas recomendados para la preparación de los planos de diseño, detalles típicos y planos para la fabricación y colocación del refuerzo en estructuras de
concreto reforzado, se describen en “ACI Detailing Manual”, del Comité ACI 3157.1.
En este reglamento todas las disposiciones relativas a los diámetros de las barras, los alambres o los torones (y su área) se basan en las dimensiones nominales del refuerzo, tal como se proporcionan en la norma correspondiente de la ASTM.
Las dimensiones nominales equivalen a las de un área circular que tiene el mismo peso por metro que los tamaños de las barras, los alambres y los torones designados por la ASTM. El área de la sección transversal del refuerzo se basa en las
dimensiones nominales.
7.1.3 — Para estribos y ganchos de estribo (a) Barra No. 16 y menor, doblez de 90º más 6db de extensión en el extremo libre de la barra, o (b) Barra No. 19, No. 22, y No. 25, doblez de 90º más extensión de 12db en el extremo libre de la barra, o (c) Barra No. 25 y menor, doblez de 135º más extensión de 6db en el extremo libre de la barra.
7.1.4 — Ganchos sísmicos definidos en 21.1
R7.1.3 — Los ganchos estándar de estribos están limitados a barras No. 25 o menores, y el gancho de 90 grados con unextensión de 6db está limitado además a barras No. 16 o
menores, en ambos casos como resultado de investigaciones que demuestran que los tamaños mayores de barras con gancho de 90 grados y extensiones de 6db , tienden a salirse bajo cargas elevadas.
7.2 — Diámetros mínimos de doblado R7.2 —
Diámetros mínimos de doblado
7.2.1 — El diámetro de doblado, medido en la cara interior de la barra, excepto para estribos de diámetros No. 10 a No. 16, no debe ser menor que los valores de la Tabla
7.2. Los dobleces estándar de las barras de refuerzo se describen en términos del diámetro interior de doblado, ya que éste resulta más fácil de medir que el radio de dicho doblez. Los factores principales que afectan el diámetro mínimo de doblado son la capacidad del acero de doblarse sin romperse y la prevención del aplastamiento del concreto dentro del doblez.
7.2.2 — El diámetro interior de doblado para estribos no debe ser menor que 4db para barras No. 16 y menores. Para barras mayores que No. 16, el diámetro de doblado
debe cumplir con lo estipulado en la Tabla 7.2.
R7.2.2 — El doblez mínimo de 4db para los tamaños de barras que comúnmente se utilizan para estribos, se basa en la práctica aceptada de la industria en los Estados
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