REGLAMENTO DEL CONSEJO DEL PODER POPULAR DE TRIUNFADORES DE LA MISIÓN SUCRE
Enviado por yoki • 5 de Mayo de 2013 • 11.264 Palabras (46 Páginas) • 703 Visitas
REGLAMENTO DEL CONSEJO DEL PODER POPULAR DE TRIUNFADORES DE LA MISIÓN SUCRE
TITULO I
Fundamentos
Objeto del Reglamento
Artículo 1: El presente reglamento tiene por objeto establecer los fundamentos, estructura y funcionamiento del Consejo del Poder Popular de Triunfadores de la Misión Sucre y su interrelación e integración con el Consejo del Poder Popular Estudiantil a nivel nacional.
Ámbito de Aplicación
Artículo 2: Las presentes normas regirán la participación de los triunfadores que participan en el Trayecto Inicial y los Programas de Formación de Grado; en todos los ambientes en donde se desarrolle la educación universitaria municipalizada.
Principios Fundamentales
Artículo 3: La organización de los triunfadores de la Misión Sucre se fundamentará en los siguientes principios: democracia, revocabilidad, alternabilidad, responsabilidad social, honestidad, transparencia, participación protagónica, rendición de cuentas, pertinencia social, solidaridad y antiimperialismo, universalidad de raza, sexo, religión, edad y condición física, así como en todos aquellos otros principios recogidos en el preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Ética Revolucionaria
Artículo 4: Los valores del Consejo del Poder Popular de Triunfadores de la Misión Sucre descansan en los caminos de la justicia social, la equidad, la solidaridad y honestidad, la corresponsabilidad moral, el respeto absoluto a la vida y al trabajo creador, productivo y transformador y en la conciencia revolucionaria y socialista producto de las luchas por la transformación de la sociedad y el desarrollo de la espiritualidad de los triunfadores de la Misión Sucre.
CAPÍTULO II
De los Voceros y Voceras
Acerca de los Voceros y Voceras
Artículo 5: A los fines del presente reglamento se entenderá por vocera o vocero a aquella o aquel triunfador voluntario y debidamente electo que sirve a la comunidad de triunfadores como agente de enlace comunicacional y transmisor de información, así como un activador de políticas sociales.
Del Perfil de los Voceros y las Voceras
Artículo 6: El aspirante a ser vocera o vocero de Misión Sucre debe poseer las siguientes cualidades:
1. Ser triunfador regular e inscrito en la Misión Sucre con buen desempeño académico, con conocimiento de los fundamentos conceptuales de la Misión Sucre y pertenecer a la Aldea en la cual aspira ser vocero.
2. Fomentar y enaltecer los valores y principios proclamados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, particularmente aquellos concernientes al proceso de transformación del Sistema Educativo Universitario y su municipalización.
3. Ser coherente con sus acciones y su pensamiento en cualquier ámbito de acción como ciudadano.
4. Respetar y promover una conducta orientada hacia principios de justicia social, solidaridad y compromiso y apegada a los valores de la ética y la moral.
5. Poner en práctica cualidades de líder bolivariano, como son saber asumir y delegar funciones con probidad.
6. Mantener las mejores relaciones con la comunidad de Triunfadores y prestar servicio a la comunidad de acuerdo a lo contemplado en la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior.
7. Promover un clima de tolerancia racial, religiosa, sexual y de cualquier otra índole.
8. Defender y promover el sistema democrático, socialista y participativo.
9. Poseer conciencia plena de sus obligaciones para con la patria, su región, su comunidad.
10. Seguir con atención el curso de la política nacional y regional, de la economía del país, de los fenómenos sociales que se operan a su alrededor, para informarse e informar a la base de Triunfadores.
11. Ser promotora o promotor de la formación, organización y participación, en pro de la defensa de los derechos de los Triunfadores, así como del ejercicio de sus deberes.
12. Dedicar el tiempo necesario que el ejercicio de las funciones de vocería requiere.
13. Poseedor o poseedora de sentido crítico y autocrítico, así como analítico, decidido y preocupado por las diversas problemáticas y debilidades que existen dentro de su entorno académico y a su vez, estar abierto a las críticas por parte de sus compañeros triunfadores.
14. Ser efectivo y eficiente, así como, respetar y acatar todos los lineamientos surgidos de las asambleas, dispuesto siempre a cumplir con las obligaciones que se le han asignado, no sólo de palabra, sino con hechos y tener la resolución que amerite cada situación.
15. Estar exento de cualquier tipo de sanción disciplinaria.
16. Promotor del socialismo bolivariano en todos los ámbitos.
17. Estar inscrito en el Registro Electoral del Consejo Nacional Electoral, si es mayor de edad.
De los Derechos de los Voceros y Voceras.
Artículo 7: Son derechos de los voceros y voceras:
1. Expresar libremente sus convicciones filosóficas, religiosas, políticas, académicas y artísticas.
2. A estar informado y a la réplica
3. A ser escuchado ante las distintas instancias que conforman la estructura organizacional de Triunfadores y por las instancias de dirección y control de la Misión Sucre.
4. A renunciar.
5. A pedir colaboración a los compañeros, para la ejecución de las actividades que demanden las Asambleas.
6. Denunciar y elaborar propuestas frente a todo lo que afecte el desarrollo de las metas y aspiraciones del movimiento de Triunfadores.
7. Organizarse en función de los intereses comunes al colectivo de Triunfadores.
8. Acudir ante las instancias correspondientes, cuando considere que sus derechos y el de sus compañeros han sido lesionados en lo académico, administrativo o personal.
9. Elegir y ser elegidos para las instancias de vocería de Triunfadores que hacen vida dentro de la Misión Sucre.
10. A ser oído en caso de ser sometido a un proceso de revocación.
11. A obtener un certificado que reconozca el papel que ha desempeñado como vocero.
12. A que los docentes y autoridades de la Misión Sucre les brinden la colaboración para que el vocero se pueda desempeñar en sus funciones, en especial en aquellas que ameriten ausentarse del salón de clase.
De los Deberes de los Voceros y Voceras
Artículo 8: Son deberes de los voceros y voceras los que se enumeran a continuación:
1. Cumplir con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes.
2. Rendir honores a los símbolos patrios.
3. Respetar y defender los derechos humanos.
...