REQUERIMIENTO EXTRAJUDICIAL
Enviado por formato24 • 6 de Junio de 2013 • 386 Palabras (2 Páginas) • 3.434 Visitas
SU PATRIMONIO SE ENCUENTRA EN RIESGO.
DISTINGUIDO SR. DEBIDO A QUE HA HECHO CASO OMISO A LOS DIVERSOS REQUERIMIENTOS DE PAGO REFERENTE A SU ADEUDO CON EL SR. , POR ESTE CONDUCTO, NOTIFICO A USTED QUE SE ESTÁN HACIENDO LOS TRÁMITES NECESARIOS PARA REQUERIRLE JUDICIALMENTE DE PAGO LAS CANTIDADES QUE ADEUDA, CITADAS EN REFERENCIA.
HACEMOS DE SU CONOCIMIENTO QUE EN CASO DE NO LIQUIDAR SU ADEUDO, SE DETERMINARON LO SIGUIENTES PUNTOS:
• MERCANTILMENTE: SE HARÁ LA DILIGENCIA DE EMBARGO POR LA CANTIDAD DE $ 6,957.00 (3 VECES LA CANTIDAD ADEUDADA). EL EMBARGO SE LLEVARÁ A CABO COMENZANDO CON LAS PROPIEDADES INMOBILIARIAS QUE PUDIERA TENER EL DEUDOR, PROCEDIENDO ASÍ CON CUALQUIER ELECTRODOMÉSTICO O BIEN QUE PUEDA GARANTIZAR LO ADEUDADO.
EN CASO DE QUE LAS PROPIEDADES NO SE ENCUENTREN A NOMBRE DEL DEUDOR SE DEBERÁ ESTAR PRESENTE AL MOMENTO DE LA DILIGENCIA PARA MOSTRAR FACTURAS ORIGINALES Y DESLINDAR RESPONSABILIDAD Y EN SU CASO PROMOVER UNA TERCERÍA EN EL JUZGADO CORRESPONDIENTE.
ART. 1394 CODIGO DE COMERCIO CITA QUE LA DILIGENCIA E EMBARGO NO SE SUSPENDERÁ POR NINGÚN MOTIVO, SINO QUE SEGUIRÁ ADELANTE HASTA SU CONCLUSIÓN.
ART. 73 CODIGO DE ADJETIVO CIVIL VERSA QUE, LOS JUECES PARA HACER CUMPLIR SUS DETERMINACIONES, PUEDEN EMPLEAR CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES MEDIOS DE APREMIO: 1.- LA MULTA, 2.- EL AUXILIO DE LA FUERZA PUBLICA Y ROMPIMIENTO DE CERRADURAS, 3.- EL CATEO POR ORDEN ESCRITA Y 4.- EL ARRESTO.
• PENALMENTE: EN EL EXPEDIENTE SE HAN ACREDITADO ALGUNOS HECHOS QUE NOS LLEVAN A DETERMINAR QUE EXISTE LA POSIBILIDAD DE UN FRAUDE, MISMO QUE ES CASTIGADO POR LAS LEYES PENALES DEL ESTADO.
COMO SE OBSERVA, LA LEY ES CLARA Y PRECISA EN SU APLICACIÓN Y A EFECTO DE EVITARSE ESTE PROCEDIMIENTO INICIADO EN SU CONTRA, DADO QUE NO DESEAMOS PERJUDICARLO, LO ÚNICO QUE NECESITAMOS URGENTEMENTE ES RECUPERAR EL DINERO QUE USTED DEBE AL SR. COMO MUESTRA DE LO ANTERIOR SE LE HA OTORGADO LA POSIBILIDAD EVITARLO Y SE LE DESCUENTAN TODOS LOS GASTOS DE COBRANZA Y LOS INTERESES, SIEMPRE Y CUANDO NOS LIQUIDE LOS $2,319.00 ANTES DEL 19 DE FEBRERO DE 2013.
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