Reformas al codigo de comercio. " Еl juicio ejecutivo mercantil va a ser oral en Мexico"
Enviado por marlene_271 • 18 de Marzo de 2014 • Trabajo • 651 Palabras (3 Páginas) • 331 Visitas
REFORMAS AL CODIGO DE COMERCIO. " EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL VA A SER ORAL EN MEXICO"
Mensaje Abogado Ramirez el Dom 6 Mar 2011 - 18:38
SALUDOS AMIGOS
LES INFORMO QUE EL PROXIMO AÑO ENTRARA EN VIGOR LA NUEVA REFORMA AL CODIGO DE COMERCIO DE FECHA 27 DE ENERO DE 2011
DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas
disposiciones del Código de Comercio.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados
Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable
Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO
GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMAN,
ADICIONAN Y DEROGAN
DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO DE COMERCIO
Artículo Único.- Se reforman los artículos
1464 a 1480, que comprenden el Capítulo X, "De la Intervención Judicial en la Transacción Comercial y el Arbitraje"; se adicionan los artículos 1067 Bis; 1339 Bis; y un Título Especial, que se denominará "Del Juicio Oral Mercantil", que comprende los artículos 1390 Bis a 1390 Bis 49, y se derogan los artículos 1460 y 1463, segundo párrafo del Código de Comercio; para quedar como sigue:
Artículo 1067 Bis.-
Para hacer cumplir sus determinaciones el juez puede emplear cualquiera de las
siguientes medidas de apremio que estime pertinentes, sin que para ello sea
necesario que el juzgador se ciña al orden que a continuación se señala:
I. Amonestación;
II. Multa hasta de
seis mil pesos, monto que se actualizará en términos del artículo 1253,
fracción VI;
III. El uso de la
fuerza pública y rompimiento de cerraduras si fuere necesaria, y
IV. Arresto hasta por
treinta y seis horas;
Si el juez estima que
el caso puede ser constitutivo de delito, dará parte al Ministerio Público.
Artículo 1339 Bis.-
Los asuntos de cuantía indeterminada siempre serán apelables.
TÍTULO ESPECIA
Del Juicio Oral Mercantil
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1390 Bis.- Se
tramitarán en este juicio todas las contiendas cuya suerte principal sea
inferior a 220 mil 533 pesos 48 centavos, moneda nacional, sin que sean de
tomarse en consideración intereses y demás accesorios reclamados a la fecha de
interposición de la demanda.
CAPÍTULO
II
Del
Procedimiento Oral
SECCIÓN
PRIMERA
Fijación
de la Litis
...