Reglamento de Práctica y Titulación.
Enviado por xr2501992 • 23 de Septiembre de 2016 • Apuntes • 1.435 Palabras (6 Páginas) • 211 Visitas
Reglamento de Práctica y Titulación
Artículo Nº 01 : Al finalizar el último semestre lectivo, el alumno debe realizar un período de Práctica Profesional, cuya duración será de 400 horas.
Artículo Nº 02 : Cumplirán este requisito todos los alumnos del Centro de Formación Técnica Tecnológico Protec, que acrediten haber aprobado la totalidad de los ramos del plan de estudios de la carrera cursada y se encuentren matriculados en el semestre correspondiente.
Artículo Nº 03 : Se entiende por Práctica Profesional el período en que los alumnos de las carreras del Centro de Formación Técnica Tecnológico Protec, realizan actividades y trabajos propios de su especialidad en diversos centros de práctica, bajo la guía, orientación y supervisión del Profesor Guía asignado por la Jefatura de Carrera.
Artículo Nº 04 : Con la Práctica Profesional se pretende que los alumnos cumplan con los siguientes objetivos:
- Aplicar de manera creativa los conocimientos y técnicas adquiridas en el transcurso de la carrera, a proyectos y problemas que se presentan en la empresa.
- Conocer la realidad laboral de su especialidad.
- Fortalecer el desarrollo de competencias, actitudes y habilidades necesarias para un eficiente desempeño laboral.
Artículo Nº 05 : La Práctica Profesional no podrá realizarse en un plazo superior a dos semestres académicos, contados desde su último período lectivo. Transcurrido este plazo caducará su derecho a realizarlo.
Artículo Nº 06 : En casos excepcionales y a petición expresa y fundamentada del Sub-Director Académico, el Director podrá autorizar la realización de la Práctica Profesional a quien no la hubiere hecho en los plazos establecidos.
Artículo Nº 07 : La Práctica Profesional se considerará aprobada cuando el Supervisor la califique con nota mínima 4.0.
Artículo Nº 08 : En caso de reprobar la Práctica Profesional, el alumno deberá cumplir en el período académico siguiente una nueva Práctica Profesional. De reprobar por segunda vez el alumno quedará impedido de egresar.
Artículo Nº 09 : Sin perjuicio del Artículo anterior, podrá elevar una solicitud al Sub-Director Académico para realizar por tercera y última oportunidad la Práctica Profesional.
Artículo Nº 10 : Aquellos alumnos trabajadores, cuya actividad laboral corresponde a la especialidad y al nivel técnico de la carrera a la cual pertenecen, les será considerada su permanencia laboral con el mínimo de horas establecidos por el Plan de Estudios de la carrera, como su Práctica Profesional.
Artículo Nº 11 : Para hacer efectivo lo que versa el artículo anterior, la Jefatura de Carrera establecerá un sistema de Tutoría y Evaluación que determine la equivalencia de dicho trabajo con la práctica.
Artículo Nº 12 : Todas las carreras contemplan en su Plan de Estudios un Seminario como actividad de Titulación.
Artículo Nº 13 : El Seminario corresponde a la actividad terminal que deberá realizar el alumno y consiste en la realización de un informe sobre la experiencia adquirida durante su Práctica Profesional, el cual será evaluado de acuerdo a la escala de calificación del Reglamento Académico.
Artículo Nº 14 : El Informe debe contener:
- Una parte de identificación con nombre completo del alumno, lugar de práctica, carrera, profesor supervisor y fecha de realización de la práctica.
- Índice de materias.
- Introducción.
- Presentación de las actividades desarrolladas en su práctica, indicando nuevas experiencias de aprendizajes y logros más destacables.
- Conclusiones y recomendaciones a futuros alumnos practicantes y a la institución en aspectos que desee destacar o corregir de la formación recibida.
Artículo Nº 15 : Normas de presentación del Seminario
- Encuadernación simple (anillado)
- Papel blanco tamaño carta
- Escrito en procesador de texto
- Márgenes de 3 cms.
- Interlineado de 1,5
- Numeración de páginas en extremo inferior derecho
- Se deben entregar 3 ejemplares.
Artículo Nº 16 : La actividad de titulación o seminario debe aprobarse con nota superior o igual 4,0. El alumno que repruebe esta actividad podrá repetirla hasta en 2 ocasiones posteriormente
Artículo Nº 17 : Cumplidos todos los requisitos anteriores, el alumno podrá egresar del Centro.
Artículo Nº 18 : Se denomina egresado al alumno que:
...