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Relaciones D Etrabajo


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2013  •  1.999 Palabras (8 Páginas)  •  187 Visitas

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SISTEMAS CONTRACTUALES

Los sistemas de integración vertical contractual son los más frecuentes en el mercado. Se desarrollan como consecuencia de la dificultad de adquirir las redes de distribución, ya sea por incapacidad financiera o por los problemas de su gestión posterior

Este tipo de integración vertical consiste en la dirección y coordinación de los miembros que forman el canal de distribución por la vía del acuerdo contractual en el que se establece un reparto de funciones entre los miembros asociados. La asignación de funciones y actividades se realiza mediante la negociación, diseño y ejecución de un contrato que vincula a la totalidad o parte de los miembros del canal de distribución. Por este procedimiento, se pueden conseguir amplias redes de distribución sin tener que realizar grandes inversiones. Algunos sistemas contractuales conllevan una integración hacia atrás (cooperativas de detallistas, grupos de compra minoristas y mayoristas, asociaciones de importación, etc.) mientras que otros proponen una integración hacia adelante (generalmente franquicias, cadenas voluntarias, asociaciones para promocionar exportaciones, etc.).

ESQUEMAS PATRONALES

Sistemas patronales: Se establecen para cumplir funciones de manera directa con el trabajador ya que se encargan de realizar el reparto de funciones y delegar actividades al personal, ya que se puede estipular que se maneja como una dirección la cual a través o dependiendo de las requisiciones del trabajo se le extiende un contrato de trabajo.

* Proporcionar capacitación.

* Organizar la capacitación y promover la educación y la sensibilización de los trabajadores.

* Salarios e indemnizaciones.

* Pago de primas de seguro.

* Proporcionar herramientas útiles.

* Facilitar un apropiado diseño de los materiales operativos y de entrenamiento.

* Constancias de sueldos y días laborados.

* Recibos de sueldos.

La ley del Seguro Social: Que ofrece diferentes tipos de prestaciones al trabajador.

La ley del INFONAVIT: Siendo esta otra prestación de las más importantes y debe de ser conocida tanto por el trabajador como por el patrón.

Sistemas de prestaciones en especie.

ESQUEMAS SINDICALES

Los cuales son para el beneficio del trabajador ya que ofrecen una asesoría tanto legal como jurídica defendiendo sus derechos y representando al trabajador en el problema en que este se encuentre. Todo ello a través de un sindicato formado y establecido por parte de los trabajadores de una manera unánime y concisa.

Además también se les da a conocer las obligaciones que tendrán que cumplir para tener una buena relación de trabajo.

Prestaciones Económicas: hay prestaciones económicas, en especie, bonos y estímulos. El propósito de la existencia de cada uno de este tipo de prestaciones es para así poder motivar e incentivar a los empleados que trabajan dentro de una organización.

Este tipo de prestaciones están perfectamente descritas en la ley de Seguro Social, artículo 58. Este tipo de prestaciones comprenden incapacidad temporal, maternidad, lactancia, entre otros.

PRESTACIONES ECONÓMICAS

Los trabajadores que sufran un accidente laboral, un accidente de trayecto o una enfermedad profesional, tienen derecho a percibir las Prestaciones Económicas fijadas por la Ley 16.744.

Para otorgar las prestaciones económicas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, éstas se clasifican en las siguientes categorías, según los efectos que produzcan:

•SUBSIDIO: En caso de Incapacidad Temporal del accidentado.

•SUBSIDIO más INDEMNIZACIÓN O PENSIÓN: En caso de Invalidez Parcial del accidentado.

•SUBSIDIO más PENSIÓN: En caso de Invalidez Total del accidentado.

•SUBSIDIO más PENSIÓN: En caso de Gran Invalidez del accidentado.

•PENSIÓN DE SUPERVIVENCIA: En caso de Muerte del accidentado.

SISTEMAS DE BONOS Y ESTIMULOS

Las Bonificaciones son prestaciones adicionales destinadas a apoyar económicamente a los trabajadores afiliados para superar contingencias, eventualidades o gastos de carácter social. Adicionalmente, otorgamos bonificaciones y estímulos de estudios en los niveles básicos, medios, técnicos y universitarios, tanto al beneficiario como a sus cargas familiares.

Se establecen para cumplir funciones de manera directa con el trabajador ya que se encargan de realizar el reparto de funciones y delegar actividades al personal, ya que se puede estipular que se maneja como una dirección la cual a través o dependiendo de las requisiciones del trabajo se le extiende un contrato de trabajo.

Cabe mencionar y siendo esto de mucha importancia que el sistema patronal debe de tener un contacto muy amplio con el sistema sindical ya que a través de este puede realizar o mediar ciertas acciones.

También cumple con diferentes responsabilidades y obligaciones para con el trabajador siendo estas algunas de las más importantes:

1. Proporcionar capacitación.

2. Salarios e indemnizaciones.

3. Proporcionar herramientas útiles.

4. Constancias de sueldos y días laborados

PRESTACIONES EN ESPECIE:

Estas prestaciones son las que se otorgan tanto a los trabajadores como a sus familias. Estas están mencionadas en el artículo 102. Algunos ejemplos son, si existe un riesgo en el trabajo, se tiene derecho a asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica; servicios de hospitales, etc.

Las ART otorgarán a los trabajadores que sufran alguna de las contingencias previstas en la Ley las siguientes prestaciones en especie:

1. Asistencia médica y farmacéutica

2. Prótesis y ortopedia

3. Rehabilitación

4. Recalificación profesional

5. Servicios funerarios

Las prestaciones se otorgarán a los damnificados hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas inhabilitan tés de acuerdo a como lo determina la reglamentación.

NORMATIVIDAD Y LEGISLACIÓN LABORAL

Toda persona tiene derecho a un trabajo digno y socialmente útil, siendo la jornada máxima de trabajo de 8 horas, mientras el trabajo nocturno constara de 7 horas, quedando prohibidas las labores insalubres o peligrosas para el trabajador. Para los trabajadores menores de 18 años la jornada de trabajo será de máximo 6 horas.

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