Republic of Guyana
Enviado por juanitocubanito • 14 de Julio de 2015 • Síntesis • 685 Palabras (3 Páginas) • 138 Visitas
Guyana, oficialmente Co-operative Republic of Guyana, estableció la inclusión del Territorio Esequibo dentro de sus límites en la Constitución de 1980, reformada en 1996, que sostiene que:
"El territorio del Estado abarca las áreas que inmediatamente después del comienzo de esta Constitución fueron comprometidas en el área de Guyana junto con otras áreas que pudieren ser declaradas como parte del territorio del Estado por Ley del Parlamento."n 1
Estas áreas son las que conformaban la colonia de la Guayana Británica, antes de su independencia, para la cual la Gran Bretaña reconoció como límite occidente al río Esequibo, cartografiado políticamente a su favor en 1938.
Mapa oficial de los Estados Unidos de Venezuela por L. Robelin de 1890, el cual muestra la reclamación histórica venezolana de la región.
Mapa de 1896 de la antigua Guayana Británica y las diversas líneas de límites trazadas, que muestran las máximas aspiraciones británicas y el río Esequibo que Venezuela considera como su frontera, la zona grisácea es el único territorio no reivindicado por Venezuela, mientras que una parte del sector oriental (Pirara) fue cedido por el Reino Unido al Brasil.
Por su parte, Venezuela incluye el territorio dentro de sus dominios desde su primera constitución de 1811, cuya última reforma fue dada en 1999, declarando en el artículo 10 que:
"El territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad."
La Capitanía General de Venezuela incluía los territorios de la antigua Provincia de Guayana, que ocupaban la misma región Esequiba.
Tras haberse apelado al gobierno de Estados Unidos, éste propuso un arbitraje; se formó un tribunal en el año de 1899, cuya decisión forma el Laudo Arbitral de París. El tratado concluyó con la cesión del territorio al oeste del río Esequibo a Gran Bretaña. Sin embargo, siendo que Venezuela no estuvo representada directamente, ya que los dos representantes de Venezuela fueron nombrados por los Estados Unidos no representando al Estado venezolano, ésta declaró la nulidad del tratado décadas después, alegando además importantes vicios que invalidan la decisión arbitral.
El 12 de noviembre de 1962, el Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, doctor Marcos Falcón Briceño, hace una exposición en la Comisión de Política Especial de la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU), para denunciar el Laudo Arbitral alegando componenda y vicios de nulidad justificativos de un despojo.
Posteriormente, Venezuela y Gran Bretaña, con la presencia del gobierno local
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