SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Enviado por tyormelys • 10 de Noviembre de 2013 • 30.454 Palabras (122 Páginas) • 346 Visitas
SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
La seguridad y salud en el trabajo es un área interdisciplinaria relacionada con la seguridad, la salud y la calidad de vida en el empleo. También puede estudiar el impacto del empleo o su localización en comunidades cercanas, familiares, empleadores, clientes, proveedores y otras personas.
SALUD
Estado de completo bienestar físico, mental y social. Según la O.M.S. “Salud es la capacidad de desarrollar el propio potencial personal y responder de forma positiva a los retos del ambiente.”
SEGURIDAD
Hace foco en la característica de seguro, es decir, realza la propiedad de algo donde no se registran peligros, daños ni riesgos. Una cosa segura es algo firme, cierto e indubitable. La seguridad, por lo tanto, puede considerarse como una certeza.
ELEMENTOS CONDICIONANTES DE LA SALUD
Son los factores que influyen en la salud individual, que interactuando en diferentes niveles de organización, determinan el estado de salud de la población.
AGENTE: puede ser biológico, físico, químico.
HUESPED: es la persona.
MEDIO AMBIENTE: físico, social, cultural, económico.
SISTEMA DE SALUD: accesibilidad, costo, tecnología.
DETERMIANTES CONDUCTUALES: hábitos, costumbres, creencias, actitudes, comportamientos…
DETERMINANTES BIOLOGICOS: genes, edad, genero, nutrición, inmunidad, vigor…
DETERMINANTES AMBIENTALES: aire, agua, fuego, tierra.
DETERMINANTES SOCIALES: relaciones familiares, situación financiera, trabajo, comunidad y amigos, libertad personal, valores personales…
CONDICIONES DE TRABAJO
La Ley Federal del Trabajo señala como condiciones de trabajo:
La jornada laboral
Días de descanso
Vacaciones
Salario
Aguinaldo
Las condiciones de trabajo deberán ser establecidas en sus contratos individuales, colectivos o ley de trabajo y en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en la Ley.
• Jornada de trabajo
En lo que respecta a la jornada de trabajo, el trabajador y el patrón fijarán la duración de la jornada, sin que pueda exceder de los máximos legales. Podrán repartir las horas de trabajo, a fin de permitir a los trabajadores el reposo del sábado en la tarde o cualquier modalidad equitativa.
Jornada Diurna es la comprendida entre las seis y las veinte horas.
La jornada nocturna es la comprendida entre las veinte y las seis horas, mientras que la jornada mixta es la que comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el período nocturno sea menor de tres horas y media.
La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta.
• Días de descanso
Señala la Ley que por cada seis días de labores, el trabajador disfrutará de un día de descanso con goce de salario íntegro. Aquellos trabajadores que laboren en día domingo, tendrán derecho a una prima adicional de un 25% sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
• Vacaciones
Según el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas y que no podrán ser inferiores a seis días laborables. Dicho período, aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce por cada año subsecuente de servicio. Después del cuarto año, el período vacacional aumentará en dos días por cada cinco años de servicio.
• Salario
El salario es la retribución que el patrón paga al trabajador por su trabajo. Los trabajadores dispondrán libremente de sus salarios y el derecho a percibirlo es irrenunciable. El salario no será objeto de compensación alguna y deberá pagarse en el lugar donde se preste el servicio. No se les impondrán multas a los trabajadores cualquiera que sea su causa o concepto. Los salarios de los trabajadores no podrán ser embargados, salvo el caso de pensiones alimenticias decretadas por la autoridad competente.
• Aguinaldo
Los trabajadores tendrán derecho a percibir un aguinaldo anual equivalente a quince días de salario, por lo menos y deberá pagarse antes del día 20 de diciembre.
RIESGOS EN EL TRABAJO
El trabajador se ve rodeado de una serie de riesgos que si no se conocen o no están estudiados y evaluados, pueden desencadenar una alteración a la salud; propiciada por un accidente de trabajo, una enfermedad profesional, o una enfermedad común derivada de las condiciones de trabajo.
Todos los trabajadores, sin excepción, estamos en mayor o menor medida expuestos a los riesgos. La forma de evitarlos es actuando sobre los mismos. Para ello, debemos conocer cuales son los diferentes tipos de riesgos que nos podemos encontrar en los lugares de trabajo, para después hacerlos frente con la implantación de medidas preventivas.
Los riesgos en el trabajo pueden ser de diversos tipos:
• Riesgos físicos: Su origen está en los distintos elementos del entorno de los lugares de trabajo. La humedad, el calor, el frío, el ruido, etc. pueden producir daños a los trabajadores.
• Riesgos químicos: Son aquellos cuyo origen está en la presencia y manipulación de agentes químicos, los cuales pueden producir alergias, asfixias, etc.
• Riesgos mecánicos: Son los que se producen por el uso de máquinas, útiles, o herramientas, produciendo cortes, quemaduras, golpes, etc.
• Riesgo de altura: Se da cuando las personas trabajan en zonas altas, galerías o pozos profundos
• Riesgos por gas: Se dan cuando las personas trabajan manipulando gases o cerca de fuentes de gas.
• Riesgo de origen eléctrico: Se produce cuando las personas trabajan con máquinas o aparatos eléctricos.
• Riesgo de incendio: Se produce al trabajar en ambientes con materiales y elementos inflamables.
• Riesgos de elevación: Aparece al trabajar con equipos de elevación o transporte.
• Riesgos de carácter psicológico: Es todo aquel que se produce por exceso de trabajo, un clima social negativo, etc., pudiendo provocar una depresión, fatiga profesional, etc.
• Riesgos biológicos: Se pueden dar cuando se trabaja con agentes infecciosos.
Una vez que se han identificado los riesgos, el paso siguiente es proceder a su evaluación. Evaluar quiere decir estimar en lo posible la gravedad potencial de los riesgos para poder implantar las medidas preventivas más adecuadas.
A la hora de evaluar los riesgos debemos tener en cuenta dos factores por un lado, la probabilidad de que ocurra un hecho, y por otro, la gravedad que puede tener sobre una persona.
La Gravedad Potencial,
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