ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Salud Ocupacional


Enviado por   •  9 de Mayo de 2013  •  706 Palabras (3 Páginas)  •  327 Visitas

Página 1 de 3

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

DECRETO 586 DE 1983

(Febrero 25)

Por el cual se crea el "Comité de salud Ocupacional".

El Presidente de la república de Colombia, en uso de sus facultades

constitucionales y, en especial de las que le confiere el artículo 1° del

Decreto Extraordinario 1050 de 1968; y

CONSIDERANDO:

La legislación vigente, y en particular el Código Sustantivo del trabajo y la

Ley 9a de 1979, otorgan a diferentes agencias gubernamentales,

atribuciones en materia de Salud Ocupacional, por lo cual se hace

necesario establecer adecuados mecanismos de coordinación e integración

entre ellas en orden a superar la duplicidad de acción y lograr adecuados

niveles de eficiencia y cobertura en los programas que se desarrollan en

este campo.

Que al presente, la duplicidad de acción en Salud Ocupacional ha afectado

el desarrollo de la acción estatal en un área de gran importancia para la

política social del Gobierno.

Que los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, implican

cada vez más un mayor impacto social, económico, laboral y de salud en

el país,

DECRETA:

Artículo primero. Créase el “Comité Nacional de la Salud Ocupacional”,

con carácter permanente para diseñar y coordinar los programas de Salud

Ocupacional.

Artículo segundo. Derogado por el Decreto 1542 de 1994, artículo 11.

El Comité estará integrado por:

El Jefe de la División de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo y

Seguridad Social, o su suplente.

EI Jefe de Control de Accidentes y Salud Ocupacional del Ministerio de

Salud, o su suplente.

El Jefe de la División Nacional de Salud Ocupacional del Instituto de los

Seguros Sociales, o su suplente.

Un representante del Instituto Nacional de Salud nombrado por el

Director del mismo, o su suplente.

El Jefe de la División de Trabajo y Seguridad Social del Departamento

Nacional de Planeación, o su suplente.

El Jefe de Ia División de Salud del Departamento Nacional de Planeación,

o su suplente.

Artículo tercero. Son funciones del “Comité Nacional de Salud

Ocupacional":

1° Proponer al Gobierno nacional las políticas relacionadas con la Salud

Ocupacional.

2° Estudiar y proponer la unificación y actualización de las normas en

materia de Salud Ocupacional según las necesidades del país.

3° Asesorar a las entidades gubernamentales del orden nacional en los

asuntos de Salud Ocupacional.

4° Coordinar las actividades en Salud Ocupacional que realicen las

entidades del Gobierno.

5° Impulsar planes tendientes a la formación de personal y divulgación a

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com