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Secretaria De Marina


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2013  •  974 Palabras (4 Páginas)  •  374 Visitas

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Funcionarios de Alto Nivel

Almirante

Vidal Francisco Soberón Sanz

Secretario de Marina

Almirante C.G. DEM.

Carlos Federico Quinto Guillén

Subsecretario de Marina

Almirante C.G. DEM.

Armando García Rodríguez

Oficial Mayor de Marina

Almirante C.G. DEM.

Conrado Aparicio Blanco

Inspector y Contralor General de Marina

Vicealmirante C.G. DEM.

Joaquín Zetina Angulo

Jefe del Estado Mayor General de la Armada

G R A D O S

A L M I R A N T E S

SECRETARIO DE MARINA

ALMIRANTE

VICEALMIRANTE

CONTRALMIRANTE

C A P I T A N E S

CAPITAN DE NAVIO

CAPITAN DE FRAGATA

CAPITAN DE CORBETA

O F I C I A L E S

TENIENTE DE NAVIO

TENIENTE DE FRAGATA

TENIENTE DE CORBETA

GUARDIAMARINA/PRIMER MAESTRE

C L A S E S

SEGUNDO MAESTRE

TERCER MAESTRE

M A R I N E R I A

MARINERO

Servicios en la Armada

Servicios de la SEMAR

GENERAL

AERONÁUTICA NAVAL

INFANTERÍA DE MARINA

INGENIEROS MÉCANICOS NAVALES

ADMINISTRACIÓN E INTENDENCIA

COMUNICACIONES NAVALES

MEDIO AMBIENTE MARINO

DOCENTE NAVAL

ELECTRÓNICA NAVAL

INGENIEROS DE LA ARMADA

JUSTICIA NAVAL

METEOROLOGÍA NAVAL

MÚSICO NAVAL

SANIDAD NAVAL

TRABAJO SOCIAL NAVAL

RADARISTA

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

Artículo 30.- A la Secretaría de Marina corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I.- Organizar, administrar y preparar la Armada;

II.- Manejar el activo y las reservas de la Armada en todos sus aspectos;

III.- Conceder licencias y retiros, e intervenir en las pensiones de los miembros de la Armada;

IV.- Ejercer:

a. La soberanía en el mar territorial, su espacio aéreo y costas del territorio;

b. Vigilancia de las zonas marinas mexicanas, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias, y

c. Las medidas y competencias que le otorguen los ordenamientos legales y los instrumentos internacionales de los que México sea parte, en la Zona Contigua y en la Zona Económica Exclusiva.

V.- Ejercer la autoridad para garantizar el cumplimiento del orden jurídico en las zonas marinas mexicanas, proteger el tráfico marítimo y salvaguardar la vida humana en la mar, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias.

VI.- Dirigir la educación pública naval;

VII.- Ejercer funciones de policía marítima para mantener el estado de derecho en las zonas marinas mexicanas;

VII bis.- Llevar a cabo la búsqueda, rescate, salvamento y auxilio en las zonas marinas mexicanas de conformidad con las normas nacionales e internacionales, en su caso, en coordinación con las demás autoridades competentes;

VIII.- Inspeccionar los servicios de la Armada;

IX.- Construir, reconstruir y conservar las obras portuarias que requiera la Armada;

X.- Establecer y administrar los almacenes y estaciones de combustibles y lubricantes de la Armada;

XI.- Ejecutar los trabajos hidrográficos de las costas, islas, puertos y vías navegables, así como organizar el archivo de cartas marítimas y las estadísticas relativas;

XII.- Intervenir en el otorgamiento de permisos para expediciones o exploraciones científicas, extranjeras o internacionales en aguas nacionales;

XIII.- Intervenir en la administración

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