Secretaria de Hacienda y Crédito Público.
Enviado por amarantavo • 17 de Septiembre de 2016 • Ensayo • 1.905 Palabras (8 Páginas) • 3.269 Visitas
Secretaria de Hacienda y Crédito Público
Introducción
La SHCP es la máxima autoridad, despues del presidente, que tiene como función principal la proyección y planeación del desarrollo nacional; quien en un principio era llamada por Junta de Crédito Público.
En 1821 fue expedido el reglamento provisional para el gobierno interior y exterior de las Secretarías de Estado y del Despacho de Hacienda, pero en 1852 se creó un Decreto en el que se modificaba la Organización del Ministerio de Hacienda, quedando dividido en seis secciones, siendo una de ellas la de Crédito Público; lo que motivo que en 1853 se denominara por primera vez “Secretaria de Hacienda y Crédito Público”.
En 1924 se expide la Ley para la Recaudación de Impuestos establecidos en la Ley de Ingresos vigente sobre Sueldos, Salarios, Emolumentos, Honorarios y Utilidades de las Sociedades y Empresas, lo que dio lugar al gravamen más importante en la actualidad: Impuesto Sobre la Renta.
Un año despues de funda el Banco de México, S.A., como Banco Central, con el fin de terminar con la anarquía en la emisión de billetes; mismo que obtuvo su propia Ley en 1993, donde se establecía que era una persona de derecho público con carácter autónomo.
Dos años despues se crea la Ley del Servicio de Administración Tributaria, misma que en su transitorio primero estableció que su entrada en vigor seria el 1 de julio de 1997 con el fin de sentar las bases orgánico funcionales que dieran lugar a la integración del órgano desconcentrado responsable del SAT, autorizando y registrando una nueva estructura orgánica de la Secretaría.
Contenido
México es un pais cuya forma de gobierno se divide en tres poderes, que son: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El poder del Ejecutivo esta personalizado por el Presidente o Jefe de Gobierno, concentra las facultades políticas y económicas, encabeza además las fuerzas armadas. El poder Judicial se deposita en la Suprema Corte de Justicia en Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito. El poder Legislativo se deposita en el Congreso de la Unión.
El Congreso se encuentra dividido, a su vez, en dos cámaras: de Senadores y Diputados, éste tiene la facultad de crear Leyes.
El país también se encuentra divido en 32 estados, los cuales tienen las funciones de regular la actividad económica, manejar el gasto público, suministrar gastos, manejar impuestos y determinar las políticas arancelarias.
Para cubrir los gastos de los servicios públicos que ofrece el gobierno, el Artículo 31° fracción IV de la CPEUM dice: “Es obligación de los mexicanos contribuir para los gastos públicos, así de la federación, como del Estado y Municipio en que residan, de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”, a través de impuestos, derechos, aprovechamientos, accesorios, contribuciones de seguridad social, contribución de mejoras, entre otras.
Así, para mayor atención y mejorar la calidad en servicios proporcionados por el gobierno, se crearon las 18 Secretarías. Estas secretarías ayudan a tener mejor control por medio del Plan Nacional de Desarrollo que cada una de estas establece, éste Plan es modificado cada sexenio y el cual se encuentra al mando del Presidente y es aprobado por el Congreso de la Unión considerando que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el Artículo 26° establece que: “El Estado organizara un Sistema Nacional de Planeación Democrática del Desarrollo Nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y democratización política, social y cultural de la Nación”.
La SHCP de acuerdo al artículo 1° de su reglamento interior es la dependencia del Poder Ejecutivo Federal que tiene a su cargo el despacho de los asuntos que le encomiendan la Ley Orgánica de la Administración Publica Federal y otras leyes, así como los reglamentos, acuerdos y órdenes del Presidente de la Republica.
Para el despacho de los asuntos de su competencia, la SHCP cuenta con servidores públicos y unidades administrativas, como lo son el Secretario del Despacho, Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, Subsecretario de Ingresos, de Egresos, el Oficial Mayor, Procurador Fiscal de la Federación, Tesorero de la Federación y Unidades Administrativas Centrales. (Art. 2° RISHCP).
Ésta planeará y conducirá sus actividades con sujeción a los objetivos, estrategias y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo, para el logro de las metas de los programas a cargo de la Secretaria, así como de las entidades del sector paraestatal coordinado por ella. (Art. 3°).
Las facultades que la SHCP tenga conferidas respecto del régimen crediticio del Distrito Federal y sus implicaciones en el ingreso y gasto público de esa entidad en las leyes correspondientes, serán ejercidas por el Secretario directamente o a través de las unidades administrativas establecidas por el reglamento. En la actualidad este papel está a cargo del Doctor Luis Videgaray Caso.
Para la mejor organización del trabajo, el Secretario podrá, sin perjuicio de su ejercicio directo, delegar sus atribuciones en servidores subalternos, mediante acuerdos que deberán ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
La representación, trámite y resolución de los asuntos competencia de la SHCP, corresponde originalmente al Secretario.
Además tendrá las facultades no delegables de proponer al Presidente de la República la política del Gobierno Federal en las materias financieras, fiscal, de gasto público, crediticia, bancaria, monetaria, de divisas y de precios y tarifas de bienes y servicios del sector público, para la formulación del Plan Nacional de Desarrollo y sus programas; someter a la consideración y, en su caso, aprobación del Presidente de la República, el Plan Nacional de Desarrollo, programas sectoriales y especiales correspondientes; proponer para aprobación del Presidente el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo, el Programa Operativo Anual de Financiamiento y el Programa del Gasto Público Federal conforme a la política del Gobierno Federal y evaluar los resultados; Coordinar junto con la SEDESOL el otorgamiento de las actualizaciones de acciones e inversiones convenidas con los gobiernos locales y municipales; representar al Presidente de la República en los casos en que lo determine el titular del Ejecutivo Federal y someter los asuntos encomendados a la Secretaria y al sector paraestatal que le corresponda coordinar al acuerdo del Presidente de la Republica, entre otras funciones de mandato y supervisión.
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