Servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal
Enviado por MarPS • 1 de Noviembre de 2014 • Trabajo • 3.378 Palabras (14 Páginas) • 240 Visitas
1. Servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal.
Tienen por finalidad prevenir la aparición o el agravamiento de enfermedades o discapacidades y de sus secuelas, mediante el desarrollo coordinado, entre los servicios sociales y de salud, de actuaciones de promoción de condiciones de vida saludables, programas específicos de carácter preventivo y de rehabilitación dirigidos a las personas mayores y personas con discapacidad y a quienes se ven afectados por procesos de hospitalización complejos. Con este fin, el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia acordará criterios, recomendaciones y condiciones mínimas que deberán cumplir los Planes de Prevención de las Situaciones de Dependencia que elaboren las Comunidades Autónomas, con especial consideración de los riesgos y actuaciones para las personas mayores.
2. Servicio de Teleasistencia.
Este servicio facilita asistencia a los beneficiarios mediante el uso de tecnologías de la comunicación y de la información, con apoyo de los medios personales necesarios, en respuesta inmediata ante situaciones de emergencia, o de inseguridad, soledad y aislamiento. Puede ser un servicio independiente o complementario al de ayuda a domicilio.
Este servicio se prestará a las personas que no reciban servicios de atención residencial y así lo establezca su Programa Individual de Atención. (6)
3. Servicio de Ayuda a Domicilio:
Definición y objetivos del servicio:
El servicio de ayuda en el hogar tiene por objetivo prestar un conjunto de atenciones a las personas en su domicilio, desde una perspectiva integral y normalizadora, en aquellas situaciones en las que tengan limitada su autonomía personal o en los casos de desestructuración familiar.
Son objetivos del SAD:
a. Mejorar la calidad de vida de las personas usuarias.
b. Posibilitar la permanencia de las personas en su contorno de convivencia habitual.
c. Favorecer y potenciar la autonomía personal en el propio domicilio.
d. Mantener, mejorar y recuperar las redes de relación familiar y social.
e. Prevenir situaciones de dependencia o exclusión social.
f. Retardar o evitar la institucionalización.
g. Reforzar la solidaridad y potenciar el voluntariado social.
4. Centros:
Viviendas comunitarias.
Son equipamientos de pequeño tamaño o medio, destinados a albergar en régimen de convivencia cuasi-familiar a un número máximo de 12 personas mayores, preferentemente con alto grado de autosuficiencia.
Apartamentos tutelados.
Conjunto de viviendas independientes, agrupadas para la prestación en común de servicios colectivos y con capacidad para albergar a una o dos personas con alto grado de autosuficiencia.
Centro de día.
Existen diferentes tipologías:
1. Centro de Día para mayores.
2. Centro de Día para menores de 65 años.
3. Centro de Día de atención especializada.
4. Centro de Noche.
El servicio de Centro de Día o de Noche ofrece una atención integral durante el periodo diurno o nocturno a las personas en situación de dependencia, con el objetivo de mejorar o mantener el mejor nivel posible de autonomía personal y apoyar a las familias o cuidadores. En particular cubre, desde un enfoque biopsicosocial, las necesidades de asesoramiento, prevención, rehabilitación, orientación para la promoción de la autonomía, atención asistencial y personal.
La tipología de centros incluirá Centros de Día para mayores, Centros de Día para menores de 65 años, Centros de Día de atención especializada por la especificidad de los cuidados que ofrecen y Centros de Noche, que se adecuarán a las peculiaridades y edades de las personas en situación de dependencia.
Hogares y clubs.
Son centros destinados a servir como lugares de encuentro en los que se promueve fundamentalmente la convivencia de los mayores con el objetivo de desarrollar la solidaridad y potenciar la integración personal y comunitaria.
5. Servicio de Atención Residencial:
Son centros destinados a vivienda permanente y común en los que se presta una asistencia integral y continuada a las personas mayores que no puedan satisfacer estas necesidades por otros medios.
Según su capacidad las residencias se clasifican en:
• Mini-residencias: de 13 a 59 plazas.
• Residencias: de 60 a 120 plazas.
• Grandes centros residenciales: superiores a 120 plazas.
Según la capacidad de las personas para la realización de las actividades de la vida diaria (AVD), las residencias se clasifican en:
• Residencias de válidos: establecimientos destinados a quienes por sus condiciones personales pueden desarrollar las AVD sin la asistencia de una tercera persona.
• Residencias de asistidos: establecimientos destinados a la atención y asistencia de quienes precisan la ayuda de una tercera persona para las AVD.
• Residencias mixtas: establecimientos con servicios e instalaciones suficientes para acoger a personas que puedan desenvolverse de forma autónoma y las que necesitan ayuda para las AVD.
Según su titularidad, las residencias pueden ser:
• Públicas: de la red de la Xunta de Galicia y de los Ayuntamientos.
• Privados: con ánimo de lucro, o sin ánimo de lucro (de iniciativa social).
6. Prestaciones económicas
Prestación económica vinculada al servicio.
La prestación económica, que tendrá carácter periódico, se reconocerá, únicamente cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado de atención y cuidado, en función del grado y nivel de dependencia y de la capacidad económica del beneficiario.
Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.
La finalidad de esta prestación es mantener al beneficiario en su domicilio atendido por cuidadores no profesionales, siempre que se den condiciones adecuadas de convivencia y de habitabilidad de la vivienda. Se establecerá a través del PIA (Programa de Atención Individual), y estará sujeta al grado y nivel de dependencia y capacidad económica del beneficiario. Su carácter es excepcional.
Prestación económica de asistencia personal.
Esta prestación tiene como finalidad la promoción de la autonomía de las personas con gran dependencia. Su objetivo es contribuir a la contratación de una asistencia personal, durante un número de horas, que facilite al beneficiario el acceso a educación y al trabajo, así como a una vida más autónoma en el ejercicio
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