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Enviado por NUBSTELSA • 22 de Noviembre de 2011 • 10.287 Palabras (42 Páginas) • 1.371 Visitas
El procedimiento es el modo como va desenvolviéndose el proceso, los trámites a que está sujeto, la manera de substanciarlo, que puede ser de conocimiento, abreviado, sumarísimo, ejecutivo, no contencioso. Hay procedimiento en la primera instancia, como también en la instancia superior.
El proceso es la totalidad, la unidad. El procedimiento es la sucesión de los actos. Y, añade que el proceso es la sucesión de esos actos hacia el fin de la cosa juzgada.
Se distingue el procedimiento del proceso. Este último es un todo, y, está formado por un conjunto de actos procesales.
“Se entiende por PROCESO… el medio de discusión de dos litigantes ante una autoridad, según cierto procedimiento preestablecido por la ley”.
Así también tenemos que un PROCEDIMIENTO es “toda actividad, privada o pública (...), que requiere de una consecución de actos”El sentido etimológico de la palabra proceso, no en su significación jurídica sino en su simple acepción literal equivale a avance, a la acción o efecto de avanzar. En sentido propio, cedere pro significa el fenómeno de que una cosa ocupe el lugar o sitio de otra, es decir, una serie o sucesión de acaecimientos que modifican una determinada realidad.
El litigio es lo que da origen al proceso y al procedimiento, y Alcalá-Zamora y Castillo , definen este concepto como “El conflicto jurídicamente trascendente y susceptible de solución asimismo jurídica, en virtud de las tres vías posibles para dicha solución: proceso, autocomposición y autodefensa .
David Lascano cuando define al proceso siempre supone una litis o litigio o conflicto, entendido éste no sólo como efectiva oposición de intereses o desacuerdo respecto de la tutela que la ley establece, sino a la situación contrapuesta de dos partes respecto de una relación jurídica cualquiera cuya solución sólo puede conseguirse con intervención del Juez.
Jaime Guasp define al proceso como una serie o sucesión de actos que tienden a la actuación de una pretensión fundada mediante la intervención de órganos del Estado instituidos especialmente para ello.
Eduardo Couture define al procedimiento como la secuencia o serie de actos que se desenvuelven progresivamente, con el objeto de resolver, mediante un juicio de autoridad, el conflicto sometido a su decisión.
De acuerdo a Carnelutti no debe confundirse proceso con procedimiento, puesto que el primero es considerado como continente y el otro como contenido; explicándose así que una combinación de procedimientos (los de primera y segunda instancia, por ejemplo) pudiera concurrir a constituir un solo proceso . Jaime Guasp señala necesario distinguir el proceso como tal del mero orden de proceder o tramitación o procedimiento en sentido estricto, de manera que el procedimiento es parte del proceso, en tanto que constituye una serie o sucesión de actos que se desarrolla en el tiempo de manera ordenada de acuerdo a las normas que lo regulan, sin que ello constituya el núcleo exclusivo, ni siquiera predominante, del concepto de proceso .
El procedimiento en su enunciación más simple es “el conjunto de formalidades a que deben someterse el Juez y las partes en la tramitación del proceso”. Tales formalidades varían según sea la clase de procedimientos de que e trate (penal, civil, administrativo, etc.) y aún dentro de un mismo tipo de proceso, podemos encontrar varios procedimientos, como sucede en el de cognición, cuyo prototipo es el llamado juicio ordinario. Efectivamente existe un procedimiento para el denominado juicio ordinario de mayor cuantía y otro para el de menor cuantía.
De acuerdo con el texto el proceso consta de cuatro fases lógicas que son:
1. Afirmación.
2. Negación
3. Confirmación
4. Evaluación.
El proceso es el todo, en términos generales. El procedimiento es estrictamente cada parte del proceso, naturalmente el ejemplo siguiente es de suma importancia: el proceso es el continente americano, el procedimiento se refiere a cada uno de los Estados que lo componen.
Procedimiento: significa solo la composición externa, formal, del desarrollo del proceso o de una etapa de este, pero no comprende las relaciones jurídicas que se establecen entre los sujetos del proceso, ni la finalidad compositiva de este.
Proceso: es la suma de actos por medio de los cuales se constituye, desarrolla y termina la relación jurídica.
Diferencia el procedimiento del proceso.
Este último es un todo, y, está formado por un conjunto de actos procesales. El procedimiento es el modo como va desenvolviéndose el proceso, los trámites a que está sujeto, la manera de substanciarlo, que puede ser de conocimiento, abreviado, sumarísimo, ejecutivo, no contencioso. Hay procedimiento en la primera instancia, como también en la instancia superior.Couture, con la claridad que lo caracteriza, dice: El proceso es la totalidad, la unidad. El procedimiento es la sucesión de los actos. Y, añade que el proceso es la sucesión de esos actos hacia el fin de la cosa juzgada.
CARACTERÍSTICAS:
• No se encuentran fundados en la autoridad del Estado
• Tienen su fundamento en la comunidad entera
• Calidad de fuente interpretativa
• en su esencia delimitacion positiva y negativa
DIFERENCIA ENTRE LAPSO Y TÉRMINO
1.- Lapso se refiere a un período o espacio de tiempo. El término se refiere a una fecha fatal, es decir, la fecha límite para algun momento procesal.
2.- Se refiere a un contenido doctrinal que consagra alguna garantía individual o social plasmado en la Carta Magna, por lo que se convierte en derecho positivo (aplicable).
VENTAJAS:
1.
2. En la segunda instancia existe siempre algo que no se dio en el primer grado y que constituye una garantía de que la segunda decisión se ajustará más la justicia: la experiencia de la primera instancia.
3. El hecho de que el juicio se formula ante dos juzgadores distintos supone que el error es menos posible en la decisión.
4. Mediante la segunda instancia pueden los jueces enmendar los agravios y la posible injusticia que los jueces de primera instancia han causado con sus resoluciones, al mismo tiempo, las partes pueden salvar o mejorar sus errores u omisiones.
5. Se dice que hay que tener en cuenta la mayor experiencia, estudios y número de los jueces de segunda instancia, lo que da más probabilidades a favor de una sentencia más justa.
CRÍTICAS:
1.
2. Se dice que la posibilidad de que ocurran errores u omisiones no sólo se presenta en la primera instancia ya que
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