Sistema económico en Venezuela y socialismo
Enviado por MARQUESTIMOTI • 21 de Marzo de 2014 • Trabajo • 5.714 Palabras (23 Páginas) • 246 Visitas
EMA Nº 4 “SISTEMA ECONÓMICO EN VENEZUELA Y SOCIALISMO”
TEMA Nº 4
“SISTEMA ECONÓMICO EN VENEZUELA Y SOCIALISMO”
4.1 Derecho Constitucional Económico: PDF (SELECCIONAR) En cuanto al sistema económico constitucional propiamente dicho, éste se define formalmente como una economía social de mercado, basada en la libertad económica y la iniciativa privada pero, que en todo caso debe funcionar conforme a la justicia social y que, en consecuencia, requiere de la intervención del Estado. Esta relación constitucional entre mercado y justicia social resulta determinante al momento de elegir los principios básicos del sistema económico.
El Estado en su rol de promotor de la economía debe fomentar y ordenar ésta para asegurar su desarrollo. Esta obligación de promocionar el desarrollo (Artículo 29 C.R.B.V.) en definitiva persigue como finalidad última, la realización de la justa distribución de las riquezas. Al lado de esta finalidad tan importante, el texto constitucional a lo largo de su contenido dispone que bajo este mismo rol de promotor, al Estado le compete acometer otras políticas tales como:
- Promoción de la iniciativa privada (Artículo 112 C.R.B.V)
- Promoción de la agricultura para la seguridad alimentaría (Artículo 305 C.R.B.V.)
- Promoción de la industria (Artículo 302 C.R.B.V.)
- Promoción del desarrollo rural integral (Artículo 306 C.R.B.V.)
- Promoción de la pequeña y mediana industria (Artículo 308 C.R.B.V.)
- Promoción de la artesanía popular (Artículo 309 C.R.B.V.)
- Promoción del turismo (Artículo 310 C.R.B.V.)
En el rol del Estado como ente regulador, en líneas generales, el texto constitucional contiene una serie de dispositivos normativos, cuyos objetivos claramente definidos se encaminan a la protección por una parte, de los consumidores, al establecimiento de reglas del ejercicio de las libertades económicas por los particulares, y por la otra, a la debida tutela del interés público. Como ente regulador el Estado debe acometer las siguientes iniciativas:
- Prohibición de los monopolios (Artículo 97 C.R.B.V.)
- Establecimiento de un régimen de concesiones estatales (Artículo 113 C.R.B.V.)
- Régimen de protección a los consumidores (Artículo 117 C.R.B.V.)
- Régimen de política comercial (Artículo 301 C.R.B.V.)
- Régimen de los ilícitos económicos (Artículo 114 C.R.B.V.)
- Y por último en el rol del Estado como Planificador, en conjunción con la iniciativa privada, le corresponde formular una planificación estratégica, democrática y de consulta abierta (Artículo 112 y 299 C.R.B.V.).
Además de los tres roles antes mencionados, la Constitución reconoce y declara a un Estado Empresario, al admitir la creación de empresas estatales (Artículo 300 C.R.B.V.), la reserva estatal de la explotación de la industria petrolera (Artículo 302 C.R.B.V.) y al prever la posibilidad de que el Estado se reserve otras actividades de interés público o de carácter estratégico (Artículo 302 C.R.B.V.).
En cuanto a la gestión fiscal propiamente dicha, la Constitución también enuncia ciertos principios sustentadores de la misma (Artículo 311 C.R.B.V.) a saber: eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal.
Es claro que, como se ha referido en el Artículo 299 de la Constitución nos encontramos con los principios básicos que conforman el Sistema Económico Constitucional. Desde este punto estamos frente a una ética y la tributación economía social de mercado que admite la libertad económica y la iniciativa privada, pero que al mismo tiempo nos plantea una presencia importante de la intervención del Estado. Dicho sistema se fundamenta en una serie de valores, mediante los cuales se presume, deba construirse un sistema de economía que en definitiva permita realizar la justicia social. Estos principios son los siguientes: Democratización, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad, solidaridad y justicia social. Es decir, que el sistema económico resumiendo, tiene como fundamento la libertad económica, la iniciativa privada, la libre competencia, la presencia de un Estado que debe actuar como promotor del desarrollo económico, como regulador de la actividad económica y como planificador con la participación de la Sociedad Civil, además de tener un importante papel como empresario.
4.2 Principios del Sistema Económico Venezolano: artículo 299 CRBV. Desde una perspectiva metodológica dogmática formal, fundamentada en el análisis documental de la Teoría de la Tributación, la Justicia y el Constitucionalismo Social, se establecen proposiciones teóricas sobre la confrontación esencial entre el Poder Tributario del Estado y el respeto debido a la Justicia Social; tomando como fuente primaria, la nueva carta fundamental venezolana. Partiendo de los fundamentos teóricos de la tributación se identifica la adopción en la Constitución Venezolana del nuevo Pacto Social, y se determina en que medida éste se corresponde con la aplicación efectiva del principio de la Justicia Tributaria, el Estado de Derecho y la Justicia Social, contenido en la misma. Se concluye que se hace necesario el cumplimiento de los valores pautados en el momento original así como la implementación de un esquema claro y eficiente de las finanzas públicas, en sus dos planos: por una parte, en cómo el Estado se procura los recursos para financiar en la práctica el gasto público, y por la otra, en que se procure la equidad en las oportunidades y en las decisiones públicas que viabilicen el ejercicio democrático y por tanto, la construcción del nuevo modelo establecido en la Constitución.
4.3 Papel Económico Del Estado Socialista: La actividad económica del Estado socialista se basa en la propiedad social sobre los medios de producción y en las relaciones socialistas de producción condicionadas por dicho régimen de propiedad. En su actividad práctica, el Estado parte de las exigencias de las leyes económicas objetivas del socialismo, de las exigencias ya maduras de la vida material de la sociedad, de las condiciones concretas de la situación interior y exterior, y orienta el desenvolvimiento de la economía en interés de la edificación del socialismo. El Estado nacionaliza los medios de producción más importantes pertenecientes a las clases explotadoras, ocupa los puestos de mando en la economía nacional. La propiedad socialista estatal (de todo el pueblo), desde los primeros pasos empieza a desempeñar el papel rector en toda la economía. Partiendo de esta base, el Estado lleva a cabo la transformación socialista de toda la economía. Dirige el proceso de industrialización
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