Sociedad Ecomandita
Enviado por pecriesya • 2 de Noviembre de 2014 • 425 Palabras (2 Páginas) • 241 Visitas
a. Capitalización de utilidades por aplicar
b. Capitalización de reservas.
Requisitos legales: Para las constituidas como capital fijo:
a. Celebrar asamblea extraordinaria de accionistas, según el caso
b. Protocolizar el acta
c. Inscripción del acta en el Registro Público de Comercio
Para las constituidas como de capital variable, si el aumento no sobrepasa el capital autorizado:
a. Celebrar asamblea ordinaria de accionistas, según el caso
b. Levantar el acta correspondiente.
Reducción del Capital Social
La reducción de capital es una modificación de los estatutos sociales. La disminución de la cifra de capital que implica todo acuerdo de reducción puede tener diversas finalidades. La competencia para la adopción del acuerdo de reducción del capital social es exclusiva del la Junta general, no pudiéndose delegar a los administradores.
CLASES DE REDUCCIÓN DE CAPITAL SOCIAL
 La reducción del capital podrá tener carácter voluntario u obligatorio. En el primer supuesto el acuerdo de la Junta general se deberá a la conveniencia de la propia sociedad, pero también pueden concurrir otras circunstancias que hagan conveniente tal reducción, como puede ser la de eliminar las acciones propias, el incremento de la reserva legal, etc. En otros supuestos la reducción será obligatoria y de no adoptarse el acuerdo por la Junta general, se efectuara la reducción por resolución judicial a instancia de los accionistas o de los administradores.
La Ley prevé la obligatoriedad de la reducción del capital social:
Cuando la Ley obliga la sociedad a enajenar las acciones propias y se omite tal medida o cuando las pérdidas hayan disminuido el patrimonio neto de la sociedad por debajo de los 2/3 del capital social
La reducción del capital puede tener los fines siguientes:
Devolución de aportaciones de los socios o condonación de los dividendos pasivos que adeuden o Constitución o incremento de la reserva legal o de las voluntarias o Restablecimiento del equilibrio entre capital y patrimonio de la sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas.
La reducción del capital podrá realizarse mediante la disminución del valor nominal de las acciones, su amortización o su agrupación para canjearlas. La disminución del valor nominal de las acciones se produce afectando por igual a todos los accionistas.
Causas económicas:
Por estar sobrecapitalizada la sociedad.
Por retiro de socios o accionistas.
Por aplicación de pérdidas.
Requisitos legales: Para las constituidas como de capital fijo:
a. Celebrar asamblea extraordinaria
b. Protocolizar el acta y autorización
c. Publicar tres veces en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo de reducción, con 10 días de intervalo.
d. Cinco días después
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