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Enviado por   •  11 de Julio de 2018  •  Tarea  •  1.060 Palabras (5 Páginas)  •  155 Visitas

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Teoria general del proceso

Saltillo, Coahuila

ESTUDIO DE CASO

El Caso: (supuesto hecho)

La señora María Medina y Señor Martin diaz se casaron el dia 20 de febrero de 1982, en Saltillo,Coahuila; y del matrimonio nacieron dos hijos. Cuyo nombres son: Emireth y Agustin Tras 28 años de matrimonio y problemas en la convivencia decidieron separarse, lo cuál formalizaron judicialmente. Transcurrido un tiempo desde la separación, la señora Maria y el señor Martin se reconciliaron y tuvieron otro hijo. Finalmente, la reconciliación no prosperó.

El 6 de julio del 2002 se dicto unna sentencia que ponia fin a la separacion tramitada de mutuo acuerdo para ambos

El 20 de junio del 2006 el señor Martin diaz presento frennte a la señora Maria Medina demandada de divorcio

El objetivo:

El cliente Martin Diaz pretende que se decrete la disolucion del matrimon io por divorcio y como medidas derivadas se tomen las siguientes:

  • Patria potestad del hijo menor, Agustin se ejerza por ambos progenitories atribuyendose a la madre la custidia y fijandose a favor del padre un regimen de visitas
  • Que se establezca expresamente que no procede fijar pension de alimentos a favor de Agustin ya que el trabaja o sibsidiariamente , se mantenga la que enn su dia se establecio la separacion hasta que agustin cumpla 18 años.
  • Con respecto a su hija emireth, el señor Martin diaz entiende que ya nada procede ya que es mayor de edad y es independiente economicamente.

Procedimiento

Las Partes:

La señora Maria Medina

  • Demandada

El señor Martin Diaz

  • Demandante

El Ministerio Fiscal

COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD

Lugar donde se celebro el matrimonio:

  • Saltillo, Coahuila

Lugar donde se establecio la morada conyugal:

  • Residencial Bugambilias

Autoridad Judicial:

  • Juez

Peticiones:

La parte demandante solicita:

  • Que se decrete la disolucion del matrimonio por divorcio.
  • Que la patria potestad del menor, Agustin, ejerza por ambos progenitores, atribuyendose a la madre su guarda y custidia. Fijandose a favor del padre un regimen de visitas que se regira por acuerdo de los paderes y la voluntad propia del menor, que esta apunto de cumplir la mayoria de edad.
  • Que se establezca que no procede fijar pension de alimentos a favor de Agustin por estar trabajando.

La parte demandada en contestacion:

  • Acuerdo con que se declare el divorcio y establezca la patria potestad del menor se ejerza para ambos progenitores, fijandose a favor del padre un regimen de visitas amplio y flexible.
  • Se opone a la pension de alimentos a favor de Agustin, solicita que se mantenga

Parte demandada en contestacion:

  • Que en la separación se estableció como acuerdo que las pensiones a favor de los hijos se abonarían por el padre hasta que los mismos alcanzaren vida independiente, y en el caso del hijo esta circunstancia no se da, pues está inscrito como desempleado y está asistiendo a unos cursos formativos, precisamente para favorecer su acceso al mercado laboral. Por tanto, concluye la parte demandada que no procede suprimir la pensión de alimentos para Agustin.
  •  Respecto al empeoramiento de su situación económica, caso de ser acreditada, sólo daría lugar a una modificación de la pensión, nunca a la supresión de la misma.

Argumentos:

La parte demandante argumenta en su demanda:

  • Que la hija mayor ya ha alcanzado la mayoría de edad, por lo que respecto a la custodia, ejercicio de la patria potestad y régimen de visitas, nada debe decidirse con respecto a ella.
  • Que el hijo menor también está a punto de alcanzar la mayoría de edad, por lo que ejerciéndose la patria potestad conjuntamente entre ambos progenitores y atribuyéndose la guarda y la custodia a la madre, su edad aconseja que se fije un régimen de visitas de acuerdo con la propia voluntad del niño.
  • Que el domicilio conyugal se lo atribuyó ya el demandante, por lo que nada procede establecer ahora.
  • Que respecto a la pensión de alimentos, ambos hijos tienen vida independiente. Para la hija el demandante ya hace tiempo que no satisface pensión, y en cuanto al hijo también se ha incorporado al mercado laboral, aunque el demandante sigue satisfaciéndole la pensión. Por lo que en todo caso cabrá determinar en Sentencia que rige la pensión a favor del niño hasta que alcance la mayoría de edad, pero que su eficacia se suspenda en tanto siga trabajando, y que, quedará extinguida cuando cumpla 18 años. Y además que su situación económica ha sufrido un significativo empeoramiento.
  • Que al decretarse la separación se determinó que no procedía establecer pensión por desequilibrio económico, por lo que con mayor motivo ha de afirmarse en el divorcio.

Documentacion aportada:

La parte demantante aporta:

  • Certificacion de matrimonio
  • Certificacion de la inscripcion del nacimiento de hijos
  • Copia de sentencia de separacion y del convenio
  • Vida laboral del señor Martin Diaz
  • Contrato de arrendamiento de la vivienda que el señor Martin Diaz ocupa como arrendatario.

La parte demandada contestacion:

  • Certificado de los cursos formativos que esta realizando Agustin que especifican su duracion
  • Justificante de que Agustin consta como demandante de empleo.

Prueba:

La parte actora, en el acto, propuso:

  • El interrogatorio de la parte demandada.
  • La documental adjunta a la demanda por reproducida.
  • Recibos de gastos de el señor Martin Diaz.

La parte demandada, propuso:

  • El interrogatorio de la actora.
  • La prueba documental, consistente en los documentos que había aportado con su escrito de contestación a la demanda.

Resolucion del caso legal:

  • El juzgado de primera instancia de Saltillo dicto sentencia, declarando disuelto por divorcio el matrimonio
  • No procede hacer pronunciamiento sobre la guarda y custodia, patria potestad y regimen de visitas porque ambos hijos son ya mayores de edad
  • La pension en su dia de auto de separacion a favor de la hija Emireth y a cargo de su padre, por 2500 al mes
  • La pension alimenticia que debe tener el señor Martin diaz a su hijo Agustin.

Fundamento de la resolucion:

  • La sentencia fundamenta su fallo aunque el hijo, Agustin haya cumplido 18 años, ya que no es idenpendiente economicamente.
  • Por otro lado la sentencia considera que si ha habido cambios con respecto a la situacion que regia, al tiempo de la separacion, justifican la reduccion de la pension de alimentos.

Formularios:

  • Demanda de divorcio formulada por uno de los coyugues con solicitud de medidas de separacion
  • Accion de divorcio
  • Escrito de la contestacion de la demanda de divorcio con separacion judicial de mutuo acuerdo y oposicion a la modificacion de efectos de sentencia de la separacion.

Bibliografía

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3842/4.pdf

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