TEMA: ACUERDO REPARATORIO
Enviado por Mauricio Guzman Lizarraga • 15 de Mayo de 2016 • Práctica o problema • 868 Palabras (4 Páginas) • 169 Visitas
ACTOPAN HIDALGO, 16 DE MAYO DEL 2016
EXPEDIENTE: 0144
C. ENRIQUE MARTINEZ LARA DE NACIONALIDAD MEXICANA CON DOMICILIO EN LA CIUDAD DE ACTOPAN HIDALGO, EN AVENIDA INSURGENTES NUMERO 12, PRESENTANDOSE CON UNA EDAD DE 37 AÑOS CUMPLIDOS CON FECHA DE NACIMIENTO EL DIA 13 DE MAYO DE 1979 ENTRE OTROS DATOS OMITIDOS EN EL PRESENTE DOCUMENTO PUESTO QUE YA SE EXPRESARON CON ANTERIORIDAD EN LA CARPETA DE INVESTIGACION, QUIEN SE EXHIBE EN ESTE ESCRITO CON CALIDAD DE SOLICITANTE PARA APLICARSE UN MECANISMO PREVIO EN EL CENTRO DE JUSTICIA ALTERNATIVA CON SEDE EN LA CIUDAD DE ACTOPAN HGO, LLEGANDO ASI A EL PRESENTE ACUERDO REPARATORIO.
C. EMILIO PEREZ ZENIL DE NACIONALIDAD MEXICANA CON DOMICILIO EN LA CIUDAD DE ACTOPAN HIDALGO, EN AVENIDA BENITO JUAREZ NUMERO 21, PRESENTANDOSE CON UNA EDAD DE 29 AÑOS CUMPLIDOS CON FECHA DE NACIMIENTO EL DIA 24 DE FEBRERO DE 1987 ENTRE OTROS DATOS OMITIDOS EN EL PRESENTE DOCUMENTO PUESTO QUE YA SE EXPRESARON CON ANTERIORIDAD EN LA CARPETA DE INVESTIGACION, QUIEN SE EXHIBE EN ESTE ESCRITO CON CALIDAD DE SOLICITADO PARA APLICARSE UN MECANISMO PREVIO EN EL CENTRO DE JUSTICIA ALTERNATIVA CON SEDE EN LA CIUDAD DE ACTOPAN HGO, LLEGANDO ASI A EL PRESENTE ACUERDO REPARATORIO.
DECLARACIONES:
EN LA NARRACIÓN DE LOS HECHOS OCURRIDOS EL DÍA 5 DE MAYO DEL 2016 EN EL CENTRO DE LA CUIDAD DE ACTOPAN HIDALGO EN EL QUE SE VIERON INVOLUCRADOS EL C. ENRIQUE MARTINEZ LARA PRESENTÁNDOSE EN CALIDAD DE (OFENDIDO) Y C. EMILIO PEREZ ZENIL EN CALIDAD DE (IMPUTADO), EN EL CUAL EN EL DIA DESCRITO TRANSITABAN EN SUS VEHÍCULOS PARTICULARES FORD EXPLORER COLOR NEGRO CON PLACAS C-7HTJ1CON NUMERO DE SERIE 0001234 Y CAMIONETA TIPO RAGER COLOR AZUL CON PLACAS H-97HF3 CON NÚMERO DE SERIE 0003455, EL VEHICULÓ DEL C. EMILIO PEREZ ZENIL CAUSO DAÑO EN LA PARTE TRASERA DEL VEHICULÓ TIPO EXPLORER A CAUSA DE IMPRUDENCIA DE SU CONDUCTOR C. EMILIO PEREZ ZENIL Y CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 221 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL ESTADO DE HIDALGO VIGENTE EN CAPITULO IX EN DAÑO DE PROPIEDAD; SUMA UN MONTO DE
$10,500 (DIEZ MIL QUINIENTOS PESOS M/N) DE ACUERDO CON LAS PRUBAS PERICIALES A CARGO DE UN TÉCNICO EN LA MATERIA, UNA VEZ CONCLUIDO EL MECANISMO ALTERNATIVO DE MEDIACIÓN CON NUMERO DE REGISTRO 017 POR EL CUAL LAS PARTES SE SOMETIERON, LLEGARON CONJUNTAMENTE A ESTE ACUERDO REPARATORIO UNA VEZ QUE YA EXPRESARON LA CONFORMIDAD DE ESTE DOCUMENTO SE LLEVARA A CABO LA CELEBRACIÓN DE ESTE ACUERDO REPARATORIO DE CUMPLIMIENTO INMEDIATO.
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