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TRASPLANTE DE ÓRGANOS TANATOLOGÍA FORENSE


Enviado por   •  26 de Marzo de 2015  •  4.474 Palabras (18 Páginas)  •  540 Visitas

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Artículo 1.

El objeto de la presente Ley es la regulación de los procedimientos con fines terapéuticos, de investigación o de docencia para la donación y trasplante de órganos, tejidos y células en seres humanos, en el ámbito del territorio nacional y con base al derecho a la salud previsto en la Constitución, las leyes, los tratados, pactos y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela. Se excluyen del objeto de esta Ley, las células madre embrionarias, ovarios, óvulos y esperma, así como la sangre y sus componentes, excepto células progenitoras hematopoyéticas.

Órgano:

Entidad morfológica compuesta por la agrupación de tejidos diferentes que concurren al desempeño de la misma función.

Es una estructura de los seres vivos formada por tejidos¸ que cumplen una o varias funciones determinadas.

ÓRGANOS SIMPLES

Son aquellos que realizan por si solos una determinada función, entre otros, la piel, el corazón.

ÓRGANOS DOBLES O MÚLTIPLES

Son aquellos en los que la función es realizada por 2 o más órganos, por ejemplo, los pulmones, los riñones

TRASPLANTES

Donación presunta

Artículo 27.

Toda persona mayor de edad, civilmente hábil, a quien se le haya diagnosticado la muerte, se presumirá donante de órganos, tejidos y células con fines terapéuticos, salvo que existiese una manifestación de voluntad en contrario.

Definiciones

Artículo 3.

Para los efectos de esta Ley se entiende por:

1. Ablación:

Eliminación o extirpación de un órgano, tejido o célula.

2. Banco de Tejidos y Células:

Establecimiento o unidad de un centro público y/o privado donde se lleven a cabo actividades de promoción, obtención, procesamiento, manipulación, preservación, almacenamiento, transporte o distribución de células y tejidos, para su utilización o aplicación en seres humanos, con el fin de satisfacer las demandas a nivel nacional.

3. Cadáver:

Los restos integrados de un ser humano en el que ha ocurrido la muerte.

4. Célula:

Unidad morfológica y funcional del ser vivo.

5. Células Progenitoras Hematopoyéticas:

Células potenciales capaces de reproducir las tres series de células sanguíneas: la serie roja (de donde provienen los glóbulos rojos), la serie blanca (de donde provienen los glóbulos blancos) y la serie plaquetaria (de donde provienen las plaquetas).

6. Células Madre:

Son células que dan origen a los diferentes tipos celulares que conforman los tejidos y órganos del organismo. Se denominan "células madre embrionarias" las que se encuentran durante las primeras etapas del desarrollo embrionario del individuo y "células madre adultas" las que se encuentran en los tejidos y órganos desde la etapa fetal y durante toda la vida.

7. Disposición:

El acto o conjunto de actos relativos a la obtención, preservación, preparación, utilización, suministro y destino final de órganos, tejidos y células.

8. Donante:

El ser humano quien durante su vida haya manifestado su voluntad de donar, o aquél que no haya manifestado su voluntad en contrario, se le extraen órganos, tejidos y células, después de su muerte, con el fin de utilizarlos para trasplante en otros seres humanos, con objetivos terapéuticos, de investigación o de docencia, según corresponda.

9. Investigación y docencia:

Son los actos realizados por profesionales médicos, médicas o asociados a éstos, en instituciones educativas científicas debidamente autorizadas por el órgano rector en materia de salud del país, en donde se utilizan órganos, tejidos y células, con propósito de enseñanza o búsqueda de conocimientos que no puedan obtenerse por otros métodos fundamentados en la experimentación previa o mediante la verificación de otros hechos científicos.

10. Lista de espera:

Es la relación de pacientes con indicación médica y en espera de trasplante, que permite determinar el orden de distribución y asignación de órganos, tejidos y células, de acuerdo a los criterios establecidos en esta Ley.

11. Muerte encefálica:

Pérdida absoluta e irreversible de todas las funciones encefálicas y del tallo cerebral.

12. Muerte violenta:

Aquella muerte que ocurre a consecuencia de accidentes, suicidios u homicidios.

13. Órgano:

Entidad morfológica compuesta por la agrupación de tejidos diferentes que concurren al desempeño de la misma función.

14. Receptor:

El ser humano en cuyo cuerpo podrá implantarse órganos, tejidos y células con fines terapéuticos.

15. Ser humano:

Todos los individuos de la especie humana.

16. Sistema de Procura de Órganos, Tejidos y Células:

Es una red de instituciones públicas y privadas interdependientes e interactuares, capacitadas y articuladas armónicamente para acometer un proceso sistemático y sostenido de detección, obtención, mantenimiento, asignación y transporte de órganos, tejidos y células de seres humanos, provenientes de donante cadáver con fines de trasplante, para dar atención efectiva a la demanda de pacientes en espera, en todo el territorio nacional.

17. Tejido:

Entidad morfológica compuesta por la agrupación de células de la misma naturaleza y con una misma función.

18. Trasplante:

La sustitución con fines terapéuticos de órganos, tejidos y/o células por otros, provenientes de un ser humano.

19. Trasplante cruzado:

Modalidad de trasplante de donante vivo que consiste en ceder un órgano cuando una pareja de donante-receptor no es compatible entre sí, a otra pareja en igual circunstancia y viceversa.

Autorización

Artículo 5.

Los trasplantes de órganos, tejidos y células en seres humanos con fines terapéuticos, sólo podrán ser efectuados en establecimientos y centros de salud autorizados, certificados y supervisados por el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de salud.

Registro de actos médicos

Artículo 8.

Las instituciones, establecimientos y centros de salud inscritos y autorizados, llevarán un registro de todas las actas y actos médicos contemplados en la presente Ley. Presentarán mensualmente al Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de salud la siguiente información estadística:

1. Lista de receptores potenciales para trasplante.

2. Número de trasplantes realizados discriminados por órgano, tejidos y células.

3. Análisis de sobrevida actuarial, índice de rechazo

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