TRASPLANTE DE ÓRGANOS TANATOLOGÍA FORENSE
Enviado por ovandomj • 26 de Marzo de 2015 • 4.474 Palabras (18 Páginas) • 540 Visitas
Artículo 1.
El objeto de la presente Ley es la regulación de los procedimientos con fines terapéuticos, de investigación o de docencia para la donación y trasplante de órganos, tejidos y células en seres humanos, en el ámbito del territorio nacional y con base al derecho a la salud previsto en la Constitución, las leyes, los tratados, pactos y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela. Se excluyen del objeto de esta Ley, las células madre embrionarias, ovarios, óvulos y esperma, así como la sangre y sus componentes, excepto células progenitoras hematopoyéticas.
Órgano:
Entidad morfológica compuesta por la agrupación de tejidos diferentes que concurren al desempeño de la misma función.
Es una estructura de los seres vivos formada por tejidos¸ que cumplen una o varias funciones determinadas.
ÓRGANOS SIMPLES
Son aquellos que realizan por si solos una determinada función, entre otros, la piel, el corazón.
ÓRGANOS DOBLES O MÚLTIPLES
Son aquellos en los que la función es realizada por 2 o más órganos, por ejemplo, los pulmones, los riñones
TRASPLANTES
Donación presunta
Artículo 27.
Toda persona mayor de edad, civilmente hábil, a quien se le haya diagnosticado la muerte, se presumirá donante de órganos, tejidos y células con fines terapéuticos, salvo que existiese una manifestación de voluntad en contrario.
Definiciones
Artículo 3.
Para los efectos de esta Ley se entiende por:
1. Ablación:
Eliminación o extirpación de un órgano, tejido o célula.
2. Banco de Tejidos y Células:
Establecimiento o unidad de un centro público y/o privado donde se lleven a cabo actividades de promoción, obtención, procesamiento, manipulación, preservación, almacenamiento, transporte o distribución de células y tejidos, para su utilización o aplicación en seres humanos, con el fin de satisfacer las demandas a nivel nacional.
3. Cadáver:
Los restos integrados de un ser humano en el que ha ocurrido la muerte.
4. Célula:
Unidad morfológica y funcional del ser vivo.
5. Células Progenitoras Hematopoyéticas:
Células potenciales capaces de reproducir las tres series de células sanguíneas: la serie roja (de donde provienen los glóbulos rojos), la serie blanca (de donde provienen los glóbulos blancos) y la serie plaquetaria (de donde provienen las plaquetas).
6. Células Madre:
Son células que dan origen a los diferentes tipos celulares que conforman los tejidos y órganos del organismo. Se denominan "células madre embrionarias" las que se encuentran durante las primeras etapas del desarrollo embrionario del individuo y "células madre adultas" las que se encuentran en los tejidos y órganos desde la etapa fetal y durante toda la vida.
7. Disposición:
El acto o conjunto de actos relativos a la obtención, preservación, preparación, utilización, suministro y destino final de órganos, tejidos y células.
8. Donante:
El ser humano quien durante su vida haya manifestado su voluntad de donar, o aquél que no haya manifestado su voluntad en contrario, se le extraen órganos, tejidos y células, después de su muerte, con el fin de utilizarlos para trasplante en otros seres humanos, con objetivos terapéuticos, de investigación o de docencia, según corresponda.
9. Investigación y docencia:
Son los actos realizados por profesionales médicos, médicas o asociados a éstos, en instituciones educativas científicas debidamente autorizadas por el órgano rector en materia de salud del país, en donde se utilizan órganos, tejidos y células, con propósito de enseñanza o búsqueda de conocimientos que no puedan obtenerse por otros métodos fundamentados en la experimentación previa o mediante la verificación de otros hechos científicos.
10. Lista de espera:
Es la relación de pacientes con indicación médica y en espera de trasplante, que permite determinar el orden de distribución y asignación de órganos, tejidos y células, de acuerdo a los criterios establecidos en esta Ley.
11. Muerte encefálica:
Pérdida absoluta e irreversible de todas las funciones encefálicas y del tallo cerebral.
12. Muerte violenta:
Aquella muerte que ocurre a consecuencia de accidentes, suicidios u homicidios.
13. Órgano:
Entidad morfológica compuesta por la agrupación de tejidos diferentes que concurren al desempeño de la misma función.
14. Receptor:
El ser humano en cuyo cuerpo podrá implantarse órganos, tejidos y células con fines terapéuticos.
15. Ser humano:
Todos los individuos de la especie humana.
16. Sistema de Procura de Órganos, Tejidos y Células:
Es una red de instituciones públicas y privadas interdependientes e interactuares, capacitadas y articuladas armónicamente para acometer un proceso sistemático y sostenido de detección, obtención, mantenimiento, asignación y transporte de órganos, tejidos y células de seres humanos, provenientes de donante cadáver con fines de trasplante, para dar atención efectiva a la demanda de pacientes en espera, en todo el territorio nacional.
17. Tejido:
Entidad morfológica compuesta por la agrupación de células de la misma naturaleza y con una misma función.
18. Trasplante:
La sustitución con fines terapéuticos de órganos, tejidos y/o células por otros, provenientes de un ser humano.
19. Trasplante cruzado:
Modalidad de trasplante de donante vivo que consiste en ceder un órgano cuando una pareja de donante-receptor no es compatible entre sí, a otra pareja en igual circunstancia y viceversa.
Autorización
Artículo 5.
Los trasplantes de órganos, tejidos y células en seres humanos con fines terapéuticos, sólo podrán ser efectuados en establecimientos y centros de salud autorizados, certificados y supervisados por el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de salud.
Registro de actos médicos
Artículo 8.
Las instituciones, establecimientos y centros de salud inscritos y autorizados, llevarán un registro de todas las actas y actos médicos contemplados en la presente Ley. Presentarán mensualmente al Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de salud la siguiente información estadística:
1. Lista de receptores potenciales para trasplante.
2. Número de trasplantes realizados discriminados por órgano, tejidos y células.
3. Análisis de sobrevida actuarial, índice de rechazo
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