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Enviado por CATINA0707 • 2 de Septiembre de 2014 • 982 Palabras (4 Páginas) • 165 Visitas
5 de mayo de 2011
Señores:
PORVENIR AFP
Bogotá D.C.
Referencia: DERECHO DE PETICIÓN
Accionante: xxxxxx
Accionado: PORVENIR AFP
Asunto: Pago de subsidio por incapacidad.
xxxx, identificado como aparece al pie de mi firma y obrando como apoderado del señor xxxx, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía número xxxxx, Acogiéndome al derecho de petición consagrado en la Constitución Política de Colombiana en su artículo 23, el cual dice toda persona que presente derechos de petición a las entidades públicas y privadas que prestan servicios a la comunidad, deben de recibir respuesta y solución a la petición presentada en un plazo no superior a 15 días hábiles, solicito se tramite la solicitud basada en los siguientes:.
HECHOS
1. El señor xxx, se encuentra diagnosticado con LINFOMA – LEUCEMIA DE CELULAS T, razón por la cual se he visto incapacitado para laborar con un tiempo superior a 180, y sobre el cual el pago del subsidio hasta ese momento fue asumido por la EPS SANITAS.
2. La EPS SANITAS remitió por ser de su competencia la HISTORIA CLINICA del señor xxxxxx a la AFP HORIZONTE hoy AFP PORVENIR, a fin de que se continuara con el trámite descrito en el artículo 227 en concordancia con el artículo 23 del decreto 2463 de 2001
3. A la fecha de radicación de este documento, no se ha realizado el pago del subsidio a que tiene derecho el señor xxxxxxx, haciendo más gravosa la condición teniendo en cuenta que sus padres dependen económicamente de él y las condiciones económicas cambiaron desde el inicio de su padecimiento.
4. Es importante mencionar que el pago del subsidio es independiente del pago de la pensión de invalidez, por cuanto su causación es diferente basado en la normatividad que rige tanto el subsidio como la pensión de invalidez y hasta la fecha su no pago genera intereses
PETICIÓN
1. Por medio del presente Derecho de Petición solicitó a BBVA HORIZONTE, el pago del subsidio descrito en el artículo 227 en concordancia con el artículo 23 del decreto 2463 de 2001, teniendo en cuenta que se está vulnerando el mínimo vital, el derecho a la vida, el derecho a una vida digna, el derecho a la salud consagrados y amparados por la Constitución Nacional
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Constitución Política de Colombia
Artículos 11, 13, 23, 48
Código Sustantivo del Trabajo
ARTICULO 227. VALOR DE AUXILIO. En caso de incapacidad comprobada para desempeñar sus labores, ocasionada por enfermedad no profesional, el trabajador tiene derecho a que el empleador le pague un auxilio monetario hasta por ciento ochenta (180) días, así: las dos terceras (2/3) partes del salario durante los primeros noventa (90) días y la mitad del salario por el tiempo restante.
Decreto 2463 de 2001
ARTICULO 23.-Rehabilitación previa para solicitar el trámite ante la junta de calificación de invalidez. La solicitud de calificación de pérdida de capacidad laboral sólo podrá tramitarse cuando las entidades del sistema de seguridad social integral, el Fondo de Solidaridad y Garantía, los regímenes de excepción o el empleador, según sea el caso, hayan adelantado el tratamiento y rehabilitación integral o se compruebe la imposibilidad para su realización.
Cuando
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