Teoria del delito. CAPÍTULO I El Derecho Penal
Enviado por Yoaly Piñon • 29 de Octubre de 2015 • Apuntes • 13.001 Palabras (53 Páginas) • 159 Visitas
TEORÍA DEL DELITO
INDICE
INTRODUCCION
CAPÍTULO I El Derecho Penal
1.1 La Teoría del delito del Derecho Penal
1.2 Presupuestos del delito
Capítulo II El delito
2.1 Concepto de Delito
2.2 Elementos del delito
2.3 Estructura del delito
2.4 Clasificación de los delitos
2.4.1 Según la gravedad.
2.4.2. Por los resultados
- Delitos de acuerdo con la conducta
2.4.3.1 Delitos de acción
2.4.3.2 Delitos de omisión
2.4.3.3 Delitos de comisión por omisión
2.4.3.4 Por el número de actos
2.4.4 Por la lesión que causan con relación al efecto resentido por la victima, o sea en razón del bien jurídico
2.4.5 Por su duración
2.4.6 Por su forma de persecución
2.4.7 Delitos del fuero común y delitos del fuero federal
2.5 Tentativa de delito
INTRODUCCIÓN
En el tema que se desarrolla en este apartado se expone en qué consiste la “Teoría del delito”. Se estudian los presupuestos generales y especiales del delito, como lo son: el concepto de Derecho Penal, delito, el bien jurídico penal, los sujetos del delito, así como se enuncian los elementos del delito, se presenta la matriz para el análisis de los delitos en general, la clasificación de los delitos, y la tentativa de delito.
1.1 La teoría del delito del Derecho Penal
El Derecho Penal representa el poder punitivo del Estado, pues establece los delitos y las penas como su legítima consecuencia. González Quintanilla cita la definición de Derecho Penal aportada por Jiménez de Asúa, quien nos dice que es el “conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del Estado, estableciendo el concepto del delito como presupuesto de la acción, así como la responsabilidad del sujeto, asociando a la infracción de la norma una pena finalista o una medida aseguradora.”[1]
La dogmática jurídico penal estudia la naturaleza del delito mediante la llamada teoría del delito. Para conocer el objeto de estudio de esta teoría, partiremos de la noción de norma. La norma penal está compuesta por el delito (supuesto condicionante) y por la pena (consecuencia condicionada). Por lo tanto, a la teoría general del delito le corresponde tan sólo el estudio del primero, el delito, reservándose a la teoría de la pena el estudio de la segunda[2]. En consecuencia, la penalidad no forma parte de la teoría del delito.
Una definición general sobre el objeto de esta teoría, el delito, nos la proporciona Pavón Vasconcelos, para quien el delito es la conducta o el hecho típico, antijurídico, culpable o punible[3]. (Para saber más…1)
Una vez visto el objeto de estudio, veamos en qué consiste la teoría que lo estudia. “La teoría del delito se ocupa de los presupuestos jurídicos generales de la punibilidad de una acción, estudiando los componentes que son comunes a todo hecho punible, ya que existen ciertos factores esenciales, que no se hayan contenidos en las descripciones típicas de la parte especial, sino antepuestos a ellos.” [4]
1.2 Presupuestos del delito
Explica Roberto Reynoso que existen diferentes definiciones acerca de los presupuestos del delito, como son las siguientes: Giusseppe Bettiol sostiene que: “por presupuestos debe entenderse a aquellos elementos, requisitos, factores, que deben preexistir al hecho material para que pueda considerarse como hecho delictuoso”. Giacomo Delitala expresa que los presupuestos del delito “son también aquellos elementos del delito, y en verdad si faltan falta el hecho constitutivo del delito, tal como la ley lo describe.”[5]
De lo anterior se infiere que por presupuestos del delito debemos entender los elementos del delito: conducta, tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad y punibilidad. La teoría del delito estudia los presupuestos de todo hecho punible, con la intención de que tanto los elementos particulares (previstos por cada tipo penal), como los generales (parte general de los códigos penales), puedan ser considerados en unidad conceptual con respecto a sus componentes, como veremos posteriormente.
Ahora bien, para que exista el hecho delictuoso se necesita el cumplimiento de ciertos prerrequisitos. Éstos son de dos tipos, generales y especiales.
Los prerrequisitos generales que preexisten al delito consisten en: el bien jurídico tutelado; la norma penal; el sujeto activo y el sujeto pasivo; la imputabilidad; y el instrumento del delito.
Por otro lado, los presupuestos especiales constituyen un requisito jurídico que es previo a la realización de la conducta, por ejemplo en el delito de quiebra fraudulenta, es prerrequisito la declaración previa de quiebra hecha por un órgano en materia civil; otro ejemplo de un requisito jurídico necesario para la existencia del delito, lo es en el parricidio la relación consanguínea de parentesco.
Por la complejidad de los prerrequisitos generales y para su mayor claridad, es conveniente profundizar en algunos de ellos. En este apartado únicamente expondremos el bien jurídico tutelado y la norma penal, dejando pendiente el tratamiento de los restantes, es decir, el sujeto activo y el sujeto pasivo, la imputabilidad, y el instrumento del delito, porque aparecen específicamente conectados con el delito.
1.2.1 Bien jurídico tutelado y la norma penal
Al delito como conducta antisocial, se le concibe actualmente como un subproducto socioeconómico y cultural. El término delito tiene connotaciones de algo delictuoso o criminal, que parece inadmisible para la convivencia humana por lesionar algo que ésta considera valioso, por lo cual se debe detener su reiteración.
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