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Trabajo De Derecho Penal


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2013  •  1.387 Palabras (6 Páginas)  •  320 Visitas

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La segunda etapa

Es la del juicio y se desarrolla ante: juez árbitro y los jurados (iurati) su función será la de simples controladores y espectadores de la contienda entre las partes.

El Iudex dirige el procedimiento.

El acusador y el acusado, cada uno puede defenderse, acusar, pedir pruebas, interrogar a los testigos incluso discutir con ellos.

Los Iurati votan por mayoría: la absolución o condena; el empate absuelve; no hay recursos ordinarios, distintos a la nulidad, y la in integrum restituido.

La extraordinaria Cognitivo:

• Es de naturaleza oficial y se dirige plenamente por un funcionario público.

• Emerge el procedimiento inquisitivo, desplazando al sistema acusatorio.

• Se incluye el sistema de la tarifa legal, para la apreciación de la prueba.

• La prueba documental adquiere gran privilegio.

• No más juez popular valoración de la prueba.

A partir de Augusto (s.l d.C), los particulares podían dirigirse al príncipe, tenía un solo periodo que se desenvolvía ante un magistrado como el funcionario singular ante quien se incoa (inicia) y falla.

Es un func. Que percibe sueldo del estado; función especializada y administra justicia permanente a quienes acuden al foro.

El proceso germánico:

• Es un proceso más primitivo, bárbaro y simple que el romano.

• Es oral, público y muy formalista.

• La idea que el divinidad adº justicia.

• El proceso es un rito.

• El proceso civil y penal son iguales o similares.

• Proceso = lid entre el ddte y ddo.

• Dos formas de proceso:

a) Extraordinario de ejecución: para el reo cogido in fraganti.

b) Ordinario: el ddte cita al ddo, fija el día para audiencia de testigos ante la asamblea popular.

El juicio se inicia con una ceremonia relig; si el ddo confiese se le condena de inmediato.

Si contradice el ddo, es necesario practicar pruebas en forma de rito (gesticulaciones y palabras sagradas) en audiencia pública y Oral, la audiencia era el pueblo.

El juez es el director del debate, dicta la sentencia interlocutoria de pruebas.

Las pruebas recaen sobre el ddo.se confía en la palabra del ddte.

Concluido el rito probatorio la asamblea dicta la sentencia, que es inimpugnable aunque no inmutable.

El condenado o cualquiera de los asistentes pueden proponer otra condena para decidir cuál es la definitiva.

El proceso romano - Canónico:

• Se mezclan dos corrientes romana y germana además de los matices de la inquisición.

• Se impone el procedimiento de la extraord. Cognitio.

• Se pierden los rasgos de la publicidad, oralidad y contradicción.

• El proceso termina siendo un contrato entre el ddte y ddo.

• La confesión es la prueba mayor.

• Se organiza en forma definitiva el recurso de apelación.

• Se afianza la nulidad y la in integrum restituido.

• En el procedimiento penal, se sustituye la institución de la acusatio romana.

• Se plasma un proceso escrito, secreto e inquisitivo, porque la jurisdicción es función que compete exclusivamente al estado.

• Se impone la tarifa legal de pruebas como sistema de valoración de las mismas.

• El proceso civil debía ser incoado (iniciado) con una demanda escrita.

• El ddo es citado por el juez al proceso, este puede defenderse con la proposición de excepciones.

El proceso en el Perú Pre-Hispánico:

Una organización económica como el ayllu debió contar con un sistema de soluciones de conflictos.

Los curacas y los apus debieron cumplir unas funciones similares a la jurisdiccional.

Los quipucamayocs, funcionarios con función jurisdiccional.

¿Existió el derecho hispánico?

Como conjunto de normas… No

Como fenómeno social a través del cual el estado se organiza y concreta un sistema de ejercicio del poder con y entre sus súbditos.

*la noticia criminis, donde el juez es el inquisidor, que por todos los medios procura la condena.

El sistema acusatorio desaparece y surge el inquisitorio, en tres etapas:

• La inquisición general

• La especial y

• El juicio

Las dos primeras preparatorias y absolutamente secretas y la última pública.

Según la tesis de lhering, el estado crea el derecho por necesidad, entonces si existió el derecho en América precolombina.

Las crónicas afirman que durante el estado inca existió el proceso.

Siendo funcionarios imperiales los encargados de la actividad judicial.

El inca, como el juez supremo, tenía jurisdicción en todo el imperio

El consejo real ejercicio autoridad sobre las cuatro regiones del imperio.

El tucuyricoc, administra justicia en la provincia de su mando o en otra que era comisionado, sancionando así en

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