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Trascendencia del derecho civil en la formación del jurista


Enviado por   •  28 de Abril de 2017  •  Ensayo  •  6.802 Palabras (28 Páginas)  •  1.968 Visitas

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Unidad 1

“Trascendencia del Derecho Civil en la Formación del Jurista”

*Introducción*

La importancia del Derecho Civil radica en que es un conjunto de normas reguladoras de las relaciones ordinarias y más generales de la vida en que el hombre se manifiesta como sujeto de Derecho, de un patrimonio o como miembro de una familia, para el cumplimiento de los fines individuales de su existencia, dentro del concierto social.

El Derecho Civil es la rama del derecho encargada de vigilar por el buen desenvolvimiento de las relaciones de las personas con otras y con el estado. Las disposiciones que este derecho civil impone son de carácter ético, suponen una correcta conducta con el medio ambiente son representadas por la sociedad. Las relaciones que se desarrollan dentro del marco legal del derecho civil pueden ser tanto públicas como privadas, podrán generar actos y consecuencias que afecten al sector público nacional.

En conceptos generales, el Derecho Civil está formado por principios y normas jurídicas que tienen la finalidad de actuar o regular las diferentes relaciones patrimoniales y nexos subjetivos que tienen las personas, siempre y cuando sean consideradas como un sujeto de derecho o como un humano en sí, sin importar las actividades peculiares que dan origen a otras áreas especializadas del derecho.

Dentro del Derecho Civil se presentan otros términos legales como el Derecho de las Personas. Estas normas actúan para regular las condiciones de cada persona en su actividad jurídica frente a los demás, como lo son el estado civil, la nacionalidad o el domicilio, entre otros datos.

1.1. “Contenido sistemático de los seis cursos de Derecho Civil”

*Acto Jurídico y Personas*

►Objetivo: Conocer la historia y evolución del Derecho Civil mexicano y la trascendencia de sus instituciones en la formación de un jurista. Diferenciar los hechos y los actos jurídicos; aprender la teoría integral del acto jurídico; comparándola con la alemana del negocio jurídico. Asimilar y diferenciar los conceptos de “nasciturus”, persona física jurídica; sus atributos y los derechos de la personalidad; así como la doctrina de las personas jurídicas colectivas, así como las teorías que justifican su existencia.

►Definición: El acto jurídico es el acto humano, lícito, con manifestación de voluntad destinada a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas.

►Clasificación de los Actos Jurídicos:

I. Acto jurídico unilateral

II. Acto jurídico bilateral

III. Acto jurídico bilateral

IV. Acto jurídico oneroso

V. Acto jurídico gratuito

*Bienes y Derechos reales*

►Objetivo: Identificará, analizará y expondrá el concepto de obligación, las fuentes de las obligaciones, su régimen legal y sus efectos, así como las formas de transmisión de las mismas.

►Definición: En esta parte estudiaremos las Cosas como objeto de las relaciones jurídicas, siempre que su valor pueda estimarse o calcularse en dinero y que por lo tanto constituyen el patrimonio de las personas en su parte llamada Activo, pues el Pasivo lo forman las obligaciones. Así que corresponde a esta parte el estudio de los derechos que sobre las “Cosas” pueden tener las personas.

Concepto de bienes: de todas las “cosas” que existen, hay algunas que pueden ser objeto de apropiación, es decir que pueden ser propiedad de alguien, por ejemplo un mueble, pudiendo ser éste un libro, mercancías, un automóvil, etc., o bien, un inmueble, como un terreno, un edificio, etc.

Tenemos pues, que todas aquellas “cosas” cuya propiedad pueda ser adquirida por alguien, ya sea el Poder público o particulares, reciben el nombre de BIENES, pues existen algunas cosas que por disposición de la ley o por su naturaleza, no pueden ser objeto de apropiación y por lo tanto, se encuentran fuera del comercio.

Las cosas consideradas fuera dl comercio por disposición legal son aquellas que la ley señala que no pueden ser adquiridas en propiedad por particulares, y están fuera del comercio por su naturaleza, las que no pueden ser poseídas por algún individuo exclusivamente.

Concepto de Derechos Reales: los derechos reales son relaciones que existen entre personas, pero con relación a una cosa o bien. En esta clase de derechos, el sujeto Activo es la persona que está en posesión de un bien, y el sujeto Pasivo lo constituyen todas las demás personas que están obligadas a respetar aquel derecho de posesión que se tiene sobre dicho bien.

►Clasificación de los Bienes y de los Derechos Reales:

Bienes

I. Bienes muebles (Por su naturaleza y por determinación de la ley)

II. Bienes inmuebles (Bienes fungibles, no fungibles, del poder público, de propiedad particular, sin dueño -mostrencos y vacantes-, tangibles e intangibles)

Derechos Reales

I. Derechos reales de goce (el usufructo, la habitación y las servidumbres)

II. Derechos reales de garantía (la prenda y la hipoteca)

*Obligaciones*

►Objetivo: Aprender, razonar y aplicar el Derecho de las Obligaciones, estructura de la carrera de licenciado en Derecho. Entre otros temas, comprender el concepto de obligación jurídica; las fuentes de las obligaciones; los efectos que producen; sus formas especiales; las acciones derivadas del incumplimiento; la forma en que se transmiten y sus causas de extinción.

►Definición: Las obligaciones son acciones que tiene que cumplir una persona que interviene en una relación jurídica.

Las obligaciones se originan o nacen de la celebración de actos jurídicos, o como resultado de hechos jurídicos, pues son parte del efecto que producen estos actos y hechos jurídicos en el campo del derecho.

Fuentes de las obligaciones:

Podemos considerar como fuentes de las Obligaciones a todo aquello que las origina. Entre las principales fuentes citaremos las siguientes: Los contratos; los delitos, y la ley.

►Clasificación de las Obligaciones y su Extinción:

Obligaciones

I. Obligaciones de dar

II. Obligaciones de hacer

III. Obligación de no hacer

Extinción de las Obligaciones

I. Pago

II. Dación en pago

III. Compensación

IV. Confusión

V. Novación

VI. Término extintivo

VII. Remisión

VIII. Pérdida de la cosa

IX. Prescripción

X. Rescisión de contrato

XI. Nulidad

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