Vitabilidas
Enviado por 14264172 • 13 de Enero de 2014 • 1.170 Palabras (5 Páginas) • 295 Visitas
Tema III
Inicio de la Personalidad del Ser Humano
Naturaleza Jurídica de la personalidad del ser humano.
La personalidad como se ha mencionado anteriormente, es la aptitud para ser titular de derechos y contraer obligaciones. Para las personas jurídicas, la personalidad es resultado de una norma jurídica que le confiere tal atribución. En lo que respecta a los seres humanos, de conformidad a lo establecido en el Código Civil, todos los seres humanos son personas naturales. (Art. 16).
Sin embargo surge la interrogante acerca de si la personalidad del ser humano es una atribución natural por el solo hecho de existir como individuos de la especie humana, o si por el contrario, esta cualidad es un atributo conferido por el ordenamiento jurídico. Sobre esta interrogante se han elaborado tres teorías:
ü Teoría Realista: Afirma que la personalidad es un atributo del ser humano como sujeto de derecho en sentido abstracto, y solo la negación de tal condición podría negar el hecho de que posee personalidad.
ü Teoría Formalista: Se apoya en una concepción meramente lógica y formal, la naturaleza no influye de manera alguna en la personalidad, esta se trata de un atributo originado en la Ley, es decir se tiene personalidad como atribución conferida a un individuo por un ordenamiento jurídico determinado.
ü Teoría Ecléctica: Se basa en el argumento de que ambas están en lo cierto, es decir, se hace necesario unificarlas, pues si bien el hombre posee la cualidad de ser sujeto de deberes y derechos, dicha aptitud debe ser reconocida por la Ley.
Comienzo de la personalidad del ser humano
Como criterio general se afirma que la personalidad comienza con el inicio de la vida independiente, pero ¿Cuando se alcanza la vida independiente?, al respecto han surgido tres teorías: La teoría de la concepción, la del nacimiento y la teoría ecléctica.
Teoría de la Concepción: Afirma que la personalidad del ser humano comienza con el inicio de la vida intrauterina, es decir en el momento de la concepción. Esta tesis se fundamenta en disposiciones legales que protegen no solo a la madre, sino también al producto de la concepción (aborto criminal, prohibición de labores que afecten la salud del niño a mujeres embarazadas). Al respecto, el Art. 17 CC establece que el feto se tendrá como nacido cuando se trate de su bien.
La critica que se formula, es la dificultad que plantea determinar y probar el momento exacto de la concepción y con ello la certeza del inicio de la personalidad del individuo.
Teoría del Nacimiento: Según esta teoría la personalidad comienza en el momento del nacimiento, este es el criterio universalmente aceptado. Esta teoría ha sido interpretada de acuerdo con dos corrientes: La teoría de la viabilidad y vitalidad.
- Teoría de la Viabilidad, Requiere que el feto no solo nazca vivo, sino viable, es decir apto para la vida, de lo contrario se considera que no existe la vida independiente.
- Teoría de la vitalidad: Para el reconocimiento de la personalidad del ser humano basta con el feto haya nacido vivo. Esta es la corriente aceptada en nuestro país según el Art. 17 del CC: El feto se tendrá como nacido cuando se trate de su bien, y para que sea reputado persona basta que haya nacido vivo.
...