Zonas De Libre Comercio En Mexico
Enviado por skrltt • 12 de Noviembre de 2013 • 1.592 Palabras (7 Páginas) • 1.721 Visitas
1. Las zonas de libre comercio de México (ZsLC)
A partir de la última década del siglo pasado, los países utilizan cada vez más la formación de
zonas de libre comercio avaladas por la Organización Mundial de Comercio (OMC) para
generar desgravaciones arancelarias entre naciones interesadas en aumentar sus intercambios
recíprocos, sin necesidad de hacer extensivos los beneficios a estados no participantes.
México se ha distinguido en el orbe, de manera muy especial, por utilizar estos instrumentos
de política económica para promover su sector exportador, la industria, los flujos de inversión
y otras variables externas.
La Cláusula de Nación Más Favorecida definida en el artículo primero del acta constitutiva de
la OMC, el más importante de todos por ser el mecanismo clave para alcanzar su objetivo de
creación, establece la extensibilidad automática de todas las concesiones arancelarias pactadas
entre países miembros a las demás naciones contratantes del organismo multilateral de
impacto cuasimundial. No obstante, también define como excepción de esa obligatoriedad a
las concesiones generadas dentro de las zonas de libre comercio y uniones aduaneras y las
otorgadas por países miembros a sus antiguas colonias.
México se ha valido de esa excepción para promover su comercio internacional de bienes y
servicios con naciones integrantes de sus ZsLC en lugar de mundializar su comercio,
ahorrándose la extensibilidad de las concesiones a los restantes países miembros de la OMC.
A tal grado ha sido esta situación, que debiendo hacer extensivos los beneficios de la ZLCAN
a los otros 10 países miembros de la ALADI, como obligación derivada del Artículo 44 del
Tratado de Montevideo 1980, México incumplió ese compromiso y a cambio sólo ofreció a
esas naciones negociar con ellas ZsLC “tan amplias como la constituida mediante el Tratado
de Libre Comercio de América del Norte”, tratando de atenuar la falta cometida de no
extenderles dichas concesiones.
Los Tratados de Libre Comercio de México, en todos los casos, incluyen las desgravaciones
arancelarias y no arancelarias para beneficio del comercio recíproco con sus contrapartes, así
como normas en materia de subsidios, impuestos compensatorios, salvaguardas y dumping, y
--en algunos de ellos-- también facilidades para la inversión.
La parte medular de los textos que instituyen las ZsLC es la referente a las reglas de origen o
requisitos para considerar las mercancías como nacionales o procedentes de los países
suscriptores, y –consecuentemente-- asignarles los beneficios acordados.
Los apartados más importantes de los acuerdos y tratados que dan origen a lasZsLC son, en
general: acceso a mercados, reglas de comercio y solución de controversias, y en otros casos
también servicios, inversión y propiedad intelectual. El texto del Acuerdo de Libre Comercio
entre Estados Unidos y Canadá fue un punto de partida importante para la redacción del
tratado que instituye la ZLCAN y por ende los acuerdos y tratados de las demás ZsLC.
Algunos tratados hacen precisiones necesarias en aquellos sectores y rubros específicos
complejos: con América del Norte, automotriz, textil, agricultura, sector energético y
petroquímica; con Europa, sector agrícola y automotriz (éste último visto por la Unión
Europea como plataforma para penetrar en el mercado estadounidense). Con el Grupo de los
Tres, sector automotriz; con Chile, bienes de origen agropecuario y ganadero; con el
Triángulo del Norte de Centroamérica, bienes agropecuarios; con Costa Rica, sector agrícola, Comercio, género y equidad en América Latina: Generando conocimiento para la acción política
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manufacturero y energético; con Nicaragua, sector agrícola; con Israel, sector agrícola (no
incluye servicios ni inversiones); con Uruguay, no menciona a alguna actividad o sector en
particular; Bolivia, sector agrícola; y Japón, sectores agrícola e industrial.
Las 12 zonas de libre comercio de México involucran a 42 países de América, Europa, Medio
Oriente y Asia, entre ellos, a las diez nuevas naciones de la Unión Europea desde mayo de
2004. En orden decreciente del valor promedio anual del comercio total (exportaciones más
importaciones) durante el período de vigencia de cada acuerdo, son: América del Norte
(Estados Unidos y Canadá); la Unión Europea (25 países); el Grupo de los Tres (con
Colombia y Venezuela); la Asociación Europea de Libre Comercio (Islandia, Suiza y
Liechtenstein); Chile; el Triángulo del Norte de Centroamérica (Honduras, Guatemala y El
Salvador); Costa Rica; Nicaragua; Israel; Uruguay; Bolivia; y Japón.
El Acuerdo de Complementación Multisectorial México-Uruguay de 1987 liberalizó lo
esencial del comercio recíproco y podría considerarse un tratado de libre comercio o, al
menos, el antecedente inmediato anterior de los tratados de libre comercio mexicanos.
La ZLC más antigua de México es la de América del Norte, vigente desde el 1o. de enero de
1994 y se basa en un tratado con más de dos mil páginas. La más reciente es con Japón, en
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