Órganos De La Administración
Enviado por hgavilang • 23 de Enero de 2014 • 2.270 Palabras (10 Páginas) • 283 Visitas
Órganos de la Administración
Introducción
Todo ente al cual el ordenamiento jurídico le reconozca la capacidad de ser sujeto de derecho será persona; tal es el caso del Estado. Es una realidad que el concepto de personalidad jurídica es una ficción, una abstracción jurídica, creación de la ley. La persona jurídica estatal actúa a través de sus órganos, los cuales han sido creados por el Estado mismo, pero, como cada uno de los órganos integrantes del Estado (algunos con personalidad jurídica) carecen de inteligencia y de voluntad, no pueden querer ni pensar por sí mismos como lo hacen las personas físicas, por lo que se ven en la situación de requerir de la voluntad e inteligencia de personas físicas: los servidores públicos.
El quid radica en saber cómo es que al Estado, persona jurídica pública, le son imputables los actos de ciertas personas físicas. Para esclarecer esta cuestión, en esta segunda unidad, se estudiarán algunas de las teorías que pretenden dar respuesta, como es la teoría de la representación y la teoría del órgano. Sobre esta última, Otto Von Gierke aclara que los servidores estatales no deben ser considerados personas ajenas al Estado; “ellos se incrustan en la organización estatal como una parte integrante o constitutiva de ella”.1
Así pues, en esta unidad, se estudia a los órganos de la administración pública federal; los conceptos de órgano formal y material, de acuerdo con la propuesta de Kelsen; los órganos de autoridad y los auxiliares y la diferencia entre órganos y sus titulares. Comprende este bloque el estudio de la situación legal de los servidores públicos, es decir, de aquellos cuyos actos son imputables al Estado.
Finalmente, se estudian las principales formas de organización administrativa; las diversas maneras que tiene la administración pública de estructurar cada uno de sus elementos integrantes, ya sea con una marcada, atenuada o difuminada relación de jerarquía hacia el titular del poder ejecutivo para la mejor consecución de sus fines.
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1 Citado por Miriam Mabel Ivanega, Elementos de derecho administrativo, Universidad Externado de Colombia, primera edición, Colombia, 2008
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Objetivos particulares
• Reconocer la estructura de la administración pública federal a través del estudio de los distintos tipos de órganos que la integran
• Identificar las distintas formas de organización administrativa
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Órganos de la administración pública federal
En los términos del artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la administración pública federal se divide en centralizada y paraestatal. Este precepto dispone que la ley orgánica respectiva distribuya los negocios del orden administrativo de la federación que estarán a cargo de las secretarías de Estado. Cabe mencionar que el artículo en comento trata únicamente de la administración pública federal ubicada en el ámbito del poder ejecutivo y es a la que divide en centralizada y paraestatal.
La administración pública adopta diversas formas de organización, distintas maneras para estructurarse y lograr la realización de sus actividades. Entre las formas de organización administrativa, se encuentran, principalmente, la centralización, la descentralización y la desconcentración, por lo que, en el ámbito de la administración pública federal, existen distintos tipos de órganos: centralizados, descentralizados y desconcentrados. Éstos últimos no están comprendidos de manera explícita en el artículo 90 constitucional.
Los órganos centralizados dependen de manera directa e inmediata del presidente del titular del poder ejecutivo. Los órganos desconcentrados tienen una relación de jerarquía con algún órgano centralizado. Los órganos descentralizados son entes que tienen personalidad jurídica propia, es decir, son personas jurídicas de derecho público que tienen una relación que no es de jerarquía con respecto a la administración central. La ley orgánica a la que hace alusión el artículo 90 constitucional es la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
En lo que respecta al término paraestatal, pudiera entenderse como algo paralelo al Estado; en realidad, se trata de un sector de la administración pública constituido por un conjunto de entidades administrativas, contempladas en el artículo 3º de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Concepto de órgano formal y material
Existen distintas clasificaciones sobre los órganos del Estado; en el presente caso, el concepto de órgano formal y material, ha sido tratado por el jurista austriaco, Hans Kelsen, en su obra Teoría general del derecho y del Estado.
No todos los órganos son estatales. Conforme al concepto “material”, un individuo será órgano del Estado únicamente si tiene en lo personal un cargo jurídico específico. Para Kelsen, existen ciertas características que distinguen al órgano estatal; entonces, es factible diferenciar entre el concepto de órgano y el de órgano estatal.
Características del órgano estatal:
En un sentido estricto, a los órganos del Estado se les llama funcionarios. De acuerdo con Kelsen, hay distinción entre órgano formal y órgano material del Estado.
Como explicación de lo anterior, Kelsen comenta que, cuando se habla de “tribunales de Estado” o de escuelas, hospitales o ferrocarriles “del Estado”, significa “que imputamos a éste la actividad de los individuos que establecen y manejan tales instituciones. La actividad de dichas instituciones es imputada al Estado y considerada como función de éste porque los individuos actuantes tienen la calidad de órganos estatales en el sentido material y estricto y, particularmente, porque, de acuerdo con la ley, los indispensables gastos que esas actividades representan son cubiertos por el fisco, el cual recibe también los ingresos por ellas3.”
Elementos de la organización administrativa
Vista la organización administrativa como un sistema, tiene como elementos los órganos de la administración, las relaciones que existen entre ellos y la regulación de esas relaciones que pueden ser de jerarquía, de tutela y de coordinación.
El Estado, con fundamento en el artículo 49 constitucional, tiene su propia organización, estructurada por tres poderes; pero, de acuerdo con los artículos 28, 41 y 102 constitucionales, existen también otros órganos: los llamados órganos constitucionales autónomos. El estudio del derecho administrativo contempla la función
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