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LA COAUTORIA


Enviado por   •  26 de Abril de 2018  •  Ensayos  •  554 Palabras (3 Páginas)  •  203 Visitas

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Miguel Antonio Capador Sánchez

DERECHO PENAL GENERAL

Lina Fernanda Rincón Olaya – 4B

LA COAUTORIA

Para hablar de coautoría es necesario remontarse al Código Penal de 1980 el cual contenía los artículo 23 y 24 quienes expresaba el tema de la autoría y la complicidad, sin embargo no se hacia claridad de las figuras como autores y participes, mientras que el nuevo Código Penal hace una clara distinción de ellos, ya que en el artículo 29 establece quienes son autores y así mismo usa la expresión en un sentido amplio en el que se aclara las modalidades de autor material y el autor mediato, los coautores y finalmente aquellas personas que actúan en representación de un tercero, como miembro de un ente colectivo o como representación del mismo.

Dentro del segundo inciso del artículo 29 se expresa que “la coautoría son los que, mediando un acuerdo común, actúan con división del trabajo criminal atendiendo la importancia de aporte”[1] se puede interpretar que la coautoría es la participación en una conducta punible. Pero si se desglosa se interpreta mejor, cuando se indica que “mediante un acuerdo común” esto indica una ubicación temporal y precisa de cuándo debe producirse ese acuerdo. Ahora, cuando se indica que “mediante un acuerdo común actúan”  se refiere a que antes que se produzca la acción se debe “mediar un acuerdo” entre los autores, lo que lleva a la “mediación del acuerdo”.

Con referencia a “actúan con división del trabajo criminal” esto quiere decir que el contenido del acuerdo esta directamente relacionado con la ejecución de la conducta de cada uno de los coautores y es así como la norma introduce la expresión “atendiendo a la importancia del aporte” la cual es ambigua, ya que el coautor puede ser quien aporta algo concreto o no, es decir que el legislador en este caso no fue preciso, ya que se puede hablar de una coautoría ideal o meramente intelectual, por que la ley no establece cuál es criterio para determinar esa importancia del aporte.

Sin embargo para el profesor Jacobo López Barja de Quiroga[2] la coautoría es el dominio funcional del hecho, y se presenta cuando varias personas en común acuerdo toman parte para realizar un hecho delictivo. La coautoría estará también delimitada en función de la concepción que se mantenga sobre la autoría.

Por otro lado, Francisco Muñoz Conde[3] define la coautoría como la realización conjunta de un delito por varias personas que colaboran consiente y voluntariamente. La coautoría es una especie de conspiración llevada a la práctica y se diferencia de esta práctica precisamente en que el coautor interviene de algún modo en la realización del delito, lo que por definición, no sucede en la conspiración.

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