ANALISIS DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORIAL R.D.R. N° 058-2019-DIREPRO LIMA/EXTRACCIÓN Y PRODEMIENO PESQUERO
Enviado por skarma23 • 24 de Junio de 2021 • Documentos de Investigación • 642 Palabras (3 Páginas) • 140 Visitas
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LIMA/EXTRACCIÓN Y PRODEMIENO PESQUERO
ANALISIS:
La resolución nos habla acerca del permiso otorgado para la extracción del recurso como pesca artesanal, Siendo su objeto la extracción de recursos hidrobiológicos para atender la demanda interna de pescado fresco o enfriado, como bien sabemos la pesca artesanal en general son las realizadas por personas naturales, grupos familiares o empresas de menor escala, mediante el empleo de embarcaciones artesanales o instalaciones y técnicas simples, cuyo producto se destina preferentemente al consumo humano directo. Dejando claro el concepto y teniendo en cuenta que la zona exclusiva de pesca es hasta las 5 millas se entiende que el destino de dicha pesca es para una extracción de menor escala, También se ha establecido que se encuentra exonerada del pago de derechos para otorgar concesiones, autorizaciones, permisos de pesca y licencias en razón de su nivel de desarrollo económico.
Las medidas de ordenamiento establecidas que posibilitan el desarrollo de la actividad pesquera y el aprovechamiento racional de los recursos hidrobiológicos, se hallan en la Ley General de Pesca, cuyos principios básicos se inspiraron en el Código de Conducta para la Pesca Responsable. Se cuenta además con el Reglamento de dicha Ley, que desarrolla los procedimientos previstos en la Ley y de la Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura.
El permiso que se otorga es con el fin de disminuir y /o extinguir la pesca ilegal y conservar la formalización de la actividad extractiva.
También la resolución muestra que el permiso fue otorgado con diversas restricciones de pesca, como la sardina, la anchoveta, la merluza, el bacalao de profundidad, anchoveta blanca y anguila; se entiende que dicha restricción es con el fin de la conservación del recurso hidrobiológico.
Se logra entender que las limitaciones de pesca para los recursos hidrobiológicos restringidos para su extracción en la resolución, son debido a que se efectúa la extracción en la mayor parte de su área de distribución y son considerados los recursos plenamente explotados , entendiendo así que en el 2015 IMARPE manifestó que dicho recurso se estaba agotando para la pesca , dando así ciertos criterios para efectuar la pesca e informando, las temporadas y medidas necesarias para la extracción de dichos recursos con el fin de su conservación ,ya que al ser explotada al máximo se realizó el agotamiento del recurso dejando así sin alimento a algunas especies que dependían de ello. IMARPE manifestó que los nuevos permisos de pesca se otorgan mediante la sustitución de igual capacidad de bodega y se ha establecido un pago anual por el derecho de permiso de pesca.
las capturas y otras obligaciones como: Llevar a bordo un observador científico, bitácoras de pesca, disponer de medios de preservación, evitar la contaminación y cumplir con los requisitos de sanidad e higiene.
Hay prohibiciones especificas respecto a realizar lances de pesca cuyos volúmenes de captura excedan la capacidad de almacenamiento a bordo y a efectuar descartes de la captura incidental.
Actualmente la delicada situación de la población de los recursos plenamente explotados ha motivado a que se implemente un programa de recuperación consistente, principalmente, en medidas de ordenamiento para disminuir la presión de pesca y de re- orientación de la flota hacia otras pesquerías.
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