ANALISIS Ley Organica
Enviado por heimaranavely • 1 de Febrero de 2014 • 1.258 Palabras (6 Páginas) • 422 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez
Núcleo La Grita Estado Táchira
diciembre 2011
LEY ORGÀNICA DE LOS CONSEJOS COMUNALES
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
En esta sección de la ley nos explica el por qué de su creación, para que sirve y quienes pueden utilizarla.
Los consejos comunales son grupos de personas las cuales están a cargo de resolver la problemática existente entre las comunidades con la finalidad de obtener un bienestar social en la misma.
La misma se basa en principios y valores como la solidaridad, honestidad, igualdad, libertad, participación, corresponsabilidad, humanismo.
La comunidad: es el espacio que ocupan las personas y familias en un ámbito geográfico
El ámbito geográfico: es la cantidad de terreno que ocupan los habitantes de un sector el cual posee sus correspondientes límites geográficos establecidos por los ciudadanos y ciudadanas de la comunidad.
La base poblacional de la comunidad: es el número de personas que viven en la comunidad el mismo es importante saberlo para constituir un consejo comunal
Las organizaciones comunitarias: son organizaciones ya existentes en la comunidad, es la agrupación de habitantes que trabajan en pro de la comunidad.
El comité de trabajo: son personas que ejercer funciones especiales y resuelven problemas de trabajo entre otras.
Los proyectos comunitarios: son actividades manifestadas por los miembros de la comunidad donde se expone un problema de mayor relevancia y el por qué de resolverlo.
Las áreas de trabajo: nos las fuentes de trabajo que existen en la comunidad para determinar si el sector es netamente comercial, agrícola, entre otro.
El plan comunitario de desarrollo integral: identifica las ventajas y desventajas de la comunidad y la problemática a resolver.
La economía comunal: es la manera en que se mantiene el consejo comunal, puede ser por los entes gubernamentales o por la economía total del sector.
CAPITULO II
CONSTITUCION DEL CONSEJO COMUNAL
SECCION PRIMERA: DE LA ASAMBLEA CONSTITUTIVA COMUNITARIA
Para consolidar un consejo comunal deben existir un equipo promotor conformado por los miembros de la comunidad, este equipo se encarga de informar a la comunidad sobre la finalidad de conformar el consejo comunal, sus ventajas y desventajas, realizar un croquis de la comunidad para conocer donde comienza y donde termina, realizar la primera asamblea general de ciudadanos t ciudadanas para contar con la ayuda de los habitantes del sector en la conformación de dicho consejo comunal.
Una vez conformado estos pasos se elige un equipo electoral provisional, el mismo será el encargado de elaborar el material electoral, convocar a las personas que quieren ser participes del mismo y delegar y adquirir funciones con el valor de la responsabilidad para cualquier cargo o puesto que le sea correspondido.
SECCION SEGUNDA: DE LA ELECCION
En esta sección se explica que es la postulación y la elección, la postulación se realiza a través de una asamblea de ciudadanos y ciudadanas en la cual cualquier miembro de la comunidad puede optar para algún cargo del consejo comunal y la elección consiste en elegir a los miembros postulados para que sean los representantes de velar por sus derechos y deberes.
SECCION TERCERA: DE LOS VOCEROS
Para postularse a estos cargos se debe ser venezolano (a), presentar carta de postulación, ser mayor de 15 años, estar inscrito en el registro electoral de su comunidad, ser una persona con valores éticos y de principios, con espíritu humanitario, las personas postuladas no pueden tener un parentesco hasta un cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad.
SECCION CUARTA: DEL REGISTRO
El acta constitutiva del consejo comunal debe llenar el nombre de este consejo, la fecha y el lugar de la asamblea realizada, la identificación de las personas asistentes, los resultados de las elecciones y la identificación de cada vocero.
Las personas elegidas deben registrar su consejo comunal, llevando el nombre de su consejo comunal, su acto constituida, las firmas de los asistentes a las asambleas, el censo
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