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AREA DE SUCESIONES


Enviado por   •  21 de Mayo de 2017  •  Informe  •  828 Palabras (4 Páginas)  •  242 Visitas

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Republica Bolivariana De Venezuela

Ministerio Del Poder Popular Para La Educación

Universidad Experimenta “Rafael María Baralt”

Trujillo Estado Trujillo

Taller De Sucesiones

Alumna: Rosbeli Saavedra

CI: 25.173.254

Trujillo, mayo del 2017

AREA DE SUCESIONES

        El departamento de sucesiones se encarga de la recaudación de las declaraciones realizadas en el portal del SENIAT  la declaración sucesoral en línea (forma 032) dentro de los ciento ochenta (180) días hábiles contados a partir del fallecimiento del causante; tal y como lo establece el artículo veintisiete (27) de la ley de Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y demás ramos conexos; y de esta manera llevar un registro de los créditos a favor del Fisco Nacional, referentes a los contribuyentes que administran de acuerdo con las políticas y procedimientos establecidos.

        Los requisitos que deben entregarse con la declaración son los siguientes, documentos originales con las copias:

a)        Acta de defunción.

b)        Cedula identidad causante.

c)        RIF de la Sucesión.

d)        Acta de matrimonio, en caso de ser casado o en su defecto sentencia de divorcio.

e)        Partida de nacimiento de los Herederos.

f)        Cedula de identidad de los Herederos.

g)        Constancia de residencia del causante.

h)        Cualquier otra documentación que se considere necesaria y que tenga relación con el causante.

Ya realizada; a la hora la recepción de Declaraciones Sucesorales  se siguen cinco pasos fundamentales para recibir los expedientes:

  1. Se recibe la documentación requerida de acuerdo a lo establecido en la ley de sucesiones.
  2. Verificar que los documentos presentado por los representantes de la Sucesión  estén correctamente, y que los documentos coincidan con lo descrito en la planilla sucesoral.
  3. Se organizan los documentos de acuerdo al formato de acta de recepción de sucesiones y se arman 2  juegos del expediente
  4. Se ingresa el expediente, es decir, el área de sucesiones del sector (Valera) se les envía un correo solicitando un número de expediente.
  5. Por último, se sella, se folian, se registran en el libro de sucesiones y finalmente es firmado por el funcionario Autorizado. Para  luego ser tramitado

        Hay que tomar en cuenta el tipo de expediente, que basados en la ley sobre sucesiones donaciones y demás ramos conexos los expedientes se clasifican en:

Impuesto: Cuando excede  de 75 U.T. la cuota parte de cada heredero. Este tipo de expediente no ingresa hasta que el representante legal o los herederos no cancelan el impuesto.

Prescripción: Según el artículo 56 se produce cuando es solicitada debido a que la fecha de fallecimiento del causante es mayor a cinco o seis años de acuerdo a la ley que haya estado vigente para la fecha del fallecimiento.

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