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AUDITORIA BANCO PÚBLICO


Enviado por   •  16 de Julio de 2020  •  Tarea  •  994 Palabras (4 Páginas)  •  285 Visitas

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Mediante la siguiente descripción de la situación actual del BANCO PÚBLICO, se partirá para completar la lista de chequeo del Ambiente de Control, como premisa usted debe suponer que lo que NO SE ENCUENTRE DESCRITO en la siguiente narración es porque NO LO POSEE el Banco o NO SE TIENE como buena práctica:

Actualmente el BANCO PÚBLICO cuenta con un código de buen gobierno publicado en la página web, donde se tienen establecidas las practicas de negocio normalmente aceptadas y los principios éticos para los funcionarios y empleados, pero no se encuentran definidas las sanciones a las que se encuentran sujetos por el incumplimiento de éste o del reglamento interno de trabajo, el cual es dado a conocer en el momento de ingreso del personal a BANCO PÚBLICO y se firma un documento de la evidencia de conocimiento del código de buen gobierno y del reglamento interno de trabajo.

Sin embargo, se observa que no se encuentra descrito cual es el tratamiento que debe darse a los conflictos de interés como tampoco sus posibles modalidades no permitidas en el BANCO, mediante políticas claramente establecidas ni mediante el código de buen gobierno o reglamento interno.

El comité directivo evalúa las excepciones dadas a los comportamientos esperados por la alta dirección y según el criterio de dicho comité se define el tratamiento que debe darse a cada caso, lo cual puede tener un riesgo asociado de subjetividad por la no formalización del tratamiento uniforme para cada caso o la materialización del conflicto de interés. Adicionalmente, no se encuentra definida la periodicidad con que dicho comité es realizado y no fueron encontradas actas mediante las cuales se formalizan las decisiones tomadas frente al tratamiento de cada uno de los casos ya evaluados.

Evaluando el reglamento interno se encontró que todos los comportamientos esperados del personal por la alta dirección se encuentran descritos dentro de éste, mas sin embargo no se observa la descripción de los comportamientos no deseados por los cuales se podrían imponer sanciones disciplinarias, como tampoco la definición de las sanciones que podrían ser impartidas en casos de presentarse dichos comportamientos. Adicionalmente, no se poseen los mecanismos mediante los cuales se evalué el código de buen gobierno en forma periódica, al igual que el cumplimiento del reglamento interno de trabajo. Aunque BANCO PÚBLICO cuenta con un departamento de Auditoría, este ente de control no ha evaluado en la historia el cumplimiento del código de buen gobierno ni el reglamento interno de trabajo, como tampoco la evaluación de la adecuada segregación de funciones en cada una de las áreas auditadas.

Se identificó mediante la revisión de los informes de Auditoría Interna entregados a la alta dirección durante el último año que:

  • BANCO PÚBLICO no cuenta con auditores financieros que puedan evaluar la consistencia de los estados financieros que son generados por el Área contable, ni lo adecuado de las prácticas que se poseen en dicho frente.
  • Inadecuada segregación de funciones en los procesos de Ventanilla y Transferencia y Cuadres Bancario y Operaciones. Adicionalmente, se observa que en la actualidad están siendo ejecutados por el mismo funcionario, quien depura e identifica los dineros recaudados y efectúa los pagos por transferencia electrónica de fondos a clientes y hacen pagos sin soporte junto con la nómina y demás pagos requeridos por el BANCO PÚBLICO.
  • No posee un nivel de supervisión que pueda aprobar previamente la conciliación del recaudo cada mes y los pagos efectuados.
  • No se poseen indicadores como mecanismo para la alta dirección de evaluar el cumplimiento de los objetivos de cada una de las áreas de BANCO PÚBLICO.
  • No se encuentra definida una estrategia corporativa que pueda orientar a  BANCO PÚBLICO, solo se encuentran definidos unos planes de trabajo a corto plazo.

Mediante entrevista con varios funcionarios de BANCO PÚBLICO se observa como queja generalizada que como práctica se tiene la contratación de nuevos profesionales cuando se requiere un nuevo cargo o la ocupación de un cargo existente por una desvinculación, y que por tanto no se observa la promoción de empleados de BANCO PÚBLICO que cumplen con el requerimiento del perfil de dicho cargo.

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