Actividad de Aprendizaje 1. Resultado fiscal y utilidad fiscal de personas morales
Enviado por calclau1409 • 7 de Marzo de 2022 • Tarea • 584 Palabras (3 Páginas) • 238 Visitas
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- Nombre completo de la alumna: Claudia Guadalupe Garcia Luna
- Matrícula: 147945
- Grupo: H084
- Nombre completo de la materia: Impuesto Sobre la Renta Personas Morales
- Nombre completo del docente asesor de la materia: Silet Guadalupe Hernández López
- Número y tema de la actividad: Actividad de Aprendizaje 1. Resultado fiscal y utilidad fiscal de personas morales
- Ciudad y fecha: Puebla, 15 de enero de 2022.
Introducción
En el presente trabajo se desarrollará los fundamentos teóricos sobre el resultado fiscal y la utilidad fiscal de personas morales, para ello, me gustaría hacer énfasis en el concepto de cada uno ya que van relacionados:
La renta legal o utilidad fiscal, generalmente se le denomina, para efecto del pago de éste impuesto: resultado fiscal y es el resultado de reducir los ingresos acumulados las deducciones por el ejercicio de las personas Morales y la PTU pagada en el ejercicio, que de ser positiva se generará un impuesto y de ser mayor la deducción autorizada que el ingreso acumulable.[1]
Desarrollo
En el impuesto sobre la renta, no es posible generalmente hablar de una sola tasa o cuota. Como lo menciona Mabarak, (2008:186)
Concepto
De acuerdo con la ley, la tasa del impuesto pasa a ser proporcional y única para las personas jurídicas sujetas al impuesto, las cuales fluctúan hacia arriba del 35% (tasa máxima del impuesto) al 28%.
Actualmente, según el artículo 9 de la Ley del ISR, el porcentaje es del 30%. Así mismo, el artículo 9 anterior prevé la determinación de los resultados financieros.
Cabe mencionar que, para el pago de este impuesto, la renta legal o utilidad fiscal se denomina generalmente: resultado fiscal.
Este resultado se obtiene sumando los ingresos totales del ejercicio a las deducciones autorizadas por la ley y restando las pérdidas declaradas en años anteriores y la PTU.
Diferencia
La diferencia de ambas es que la utilidad fiscal se determina apegándose a los principios contables, en tanto que la utilidad fiscal se determina de acuerdo a lo dispuesto por la Ley del Impuesto Sobre la Renta y su Reglamento.
Ejemplo:
Datos
• Ingresos acumulables: $100,000.00
• Deducciones autorizadas del ejercicio: $75,000.00
• PTU pagada en el ejercicio: $ 0
• Pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores actualizadas: $ 0
Ingresos acumulables 2018: $200,000.00
(-) Deducciones autorizadas: $170,000.00
(-) PTU pagada en el ejercicio: $ 0
(=) Utilidad fiscal $ 30,000.00
(-) Pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores actualizadas $ 0
(=) Resultado fiscal del ejercicio 2018 $ 30,000.00
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