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Actividad procesal


Enviado por   •  29 de Mayo de 2012  •  Examen  •  1.182 Palabras (5 Páginas)  •  936 Visitas

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1.- ¿DEFINA EL CONCEPTO DE PRUEBA?

Actividad procesal encaminada a la demostración de la existencia de un hecho o acto de su inexistencia.

2.- ¿LA PRUEBA EN SENTIDO ESTRICTO ES?

Es la obtención del cercioramiento del juzgador sobre los hechos cuyo esclarecimiento es necesario para la resolución del conflicto sometido a proceso. En este sentido, la prueba es la verificación o confirmación de las afirmaciones de hecho expresadas por las partes.

Esta verificación se produce en el conocimiento del juzgador, una vez que tiene la certeza de los hechos. Si bien la certeza o el cercioramiento del juzgador tiene un carácter subjetivo- en cuanto que se dan dentro del sujeto -, se manifiestan, sin embargo, en forma objetiva en lo que se denomina motivación de la sentencia, en la cual el juzgador debe expresar su juicio sobre los hechos, así como las razones y los argumentos con base en los cuales llegó a formarse tal juicio.

3.- ¿LA PRUEBA EN SENTIDO AMPLIO ES?

Todo el conjunto de actos desarrollados por las partes, los terceros y el propio juzgador con el fin de lograr el cercioramiento de éste sobre los hechos controvertidos u objeto de prueba. En este sentido, ya hemos aludido a los actos de prueba tanto de las partes como de los terceros.

4.- ¿LA PRUEBA TAMBIEN SE DA POR MEDIO DE INSTRUMENTOS Y CONDUCTAS HUMANAS?

Con los cuales se pretende lograr la verificación de las afirmaciones de hecho. Así se habla de la prueba confesional, la prueba testimonial, el ofrecimiento de pruebas.

5.- ¿CUAL ES LA DIFERENCIA ENTRE LA PRUEBA PROCESAL Y LA CIENTIFICA?

No es necesario hacer un gran esfuerzo para advertir las notorias diferencias que existen entre la prueba procesal y la prueba científica. La primera recae en hechos pasados y concretos y se dirige a lograr que el juzgador cuente con los elementos suficientes para formarse un juicio sobre tales hechos, el cual le servirá, a su vez, para emitir su decisión sobre el conflicto sometido a proceso. La prueba procesal no pretende crear o modificar una teoría, ni busca comprobar una hipótesis sobre una determinada clase de hechos. Su finalidad es más modesta y concreta: obtener el juicio del juzgador sobre los hechos discutidos u objeto del proceso, para que aquel este en condiciones de resolver el litigio o la controversia.

6.- ¿COMO SE DETERMINAN LOS MEDIOS DE PRUEBA?

A pesar de la mayor o menor libertad que establezcan las leyes para determinar los medios de prueba, estos normalmente son los siguientes:

a) la confesión: reconocimiento que hace una de las partes de que determinados hechos propios son ciertos.

b) Los documentos: objetos muebles aptos para representar un hecho.

c) Los dictámenes periciales: opiniones de persona que cuentan con preparación especializada en alguna ciencia, técnica o arte, sobre hechos controvertidos en el proceso.

d) Los testimonios: declaraciones de terceros ajenos a una controversia, acerca de hechos referentes a esta.

e) Inspección judicial: examen directo del juzgador sobre personas u objetos relacionados con la controversia.

7.- ¿QUE ES LA IMPARCIALIDAD Y LA OBJETIVIDAD EN UN JUICIO?

Por lo que se refiere al dato de que la investigación deba ser conducida de tal manera que garantice, en lo posible, la imparcialidad y la objetividad del juicio, también se advierten marcadas diferencia entre e historiador y el juzgador. La imparcialidad y la objetividad del juicio no impiden al historiador recabar con toda libertad e informalidad las fuentes de conocimiento que considere fidedignas y pertinentes. Además, en ocasiones la ideología de algunos historiadores los aleja de la imparcialidad y la objetividad, pues describen y explican los hechos no como realmente sucedieron, sino como debieron de haber ocurrido.

Para el juzgador, en cambio, la imparcialidad es una exigencia no solo para la formulación del juicio sobre los hechos, sino para la dirección de todo el proceso jurisdiccional; y es también un limite en el ejercicio de sus facultades de prueba o de instrucción, que le impide infringir tanto el derecho que las partes tiene para ofrecer y practicar las pruebas que confirmen los fundamentos de hecho de sus pretensiones y excepciones o defensas, como las reglas que atribuyen a las partes el deber de probar tales fundamentos de hecho.

8.- ¿EXISTEN TRES SISTEMAS DE LA VALORACIÓN DE PRUEBAS?

1.- El de la prueba legal, en el que el legislador establece el valor que se debe dar a cada uno de los medios de prueba practicados.

2.- El de libre apreciación razonada o sana critica, que faculta al juzgador para determinar en forma concreta la fuerza probatoria de cada uno de los medios practicados.

3.- Un sistema mixto, que combinan los dos anteriores.

9.- ¿MENCIONE LOS 6 TEMAS PRINCIPALES DE UNA DISCIPLINA EN EL DERECHO PROBATORIO?

1.- El objeto de la Prueba (que se prueba), el cual consiste, en los procesos no penales, en los hechos afirmados y discutidos en las partes; y en el proceso penal, e los hechos que el Ministerio Público imputa al culpado y que el juzgador define y califica jurídicamente.

2.- La carga de la Prueba (quien prueba), que es la situación jurídica en que la ley coloca a cada una de las partes, consiste en el imperativo de probar determinados hechos en su propio interés, de tal modo que si no cumplen con ese imperativo se ubicarán en una situación de desventaja respecto de la sentencia.

En el proceso civil existen dos reglas fundamentales para distribuir la carga de la prueba: a) la parte actora debe probar los fundamentos de hecho de su pretensión y la parte demandada los de su excepción o defensa,

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