Actos Prejudiciales
Enviado por DARIOOJEDAMORA • 31 de Enero de 2013 • 1.967 Palabras (8 Páginas) • 6.883 Visitas
ACTOS PREJUDICIALES
CONCEPTO: Los actos prejudiciales constituyen la conducta que desarrolla, antes del juicio, los funcionarios judiciales y los particulares, estos últimos en su carácter de posibles sujetos de un proceso como actores o demandados, para mejorar los derechos que se harán valer en el correspondiente juicio futuro.
ACTOS PREJUDICIALES
Son las diligencias necesarias para preparar el juicio.
Actos prejudiciales
.- según el Mtro. Pallares.- antes de iniciado el juicio para prepararlo opera obtener una prueba o para garantizar el resultado del juicio.
CLASIFICACIÓN DE LOS ACTOS PREJUDICIALES:
I.- Por su Objetivo.-.
Para garantizar u obtener algún medio probatorio o documento
II.- Desde el punto de vista del juicio que se prepare
Sumario es más reducido en tiempo, y el ordinario es más largo en término.
III.- Desde el punto de vista según la
Responsabilidad
Que pudiera originarse con la
Tramitación de un procedimiento
.
Procedimiento civil (México)
Procedimiento civil mexicano
Es la forma en que se desarrolla el proceso judicial ante los juzgados y tribunales de México competentes en materias de Derecho civil. El proceso es el conjunto de actos procesales realizados por el órgano jurisdiccional y las partes, tendientes a dar solución del litigio y en el cual se declara el derecho a favor de aquél que tenga la razón. Se trata de un sistema estructurado, luego entonces, hay que conocer la estructura del procedimiento, los pasos a seguir para poder desarrollarlo de manera adecuad
Etapa conclusiva O Etapa resolutoria
Etapas del procedimiento civil ARTÍCULO 146.- EL JUICIO PODRÁ PREPARARSE:
I.- PIDIENDO DECLARACIÓN BAJO PROTESTA EL QUE PRETENDE DEMANDAR, DE AQUEL CONTRA QUIEN SE PROPONGA DIRIGIR LA DEMANDA, ACERCA DE ALGÚN HECHO RELATIVO A SU PERSONALIDAD O A LA CALIDAD DE SU POSESIÓN O TENENCIA;
El proceso va a iniciarse con la acción que ejercita la parte actora, mejor conocida como demandante, a raíz de esta se desprenden diversas etapas del Procedimiento Civil las cuales tienen de finalidad como ya se había mencionado; la resolución del conflicto de intereses, es decir, del litigio .Se desprenden 4 etapas fundamentales:
1. Etapa postulatoria
; Planteación de las pretensiones de las partes, establecimiento de la litis.
2. Etapa probatoria
; Apertura, admisión, preparación y desahogo de las pruebas.
3. Etapa conclusiva ó de alegatos
; comprende como lo dice su nombre los alegatos y conclusiones, se induce el sentido de la sentencia, en base a lo que se aceptó, negó o no se probó.
4. Etapa resolutoria
; También llamada del juicio, comprende la valoración de las pruebas, la resolución judicial que pone fin al litigio. Primera fase del procedimiento civil, en esta la parte actora le hace saber al órgano jurisdiccional cuál fue el derecho quebrantado y se pide la restauración del mismo; hay que mencionar que el juzgador no puede administrar justicia sin ser requerido, no puede iniciar un proceso así como tampoco puede hacer avanzar por sí mismo el proceso, esta es una función de las partes ³a la autoridad lo que no le está permitido le está prohibido´; sin embargo esto también tiene susexcepciones.En la fase postulatoria las partes exponen tanto pretensiones como resistencias, afirmaciones y negaciones en lo referente a los hechos e invocan normas jurídicas y principios del derecho aplicables al caso concreto. Se lleva a cabo la presentación de la demanda por la parte actora, al ser aceptadas e dicta auto de radicación, que vamos a entender como el acto mediante el cual el juez acepta la demanda y entonces establece los actos prejudiciales, así el juez indicará los términos de admisión de la demanda y los requerimientos a la parte actora para que subsane alguna deficiencia en su demanda. En el momento en que se notifica a la parte demandada se le da un término marcado por la ley para hacer la contestación de la demanda y que pueda ser establecida la litis, a esta notificación se le va a dar el nombre de emplazamiento;
La parte demandada puede contestar la demanda y expresar sus excepciones y defensas, o puede allanarse a las pretensiones de la parte actora. Dentro de esta etapa de contestación de la demanda, la parte demandada tiene la facultad de reconvenir al actor, es decir demandarlo también dentro de la demanda ya establecida, de igual forma la parte actora puede hacer la contestación de la demanda. En el supuesto de que la parte demandada no contestare la demanda, entonces se pedirá al órgano jurisdiccional [Juez] que establezca el juicio en rebeldía para poder continuar con el proceso. Hay que tener cuidado en el momento de la realización de la demanda, esto con la finalidad de que prospere, verificar la competencia del órgano jurisdiccional, la personalidad de las partes, la vía en la que se presenta la demanda; sin embargo en lo referente a personalidad, competencia y procedencia de la vía, le corresponde al órgano jurisdiccional hacer la averiguación previa de forma oficiosa.
Etapa probatoria
La fase probatoria se da porque hasta esta etapa el juzgador sólo tiene conocimiento parcial y subjetivo de las pretensiones de las partes; por esto es indispensable proveer al Juez de una visión objetiva sobre la controversia de intereses.
Etapa conclusiva
Llamada también pre conclusiva y de alegatos, en esta etapa se dan las reflexiones, consideraciones, razonamientos y argumentaciones de las partes; se pretende dar una idea al órgano jurisdiccional de lo que se pretende obtener del juicio. Los alegatos se pueden dar de forma oral o escrita, la forma oral se efectuará al término de la audiencia de pruebas una vez que todas hayan sido desahogadas, se debe de evitar la injuria para la otra parte así como tocar asuntos fuera de la litis, en cuanto a las escritas establece un plazo de 10 días para presentar alegatos, contándose desde el momento en que se da por concluida la recepción de pruebas, al término de este plazo se citará para dictar sentencia dentro de los 8 días siguientes.
Etapa resolutoria
En esta etapa la única actividad se va a dar por parte del órgano jurisdiccional,
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