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Acuerdo de límites entre Ecuador y Peru, análisis actual


Enviado por   •  10 de Mayo de 2017  •  Ensayo  •  6.736 Palabras (27 Páginas)  •  380 Visitas

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Acuerdo de límites entre Ecuador y Peru, análisis actual

INDICE

  1. INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………………………………..

  1. ANTECEDENTES…………………………………………………
  1. VARIABLES…………………………………………………………
  1. ANÁLISIS…………………………………………………………..
  1. CONCLUSIONES……………………………………………………
  1. ESTRATÉGIAS A SEGUIR…………………………………………………
  1. BIBLIOGRAFIA……………………………………………….
  1. ANEXOS………………………………………………
  1. RESUMÉN EJECUTIVO………………………………………………….
  1. INTRODUCCIÓN:
  1. ANTECEDENTES

En 1941, Perú y Ecuador se enfrentaron en un conflicto armada por la invasión de Ecuador a la provincia de Zarumilla en territorio peruano, lo que ocasiono el reclamo y posterior enfrentamiento entre ambos países, logrando el Perú la victoria sobre el Ecuador, lo que conllevo a que el gobierno ecuatoriano suscribiera un tratado de límites definitivo, teniendo como garantes a los países de Estados Unidos, Brasil, Argentina y Chile, firmándose en el año 1942 el Protocolo de Paz, Amistad y Límites de Rio de Janeiro de 1942, que tenía como propósito mantener entre Perú y Ecuador relaciones de paz y amistad, de comprensión y de buena voluntad, y de abstenerse, el uno respecto del otro de cualquier acto capaz de perturbar esas relaciones. Asimismo, se establece que el Ecuador podrá tener acceso para la navegación en el rio amazonas, y sus afluentes septentrionales de las mismas concesiones de que gozan el Brasil y Colombia, más aquellas que fueran convenidas en un tratado de comercio y navegación destinado a facilitar la navegación libre y gratuita en los referidos ríos y que cualquier duda o desacuerdo que surgiere sobre la ejecución de este protocolo será resuelto por las partes con el concurso de los representantes de los países garantes, estableciéndose los límites entre ambos países.

El 27 de setiembre de 1971 se suscribe el “Convenio Peruano Ecuatoriano para el aprovechamiento de la cuencas binacionales Puyango - Tumbes y Catamayo - Chira, el mismo que en caso del Perú fue aprobado con Decreto Legislativo Nº 19060 del 7 de diciembre de 1971 y declarado de utilidad pública y de interés social con Decreto Supremo Nº 687/72-AG del 11 de agosto de 1971. En el 1976 ambos gobiernos presentan al Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el estudio de Pre factibilidad del proyecto, el cual es aprobado por el Banco Interamericano de Desarrollo, quien concede un préstamo para la ejecución de los estudios de factibilidad y definitivos del proyecto, los mismos que fueron contratados con el Consorcio Internacional Puyango Tumbes, quien en la primera fase de evaluación de alternativas en 1980 recomendó un esquema de obras (Esquema de embalses Marcabelí y Cazaderos) el mismo que no fue aprobado por Perú y Ecuador, consecuentemente, en julio del mismo año, el BID, deja sin efecto el desembolso del saldo del préstamo otorgado. 

En 1981, una aeronave peruana fue atacada por las fuerzas armadas ecuatorianas, lo que determinó que el gobierno peruano denuncie la ocupación de territorio peruano por destacamentos militares ecuatorianos. Ecuador aseguraba que esos destacamentos eran parte del destacamento ecuatoriano "Paquisha" y que estaban en territorio ecuatoriano, pero tras medir las coordenadas, se determinó que sí estaban en territorio peruano por lo que se le llamó "Falso Paquisha". Sin embargo, Ecuador se negó a abandonar la zona por lo que Perú decidió recuperar el territorio por la fuerza. El 30 de enero de 1981 las tropas peruanas recuperaron el llamado "Falso Paquisha" y en los días siguientes se recuperaron otros tres puestos ecuatorianos situados en territorio peruano. El conflicto terminó el 21 de febrero de ese año.

En el año 1989, en relación al “Convenio Peruano Ecuatoriano para el aprovechamiento de la cuencas binacionales Puyango - Tumbes y Catamayo - Chira,   se firma el contrato de préstamo con la Comunidad Andina de Fomento (CAF) para continuar con el estudio de factibilidad del esquema seleccionado (Marcabelí y Cazaderos), el que fue contratado en 1990 con el Consorcio CIMELCO y los resultados fueron que los sitios de presa Marcabelí y Cazaderos son adecuados, sin embargo el esquema económico aprobado resultó muy caro y de baja rentabilidad, razón por la cual la CAF propuso la revaluación del esquema de obras; quedando en suspenso el proyecto tras el conflicto del Cenepa.

Posteriormente, el Perú y Ecuador en el año 1995 se vieron involucrados en un nuevo conflicto armado focalizado en la zona del Cenepa en la cordillera del Cóndor, debido a que las fuerzas armadas del Perú descubren puestos militares ecuatorianos en las zonas peruanas de Base Sur, Cueva de los Tayos y Tiwinza. El conflicto duro aproximadamente cinco semanas, luego de las cuales el Perú logro desalojar a las tropas ecuatorianas de las zonas de Base Sur y Cueva de los Tayos, sin embargo la zona de Tiwinza  permaneció bajo control de las tropas ecuatorianas hasta la desmilitarización acordado por ambas partes.

Luego del cese de los enfrentamientos armados y para lograr la paz entre ambos países, Ecuador solicita tener una salida física y soberana al rio amazonas. En tal sentido, Ecuador y Perú negociaron de manera bilateral para llegar a un acuerdo sobre los tres puntos en los cuales encontraban discrepancias, por lo que luego de no llegar a un acuerdo determinante, sometieron estas controversias a un nuevo arbitraje por parte de los garantes en el marco del Protocolo de Río de Janeiro de 1942, firmándose la Declaración de Paz de Itamaraty entre Ecuador y Perú de fecha 17 de febrero de 1995 firmada en Brasilia, en donde ambos países se comprometen entre otras cosas a la separación inmediata de las tropas de ambos países.

El Congreso de la República del Perú con Resolución Legislativa N°26982 de fecha 16 de octubre de 1998, da la aprobación del procedimiento planteado por los países garantes y presentado por el Poder Ejecutivo, a fin de permitir el concurso de los mismos en la solución de discrepancias respecto de los tramos pendientes de fijación en el terreno de la frontera terrestre común, conforme a los instrumentos jurídicos constituidos por el Protocolo de Paz, Amistad y Límites de Río de Janeiro de 1942; el Laudo de Braz Días de Aguilar y otros complementarios, así como por los desarrollos registrados en el curso del proceso iniciado con la Declaración de Paz de Itamaraty. Asimismo, aprueban otros instrumentos internacionales tales como el Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza y el Tratado de Comercio y navegación.

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