ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Acusacion


Enviado por   •  5 de Junio de 2013  •  565 Palabras (3 Páginas)  •  268 Visitas

Página 1 de 3

Magistrado, si bien es cierto, de acuerdo a lo establecido en el articulo 139 del Código Procesal Penal, que recoge el principio constitucional de libertad personal, no es menos cierto que todo derecho se encuentra limitado por el beneficio general y seguridad de la sociedad. Así las cosas, el articulo 140 Código Procesal Penal señala los requisitos para ordenar la prisión preventiva, requisitos que en el caso de marras se cumplen a cabalidad, y así Usía ya lo determino.

Ahora bien, para estudiar la modificación de dicha cautelar personal, debe, alguno de estos requisitos haber sufrido un cambio sustancial que permita al sentenciador determinar que ya no es procedente ni justa la prisión preventiva. Los requisitos de la letra a y b sin duda alguna concurren, el hecho es incuestionable y la participación es presumible fundadamente de acuerdo a las mismas declaraciones del imputado, como de los peritajes realizados en el sitio del suceso que posicionan el vehiculo del inculpado en el lugar y tiempo de lo hechos; por lo que la única discusión posible dice relación con el ultimo requisito que es la peligrosidad, ya sea para la investigación, para la victima, para la sociedad o de fuga.

No es menor el recordar que lo que actualmente se investiga es un delito de homicidio, mas no cualquier homicidio, sino que uno calificado, realizado con premeditación y alevosía, al despoblado, y abusando de la indefensión de la victima, actuando sobre seguro en contra de una mujer maniatada sin posibilidad alguna de repeler el ataque. El mayor bien jurídico protegido por el derecho es la vida, hoy se investiga un arrebato de la misma, en condiciones inhumanas, arriesgando una penalidad de las mas altas de nuestra legislación.

Por mandato del ya citado articulo 140, el tribunal debe entender que la libertad del imputado produce peligro para la seguridad de la sociedad debe visualizar la pena, si esta es de crimen, lo que no quiere decir que existan delitos in excarcelables, lo que seria inconstitucional, sino que debe analizarse la injuria que la sociedad producida con el hecho y el mal causado. En este caso, por las características de la perpetración del delito, la planeación del mismo y el mal producido no solo en la victima directa, que perdió la vida sino en toda una familia que quedo sin madre, hija o hermana, en estos términos es evidente que es un peligro para la sociedad.

Por otra parte, y en último termino, de las propias declaraciones del imputado se ha señalado que pretendía hacer creer que la muerte era el resultado de un secuestro, para así eludir la acción de la justicia, realizo la acción típica con dolo directo, planeando la forma de evadir todo testigo, lo que presenta presunción fundada que continuara con esta intención reiterada de eludir la persecución penal, siendo evidente que de modificarse la cautelar existe riesgo cierto de fuga.

Toda la argumentación anterior se

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com