Aduanas
Enviado por Maggliu • 20 de Septiembre de 2021 • Informe • 275 Palabras (2 Páginas) • 97 Visitas
La potestad aduanera, entendida como la facultad de la autoridad aduanera competente para intervenir sobre las mercancías, equipajes, depósitos, vehículos o medios de trasporte y sus implementos de movilización de carga, objeto de operaciones, servicios y actividades aduaneras, o donde se realicen las mismas; que en el caso de una Gerencia de Aduana Principal, dicha potestad está delimitada a la circunscripción de cada Oficina aduanera, en otras palabras, al territorio aduanero demarcado para cada aduana principal, es decir, el área geográfica dentro del cual ésta ejerce la potestad aduanera.
En lo que respecta al “reconocimiento de las mercancías”, procedimiento mediante el cual se verifica el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el régimen jurídico aduanero, es decir, régimen legal -universo de las restricciones arancelarias- y régimen tarifario (advalorem); al que se encuentran sometidas las mercancías, ya sean estas de importación, exportación, tránsito o destinadas a regímenes aduaneros, constituye una facultad atribuida en forma exclusiva y excluyente al servicio aduanero, como manifestación de esa potestad aduanera antes indicada.
La normativa aduanera vigente desarrolló acuciosamente esta competencia del servicio aduanero, con el objeto de que se pudiese determinar no sólo el régimen jurídico aduanero a que se encuentra sujeta la introducción, tránsito o extracción de las mercancías. El ejercicio de la potestad aduanera, de intervenir sobre mercancías, equipajes de pasajeros, depósitos y medios de transporte, en operaciones, actividades, servicios y regímenes aduaneros, jamás puede estar condicionada a la voluntad de quienes son los sujetos pasivos de obligaciones aduaneras, ni de auxiliares de la Administración Aduanera, tal interpretación no sólo resulta errónea, sino que atenta contra las propias facultades del servicio aduanero, ya que las hace nugatorias.
...