Reconocimiento mutuo entre aduanas
Enviado por CarlosLoucel • 11 de Julio de 2011 • Documentos de Investigación • 1.531 Palabras (7 Páginas) • 1.044 Visitas
Minuta No. 1/15
TEMA: RECONOCIMIENTO MUTUO ENTRE ADUANAS
TEMAS RELACIONADOS.
● Marco Normativo de la OMA
● Operador Económico Autorizado
● Aduanas del Siglo XXI
● Aduanas Mundialmente Intercomunicadas
● Seguridad en la Cadena Logística
CONCEPTO:
Según la OMA: “El reconocimiento mutuo es un concepto a través del cual una medida o
decisión tomada o una autorización otorgada por una Aduana, es reconocida y aceptada
por otra Administración Aduanera. El enfoque sobre la autorización de los Operadores
Económicos Autorizados es una base sólida para crear sistemas internacionales de
reconocimiento mutuo de la condición de OEA.”
OBJETIVO
Suplir de información sobre temas de actualidad a través de una reseña sencilla un tanto
básica sobre el contenido, salvo aspectos de complemento que deben quedar claros,
pero esencialmente convertir este escrito en una “intravenosa” con la cual sin extenderse
en el tema se logre tener cierta claridad y dominio de los conceptos relacionados con el
Reconocimiento Mutuo entre Aduanas.
INTRODUCCION
El RECONOCIMIENTO MUTUO ENTRE ADUANAS, en adelante RM, ha surgido en
respuesta a necesidades de control, apoyo y cooperación entre las aduanas. Esta
coordinación pretende desarrollar las bases para uno de los Pilares del Marco Normativo
de la OMA vigente a nivel mundial desde junio del 2005 y revisado en el 2007, consistente
en un conjunto de normas estratégicas propuestas por la OMA, no obligatorias, creadas
para proporcionar facilitación aduanera y seguridad a la cadena logística, siendo una de
las más importantes actividades contempladas dentro de la iniciativa promovida por la
OMA para preparar el camino a las aduanas del siglo XXI.
El RM entre aduanas está encaminada a crear fuertes lazos de cooperación entre
aduanas, uniones aduaneras, uniones económicas y regiones, que pretendan formar
un frente común para contrarrestar los riesgos resultantes de amenazas causadas por
evasión, terrorismo, narco tráfico, piratería, crimen organizado, lavado de activos, entre
otros.
La cooperación entre aduanas pretende estandarizar los controles sobre una base
solida de capacidades para crear sistemas (procesos, tecnología y procedimientos) de
reconocimiento mutuo que les permita además preparar el terreno para los Operadores
Económicos Autorizados OEA (Parte del Marco Normativo de la OMA), el cual puede
ser bilateral, subregional, regional y mundial, buscando garantizar que las aduanas
participantes hayan elevado su nivel de control y seguridad.
DESARROLLO DEL TEMA
El tema del RM entre aduanas ha tomado vigencia debido a la introducción del término
OEA u Operador Económico Autorizado, este tema será tratado en otras guías, por
el momento diremos que el OEA viene a ser un subproducto del Marco Normativo
de la OMA, como sigue: El Marco Normativo de la OMA es la compilación de normas
creadas por la OMA a partir de mejores prácticas de comercio y seguridad adoptadas
para las aduanas. Para cumplirlas, aunque no es obligatorio que las aduanas creen
los OEA, deben cumplir con cuatro principios: 1) información anticipada, 2) análisis de
riesgos, 3) utilización de equipo no intrusivo y 4) alianzas estratégicas; estos principios
descansan en dos Pilares denominados 1) ADUANA-EMPRESA el cual se desarrolla
en tres certificados: Certificados de Facilitación, Seguridad y Facilitación-Seguridad y 2)
ADUANA-ADUANA; el tema aquí tratado se enmarca dentro del segundo Pilar ADUANAADUANA:
Reconocimiento Mutuo.
Es decir, el RM entre aduanas es uno de los dos pilares del Marco SAFE de la OMA O
Marco Normativo de la OMA vigente en todo el mundo, no obligatorio, por el momento.
No obstante cualquiera se podría preguntar ¿Qué sucede si El Salvador o la Aduana
de El Salvador no adopta el OEA? y ¿porque es necesario que todos los aduaneros
conozcamos de este tema?
Primero debemos tener claro el concepto del OEA incluido en el Marco SAFE donde se le
define como “… una parte que interviene en el movimiento internacional de mercaderías
en nombre de una administración nacional de Aduanas porque cumple con las normas
de la OMA o con normas equivalentes en lo que respecta a la seguridad de la cadena
logística. Los Operadores Económicos Autorizados pueden ser fabricantes, importadores,
exportadores, despachantes, transportistas, intermediarios, operadores portuarios,
aeroportuarios, de terminales, o de depósitos o distribuidores”.
En relación a las interrogantes anteriores el Marco Normativo de la OMA no obliga a
ningún país a implementarlo, no obstante el no implementarlo provocaría aislar a El
Salvador de la competitividad, oportunidad de negocio o atracción de inversión que
pueda llegar a ofrecer nuestro País a través del Servicio Aduanero. La OMA recomienda
que esta implementación debe realizarse de una manera gradual, lo cual nos lleva a
responder la segunda interrogante, si el Servicio Aduanero llega a adquirir el compromiso
de implementar el OEA necesitara capacitar a su personal para que asimile y aplique sus
conocimientos en esta nueva tendencia, situación que puede llegar a meter en aprietos
a un Servicio Aduanero cuando su personal no ha sido preparado para este movimiento
innovador a nivel mundial.
Volviendo al tema del RM entre aduaneras, con lo anteriormente expuesto se deberá
tener claro que antes de que haya un Reconocimiento Mutuo deberán cumplirse algunas
actividades previas. Primero evaluar la implementación
...