Alberto Vazquez
Enviado por jillcubatas • 29 de Enero de 2015 • 710 Palabras (3 Páginas) • 171 Visitas
MICHEL GONZALEZ
VS
ALBERTO ROJAS BALIÑO
CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR
EXPEDIENTE 10XX/XX SECRETARIA “A”
C. JUEZ DECIMO NOVENO DE LO FAMILIAR
DEL DISTRITO FEDERAL.
MOISES XXXX, Licenciado en Derecho, con número de cédula Profesional 32XXX debidamente registrada en este H. Juzgado, autorizado en términos del párrafo cuarto del artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles, por la parte actora señora MARCIA XXX, en el expediente al rubro citado, ante Usted, respetuosamente comparezco para exponer:
Que encontrándome dentro del término de ley, por medio del presente libelo vengo a interponer el recurso de APELACIÓN en contra del auto de fecha veintisiete de enero del 2014 y publicado en el boletín judicial número 41 del día veintiocho de febrero del 20XX.
AGRAVIOS.
“UNICO AGRAVIO”:
FUENTE DEL AGRAVIO. Auto de fecha de fecha veintisiete de febrero del 20XX y publicado en el boletín judicial número 41 el de fecha veintiocho de febrero del 20XX , mismo que provee mi escrito de fecha veintiséis de febrero del año en curso, mismo que se ingreso por Oficialía de partes del Juzgado de la Causa, acuerdo que a la letra expresa:
“... estese el ocursante a lo ordenado en el auto dictado el 25 de febrero de este año, en relación a lo solicitado en el escrito de cuenta ...”
“PRECEPTOS VIOLADOS. Artículos 79, 81 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles.
“CONCEPTOS DEL AGRAVIO. El juez de la causa a estimado resolver que nos estemos al auto de fecha veinticinco de febrero del año en curso, lo cual resulta ilógico toda vez que a través de la búsqueda en autos, no se desprende que en dicha fecha exista un auto concerniente a lo solicitado en mi promoción, por lo cual lo anterior le causa AGRAVIO a la actora, ya que no resuelve conforme a derecho la promoción ingresada por oficiala de partes del Juzgado de la causa en fecha veintiséis de febrero del 20XX, realizada por mi representante, mismo que fue acordado el día 27 de febrero del presente año, publicado en el Boletín Judicial 41 de fecha 28 de febrero del 20XX, toda vez que en dicha promoción se solicita que se sirva girar atento oficio al Centro de Convivencia Familiar Supervisada , a fin de que el Juez Aquo informara a dicho centro que quedaban sin efectos los días establecidos por el Juez Aquo para días de convivencia provisionales que obran en autos a favor del Demandado con su menor hijo, asimismo quede sin efectos la resolución dictada por el Magistrado de la H. Segunda Sala del Tribunal Superior de Justicia, de fecha tres de febrero, toda vez que en el considerando II a la letra dice: “ ... se decreta provisionalmente que ARMANDO XXX, podrá
...