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Alquiler De Vientres


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2014  •  493 Palabras (2 Páginas)  •  326 Visitas

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La Corte Constitucional, en la Sentencia T-968 de 2009, determinó que “el alquiler de vientre o útero, conocido también como maternidad subrogada o maternidad de sustitución, ha sido definido por la doctrina como ‘el acto reproductor que genera el nacimiento de un niño gestado por una mujer sujeta a un pacto o compromiso mediante el cual debe ceder todos los derechos sobre el recién nacido a favor de otra mujer que figurará como madre de éste’. En este evento, la mujer que gesta y da a luz no aporta sus óvulos. Las madres sustitutas aceptan llevar a término el embarazo y, una vez producido el parto, se comprometen a entregar el hijo a las personas que lo encargaron y asumieron el pago de una suma determinada de dinero o los gastos ocasionados por el embarazo y el parto”.

Y la sentencia agrega que “en el ordenamiento jurídico colombiano no existe una prohibición expresa para la realización de este tipo de convenios o acuerdos. Sin embargo, respecto de las técnicas de reproducción asistida, dentro de las cuales se ubica la maternidad subrogada o sustituta, la doctrina ha considerado que están legitimadas jurídicamente”. Advierte que es necesario regular la materia.

Según la doctora González de Cancino, directora del Departamento de Derecho Romano de la Universidad Externado de Colombia, no se contemplan factores como el hecho de poner en peligro la salud de la madre; en caso de aborto, quiénes deciden, qué sucedería si hay malformaciones en el bebé, qué pasaría si es embarazo múltiple.

La abogada María Clara Obando, profesora de Derecho de Familia de la Universidad de La Sabana, también plantea que tal vez no es claro cómo se hace el certificado de nacido vivo que expiden todas las clínicas apenas nace un niño y con base en el cual se efectúa el registro civil. En el certificado de nacido vivo el médico debe escribir como madre el nombre de la mujer que dio a luz al bebé, y firmar el documento.

En unos casos, según fuente que no revela su nombre, el médico que debe dar el certificado de nacido vivo es empleado de la clínica que ofrece el servicio y, por tanto, escribe que la madre es quien pagó por el vientre de alquiler y no quien lo dio a luz. Sin embargo, si el médico miente en el certificado, puede tener problemas legales. El abogado de familia Armando Solando, explica que si hay un previo acuerdo entre las partes, no existe ningún problema. Como se dijo, las dos partes firman un contrato para empezar el procedimiento. Si se escribiera que el hijo es de la mujer que lo dio a luz, este recién nacido podría pasar a un proceso de adopción, para que quienes alquilaron el vientre queden como sus padres legítimos. No se conocen casos en los que este haya sido el procedimiento.

Por lo pronto, Sofía Vergara será madre y, como ella, muchas otras agradecerán a madres subrogadas el haberles alquilado su vientre.

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