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Enviado por suzhanitha • 16 de Julio de 2015 • 1.526 Palabras (7 Páginas) • 216 Visitas
MOMENTO DE VALORAR JURIDICMENTE CADA UNOS DE MIS CONCEPTOS DE VIOLACION, TENGA A LA VISTA LA VERDAD SABIDA E HISTORICA EN SU MOMENTO SE ME CONCEDA EL AMPARO Y LA PROTECCION DE LA JUSTICIA DE LA UNION, EN MERITO DE LO EXPUESTO EN EL PRESENTE ESCRITO.
SEGUNDO.- FUENTE DEL CONCEPTO DE VIOLACION.- Lo constituyen en especial y como materia del presente juicio de garantías lo es de acuerdo a la “CARTA DE AVISO DE LANZAMIENTO”.- EN LA QUE SE CONTIENE Y SE DECLARA LA EXISTENCIA DE “UNA ORDEN DE LANZAMIENTO EN CUNPLIMIENTO A LA SENTENCIA DEFINITIVA DE FECHA 27 OCTUBRE DEL 2014” DICTADA POR EL H. JUZGADO VIGESINO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO FEDERAL, EXPEDIENTE 623/2014, SECRETARIA “a”, RESPECDTO AL BIENH INMUEBLE UBICADO CALLE AZALEA NUMERO 28, BARRIO XALTOCAN, CODIGO POPSTAL 16090, DELEGACION XOCHIMILCO, DISTRITO FEDERAL, DEL CUAL ESTOY EN POSESION DE FORMA PACIFICA, PUBLICA, DE BUENA FE Y CONTINUA DESDE HACE 19 AÑOS.
De las AUTORIDADES señaladas como responsables, precisadas con los números del 1 al 2, reclamo todas las legales actuaciones realizadas en el JUICIO DE CONTROVERSIA DE ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO TRAMITADO ANTE EL H. JUZGADO 22( VIGESIMO SEGUNDO) DE LO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO FEDERAL, EXPEDIENTE NUMERO 623/2014 SECRETARIA 2ª2 PROMOVIDO POR RIVAS CHAVEZ IGNACIO EN CONTRA DE GARCIA MUÑOZ EFRAIN, y del cual desconozco el total de cada uno, promoción, demanda inicial y contestación del cual reclamo lo siguiente:
LO ES DE FORMA EL CUMPLIMIENTOQUE SE LE PRETENDA DAR A LA SENTENCIA DEFINITIVA DE FECHA 27 DE OCTUBRE DEL 2014, que existe en el juicio referido, ya que el procedimiento referido se ha llevado a cabo sin que se haya notificado o emplazado a juicio, por lo que dicho juicio se ha llevado con la intención de despojarme o lanzarme del inmueble que ocupo, y esto sin que haya sido oída ni vencida en juicio, conculcando con ello graves violaciones de imposible reparación a mis derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, porque no he sido emplazada a juicio en donde se cumplan con las formalidades del procedimiento y conforme a las leyes expedida con anterioridad al hecho para efecto de otorgarme mi DERECHO CONSTITUCIONAL DE LA GARANTIA DE AUDIENCIA, DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD.
PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS.- Lo constituyen los artículos 14, 16 y 17 de nuestra Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.
LEYES APLICADAS INEXACTAMENTE O DEJADAS DE APLICAR. Lo contenido y determinado de acuerdo al código Civil y Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
ARGUMENTOS DEL CONCEPTO DE VIOLACION
Tan graves son las violaciones de imposible reparación a mis derechos Humanos conocidos y las garantías otorgadas para su protección por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y como consecuencia dejan a la suscrita quejosa JULIA MUÑOZ DE LA ROSA en un total estado de indefensión, ya que han violado en mi perjuicio el contenido por el artículo 16 de nuestra Carta Magna, es razón de que se me pretende privar de mis derechos y de mi posesión pacifica, publica, continua y de buena fe, misma que siempre he tenido a título de COMODATARIA, de acuerdo a lo siguiente:
PRIMERO.- LA SUSCRITA JULIA MUÑOZ DE LA ROSA INGRESE AL INMUEBLE UBICADO EN CALLE AZALEA NUMERO 28, BARRIO DE XALTOCA, CODIGO PPSTAL 16090 DELEGACION XOCHIMILCO, DISTRITO FEDERAL DESDE 10 DE ENERO DEL AÑO DE 1995 INICIALMENTE POR AUTORIZACION DEL SEÑOR IGNACIO RIVAS CHAVES, POR MEDIO DE UN ACUERDO DE VOLUNTADES CONVENIDO DE FORMA VERBAL EL QUE SE ME PRESTABA EL USO TEMPPRAL DEL INMUEBLE EN MENCION DE DORMA GRATUITA Y EN OBLIGACION DE RESTITUIRLO.
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