Analaisis Critico De La Interpretacion Juridica
Enviado por adriana948 • 14 de Junio de 2013 • 1.496 Palabras (6 Páginas) • 515 Visitas
ANALISIS CRÍTICO DEL PAPEL DE LA INTERPRETACION JURIDICA.
La interpretación jurídica, es el resultado de una deducción lógica de lo que está establecido en las normas, las sentencias y las dediciones, entre los pueblos, en las épocas a lo largo de la historia existen distintas formas de procedimientos jurídicos, debido a los problemas presentes a dichos cambios, urge un requerimiento de la filosofía del derecho para que aporte aclaraciones satisfactorias sobre esos problemas, estos nos ofrecen posibles soluciones, la interpretación jurídica filosófica nos ha servido para abrir los caminos para la progresividad del derecho. Las normas de la ley pretenden constituir valores e ideales en el individuo ante la sociedad pero es el orden jurídico positivista que le aplican sin estar acorde a la realidad no debe haber norma jurídica que su origen se deba a un fin, a un propósito, o a un motivo práctico. El Derecho no es un fin en sí mismo, es solamente un medio al servicio de un fin. Este fin consiste en la existencia de la sociedad. El criterio o medida que sirve para juzgar el Derecho no es un criterio absoluto de verdad, dice que es un criterio relativo de finalidad.
PREPARATIVOS PARA LA INTERPRETACION JURIDICAS.
La filosofía nos ha servido para suministrar el valor del derecho y los métodos para estudiarlo, el asunto es que si observamos en nuestra sociedad, la urgencia de obtener un prestigio influye en nuestros valores existentes en el pasado y que nos sirvieron como base de la humanidad, los orígenes del derecho nacen desde las costumbres, luego aparecen las instituciones jurídicas y las leyes y casi siempre iban a la par de la interpretación jurídica, esta pretende cumplir con las exigencias de la justicia ya que el derecho es la seguridad de lo considerado justo. Para lograr una buena interpretación jurídica, el intérprete debe ver si la norma fue valida y pertinente al caso, como fue la actuación del juez al aplicar la norma y si estaba sometido a su jurisdicción. Hoy en día esperamos que el derecho realice sus funciones con certeza y seguridad el cual no lo hay porque en el orden jurídico positivista hay muchas contradicciones, vacíos y son las teorías jurídicas, abogados y jueces los que han ocultado la situación real y la interpretación jurídica va mucho más allá de la teoría, no puede haber un orden jurídico sin su interpretación ya que las normas son para ser cumplidas y en todo caso para aplicarlas. El derecho angloamericano es una forma de interpretación que se distingue de la misma porque consiste en descubrir y aplicar el significado del lenguaje usado.
METODO DE INDAGACION QUE SE UTILIZA EN LA INTERPRETACION JURIDICA.
La interpretación jurídica puede llevarse a cabo en el interior del derecho o en relación con su exterior. La interpretación del derecho se funda, siempre, en un "círculo hermenéutico". Es decir: sobre la relación -móvil y continua- que se establece entre el sujeto y el objeto del interpretar; entre la actividad del intérprete y esa experiencia jurídica en la que este vive, piensa y actúa. Sea cual sea la definición del derecho que aporten sus teóricos o los filósofos, esta deberá someterse a confrontación y a prueba, tanto de la interpretación interna al mismo derecho, como de la que hace referencia a su morfología práctica en la realidad social; solo así podrá valorarse su veracidad y eficacia. La hermenéutica operante del derecho, debe situarse y desarrollarse en una perspectiva teórica, a través de la cual se marcan las líneas directrices de las diversas modalidades asumidas en la interpretación, entendida como técnica cognoscitiva y operativa. En efecto, una diferencia; no solo en el plano formal de la argumentación jurídica, sino también en el nivel de la modificación práctica de esa realidad que se interpretó recurriendo a las normas del derecho. Las interpretaciones que se han dado sobre la interpretación jurídica, pueden, a su vez, diferenciarse a partir de dos puntos de vista fundamentales: el discursivo y el operativo. Aunque hay considerables diferencias entre uno y otro, cada uno de ellos brota de un trasfondo de cultura jurídica, en la que están simultáneamente presentes tradiciones de procedimiento profesional, inspiraciones de carácter filosófico y hasta intereses ideológicos de carácter social o político. La hermenéutica se halla reflejada en nuestro Código Civil, cuando, al referirse a la interpretación de los
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