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Analisis De La Ley 348


Enviado por   •  22 de Enero de 2014  •  1.056 Palabras (5 Páginas)  •  3.763 Visitas

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Bolivia: Ley 348 para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia

Publicado por Redacción el 22 Marzo 2013 en Sociopolítica | Comentarios cerrados

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Más de 130 países aprobaron una declaración conjunta en Naciones Unidas que condena con firmeza la violencia contra las mujeres y niñas en el mundo, en el marco de la 57 edición de la Comisión de la ONU sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW, por sus siglas en inglés) realizada en Nueva York.

No más violencia de género

Ni Una Mas!!! Porque la paz con justicia social pasa por la dignificación de las mujeres, no más violencia de género. Bogotá, Colombia2012. Foto: MARCHA PATRIÓTICA INDEPENDENCIA

La directora ejecutiva de ONU Mujeres, Michele Bachelet, señaló que la declaración debe servir como instrumento para avanzar en la prevención y lucha de la violencia de género que es una cuestión fundamentalmente de derechos humanos, que nada tiene que ver con la cultura, la religión, las costumbres ni las tradiciones.

Según cifras del Banco Mundial se calcula que hay más mujeres entre 15 y 44 años que mueren por la violencia que por la malaria, el sida, el cáncer, accidentes y la guerra juntas. A este punto cabe resaltar también, que 600 millones de personas viven en países sin leyes contra la violencia de género, en este sentido, la ONU pide reforzar las legislaciones para acabar con la impunidad.

En la Región Andina se han dado avances legislativos significativos en cuanto a violencia contra las mujeres. En Perú el 27 de diciembre de 2011, se tipificó la figura de feminicidio íntimo.

En Bolivia, el 27 de febrero del 2013, la Asamblea Legislativa Plurinacional promulgó la Ley Integral Nº 348 para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia. Sin duda alguna, el antecedente de exterminio de tantas mujeres se constituyó en el impulso final para la promulgación de la Ley 348.

Esta ley se constituye en un instrumento de justiciabilidad concreto que recoge de forma innovadora las siguientes medidas:

- La articulación de sus acciones con el Sistema Integral Plurinacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia en Razón de Género (SIPPASE).

- La formación específica y obligatoria de operadores/as públicos sobre temas de violencia, igualdad y no discriminación por razón de sexo y equidad de género.

- La revisión de antecedentes de violencia ejercida contra una mujer para la elección, designación, nombramiento o contratación de cualquier funcionario/a cargos públicos.

- La implementación de políticas sectoriales en entidades centrales y territoriales autónomas promoviendo medidas concretas para la erradicación de la violencia.

- La participación y control social de las organizaciones sociales y de mujeres de la sociedad civil en las políticas públicas y en la calidad de los servicios.

- La responsabilidad concreta en la implementación

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