Analisis de test de proporcionalidad
Enviado por Jahir Vicente • 5 de Noviembre de 2019 • Ensayo • 724 Palabras (3 Páginas) • 209 Visitas
EXP-Nº 02583 - 2018 - PA/TC
MADRE DE DIOS
MARTIN QUISPE AYMA
Sentencia interlocutoria del Tribunal Constitucional
Lima,11 de setiembre de 2018
RESUMEN
Asunto de recurso de agravio constitucional interpuesto por don Martín Quispe Ayma contra la resolución de fojas 89, de fecha 6 de junio de 2018, expedida por la Sala Civil de la Corta Superior de Justicia de Madre de Dios, que declaró improcedente la demanda de autos.
La sentencia interlocutoria queda denegada ya que no presenta vulneración de derechos, no contradice al Tribunal Constitucional y fue una sentencia de carácter iguales.
La sentencia posee una estructura idónea para tutelar los derechos relativos al trabajo, además como medida cautelar se le suspendió su labor hasta la resolución de las controversias pendientes.
Se le destituyó al demandante de la carrera pública magisterial a partir del 10 de abril de 2018, del cargo de profesor de la institución educativa Almirante Miguel Grau Seminario; por la causal de haber sido condenado por delito de terrorismo e inhabilitar definitivamente al señor Martín Quispe Ayma del servicio de instituciones educativas pública y privadas en educación básica.
POSICIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
El Tribunal Constitucional declara improcedente la demanda de amparo por parte del señor Martin Quispe Ayma. Este proceso afirma el TC, posee una estructura idónea para tutelar los derechos relativos al trabajo, generando una controversia. El TC agrega que es sustancialmente igual resuelto de manera desestimatoria este expediente y que para resolverlo se debe dejar sin efecto la Resolución Directoral Regional. Asimismo, decide comparar aplicando el test de proporcionalidad este expediente junto a otros cinco y concluir; <<[…] al apartar a los docentes que han cumplido su pena por los delitos de apología al terrorismo y otras formas agravadas antes de ingresar (o ingresar) a la carrera pública magisterial, reduce en casi su totalidad la posibilidad de que el sistema educativo nacional esté orientado a la consecución de objetivos reñidos con el respeto de los derechos fundamentales y con los valores y principios del Estado constitucional>>.
En consecuencia, y de lo expuesto en los fundamentos 2 a 4 supra, se verifica que el presente recurso de agravio ha incurrido en la causal de rechazo prevista en el acápite d) del fundamento 49 de la sentencia emitida en el Expediente 00987-2014-PA/TC y en el inciso d) del artículo 11 del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional. Por esta razón, corresponde declarar, sin más trámite, improcedente el recurso de agravio constitucional.
PRINCIPIOS EN JUEGO
Derecho constitucional al trabajo:
- LA DECLARACIÓNBDE LOS DERECHOS HUMANOS:
Art. 23°: Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias del trabajo y a la protección contra el desempleo.
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