Antecedente Histórico
Enviado por chaavila77 • 6 de Marzo de 2016 • Apuntes • 669 Palabras (3 Páginas) • 144 Visitas
Antecedente Histórico
El origen del artículo 5° Constitucional tiene su fuente en la Constitución de 1857 que expresaba únicamente lo siguiente: ‘’ Nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento. La ley no puede autorizar ningún contrato que tenga por objeto la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad del hombre, ya sea por causa de trabajo, de educación o de voto religioso. Tampoco puede autorizar convenios en que el hombre pacte su proscripción o destierro’’[1]. Esta garantía individual estuvo ligada a lo contenido en el artículo cuarto, en el cual se establecía que a ninguna persona se podía impedir el dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomodare, siendo lícitos.
Tres reformas ha tenido este artículo. La primera se publicó en el DOF de fecha 17 de Noviembre de 1942 y correspondió al segundo párrafo del precepto. Dicho párrafo decía: ‘’En cuanto a los servicios públicos sólo podrán ser obligatorios, en los términos que establezcan las leyes respectivas, el de las armas, los de jurados, los cargos concejiles y los cargos de elección popular, directa o indirecta’’. Esta parte se modifico para decir: ‘’Las funciones electorales y censales tendrán carácter obligatorio y gratuito; los servicios profesionales de índole social serán obligatorios y retribuidos en los términos de la ley y con las excepciones que ésta señale’’[2]; acorde con la redacción actual del párrafo del artículo.
Una iniciativa posterior del presidente de la republica, presentada el año de 1974, trajo como resultado la inclusión del contenido original del artículo cuarto constitucional en el texto del artículo quinto, integrando el texto de este último al párrafo cuarto ya transcrito. La causa ha sido, como se vio por la redacción actual del citado artículo cuarto de la Constitución, que éste contrae a tres situaciones modernas y distintas a la libertad de trabajo:
- La igualdad ante la ley del varón y la mujer, sobre todo en la responsabilidad y decisión respecto al número y espaciamiento de los hijos.
- El derecho a la protección de la salud y el acceso de toda persona a los servicios de salud.
- El derecho de toda familia de disfrutar de una vivienda digna y decorosa.
Conforme a la última reforma de este articulo, la publicada en el Diario Oficial del 28 de Enero de 1992, dentro del marco de la denominada modernización de las relaciones entre el estado y la iglesia, se eliminó del párrafo quinto la parte que prohibía la profesión de votos religiosos, así como el establecimiento de órdenes monásticas, cualquiera que fuere la denominación u objeto con que pretendiera elegirse. Dicha reforma fortalece la libertad individual de profesar la creencia religiosa que más le agrade a un individuo (artículo 24), ya que, si así lo decide, puede formar parte, sin restricción alguna de la orden monástica de su preferencia.
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