Análisis: La inviolabilidad del secreto bancario
Enviado por percyunmsm • 20 de Junio de 2020 • Tarea • 452 Palabras (2 Páginas) • 146 Visitas
Análisis: La inviolabilidad del secreto bancario
La Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (Ley General) en su artículo 140 establece lo siguiente: “Está prohibido a las empresas del sistema financiero, así como a sus directores y trabajadores, suministrar cualquier información sobre las operaciones pasivas con sus clientes, a menos que medie autorización escrita de éstos o se trate de los supuestos consignados en los Artículos 142, 143 y 143-A”.
La prohibición establecida no es otra cosa que el conocido “secreto bancario”, que viene a ser una protección legal que la Ley General otorga a todas las cuentas de ahorros (operaciones pasivas). Los ahorristas deben tener claro que las entidades del sistema financiero en atención al secreto bancario se encuentran prohibidas de brindar a terceros cualquier tipo de información referida a sus cuentas de ahorros.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha señalado que el secreto bancario comprende toda la información relativa a la existencia de un depósito bajo cualquier modalidad, ya sea ahorros, a plazos, cuenta corriente, CTS, etc. Esto incluye la identidad de su titular, los documentos sustentatorios para la apertura de la cuenta, el origen de los fondos depositados, los movimientos efectuados, depósitos, retiros (incluso por la cobranza de cheques girados), y la fecha en que tales movimientos hayan podido realizarse. Violar el secreto bancario genera responsabilidad administrativa para la entidad e, incluso, penal para los funcionarios responsables por la violación del secreto bancario.
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha sancionado a entidades del sistema financiero por violar el secreto bancario de sus clientes (ahorristas) en la medida que esa transgresión implica una vulneración al deber de idoneidad contenidos en los artículos 18 y 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Esto debido a que un cliente espera que la información de sus cuentas de ahorros se encuentre protegida y no sea brindada directa ni indirectamente a terceros, pues de lo contrario defrauda sus expectativas.
De ese modo, quien considere que su información ha sido divulgada y que esto pueda ser atribuible a su entidad financiera puede acudir a la Plataforma de Atención al Usuario de la SBS, a Aló Banco o a Indecopi con la finalidad de poder salvaguardar sus derechos. Así podrá interponer un reclamo o una denuncia sin perjuicio del derecho que tiene de recurrir a otros mecanismos legales en la vía penal y civil.
El secreto bancario puede ser una figura quizás desconocida para muchos, pero es muy importante y coadyuva a proteger información sensible de los ahorristas, algo que resulta ser muy útil en estos tiempos donde el nivel de criminalidad es alto.
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