Análisis del Código Orgánico Tributario
Enviado por Leonardo Castillo • 1 de Abril de 2019 • Síntesis • 2.278 Palabras (10 Páginas) • 479 Visitas
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Universidad Nacional Experimental de Guayana
Vice Rectorado Académico
Coordinación General de Pregrado
Proyecto de Carrera Ciencias Fiscales
Asignatura: Código Orgánico Tributario
Análisis al Código Orgánico Tributario
Profa. Norka Barreto | Elaborado por: Leonardo Castillo C.I.: 25.932.976 Sec. 01 |
Ciudad Bolívar, noviembre del 2017
Origen del Código Orgánico Tributario
Como tal el tributo se crea debido a la necesidad que tiene el estado de suplir sus propias necesidades. Según Villegas (2001) este representa “Las prestaciones en dinero que el Estado exige en ejercicio de su poder de imperio en virtud de una ley y para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines.” y que gracias a su poder de imperio puede exigirlo.
Esa ley de la cual se basa para exigirlo en realidad es un conjunto de leyes, entre ellas el Código Orgánico Tributario (COT), promulgado en julio de 1982 y puesto en vigencia en enero de 1983, es un documento que busca integrar todas las normativas tributarias y en cierta forma, unificar su aplicación, estableciendo la correcta posición de los sujetos (activo y pasivo) que intervienen en distintas situaciones (hechos imponibles).
Ámbito de Aplicación
En el Artículo 1 del COT (2014) describe las áreas en las que se aplicará dicha normativa, como lo son:
- Tributos nacionales y a las relaciones jurídicas que deriven de estos.
- En los tributos aduaneros, con respecto a los medios de extinción, recursos, determinación de intereses y a la normativa para la administración de estos tributos. Para el resto de los casos se aplicará de forma supletoria.
- De manera supletoria a tributos estatales y municipales, al igual que a otras divisiones político territoriales con potestad tributaria.
- Tributos y accesorios determinados por administraciones tributarias extranjeras, que soliciten al país (según acuerdos y tratados) la recaudación de los mismos dentro del territorio, en ese caso aplicara normas sobre cobro ejecutivo.
Alcance Extraterritorial de la Ley Tributaria
Esto se refiere al deber que tiene aquel ciudadano nacionalizado (debido a las leyes que lo rigen), de cumplir con pago de sus tributos aun cuando este se encuentre fuera del territorio venezolano, pudiendo cancelarlo el o algún responsables, legalmente designado, a fin de que no cometa algún ilícito.
Principios Constitucionales de la Tributación
Dentro de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRVB), se expresas ciertos lineamientos que se deben cumplir en el momento del proceso de recaudación tributaria, los cuales le otorgan cierta defensa al sujeto pasivo al momento participar de este acto. Estos son:
- Principio de Legalidad: Establecido en el Artículo 317 de la CRBV, básicamente establece que no puede exigirse la cancelación de un tributo, si este no está respaldado por una ley que lo avale. Igualmente, en el Artículo 3 del COT habla de que solamente las leyes pueden alterar el régimen tributario.
- Principio de Capacidad Contributiva: Dicta que se deben cancelar los tributos según la capacidad que tiene cada ciudadano, la cual es distinta en cada caso. Esto se encuentra igualmente en el Artículo 317 de la CRBV y parte en el Artículo 135 del mismo documento.
- Principio de Generalidad: Señala como deber de cada ciudadano, el ayudar a subsidiar el gasto público, a través de la cancelación de las diferentes formas del tributo (impuestos, tasas y contribuciones especiales). Esto según el Artículo 133 de la CRBV.
- Principio de Igualdad: Según el Artículo 21 de la CRBV, expresa que todas las personas son iguales ante la ley, esto con el fin de erradicar las diferencias raciales, de género, títulos. Este principio da base a la aplicación de los anteriores nombrados.
- Principio de No Confiscatoriedad: en el Artículo 115 y 317 de la CRBV habla sobre un poder que del cual carecen la tributación, el cual es ser de carácter confiscatorio, dando base al derecho a la propiedad y disfrute de sus bienes. Claro está de que, en caso de sanciones, por el peso de las mismas, esto cambia.
Obligación Tributaria
El Artículo 13 del COT describe esa obligación como el acto que surge entre el Estado (en sus distintas formas de poder público) y los sujetos pasivos cuando ocurre un hecho imponible descrito por la ley.
Como ya se mencionó, los sujetos de la obligación tributaria son:
- Sujeto Activo: Representado por el Estado en sus distintas expresiones de poder público definidas y divididas en el Título IV de la CRBV, en los Artículos 136 al 183, en los que se menciona un poder nacional, estatal y municipal, que, a través de los distintos entes designados, tiene la potestad de crear, modificar y recaudar tributos, según sus competencias.
- Sujeto Pasivo: Según el Artículo 19 del COT, es aquel que posee la obligación legítima de cumplir con las prestaciones tributarias. Este puede cumplir en manera de contribuyente (Según el Artículo 22 del COT, son a los cuales se comprueba el hecho imponible y deben cancelarlo en cumplimiento de sus deberes formales, ya sea en personas jurídicas, naturales u otro ente que goce de autonomía y patrimonio) o de responsable (Sujetos que sin ser contribuyentes, cumplen con obligaciones de los contribuyentes debido a la ley, como por ejemplo los padres y tutores de menores de edad, los comercios, instituciones designadas como agentes de retención; esto según los Artículos 25 a 29 del COT ).
Solidaridad de las Obligaciones Tributarias
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Deberes Formales de los Contribuyentes
Dispuestos en el Artículo 155 del COT, son aplicables no solo a los contribuyentes, sino también a responsables y terceros. Estos expresan ciertas normas a seguir, a fin de facilitar las tareas de fiscalización e investigación (y cualquier otro procedimiento pertinente) realizado por la Administración Tributaria.
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