Artículo 125º Generalidades del Control de Alcohol y Drogas
Enviado por Enrique Humberto Diaz Venegas • 7 de Febrero de 2016 • Monografía • 1.494 Palabras (6 Páginas) • 281 Visitas
Artículo 125º Generalidades del Control de Alcohol y Drogas:
- Se prohíbe la posesión, consumo, venta y distribución de bebidas alcohólicas en los recintos de la empresa.
- Se prohíbe el uso, consumo, venta, entrega, posesión, transporte y desempeño bajo los efectos de cualquier droga o sustancia psicoactiva durante la jornada de trabajo.
- La empresa se reserva el derecho de efectuar controles del consumo de alcohol y drogas a todos aquellos trabajadores, independientes de su condición y cargo, que hayan tenido participación en incidentes o accidentes que hayan tenido como consecuencia lesiones a terceros o a sí mismo o pérdidas materiales.
Artículo 125a °: De las Medición de Alcohol: Las mediciones de alcohol se realizarán cuando la empresa lo estime conveniente pudiendo estar o no planeadas y/o programadas.
Existirán dos instancias de mediciones:
1. Revisión al azar del personal.
Dicha medición se llevará a cabo en cualquier momento y/o lugar, y se seleccionará personal aleatoriamente, ello mediante un sorteo a cargo de la jefatura entre los trabajadores a los que eventualmente les podría corresponder la medición.
2. Presunción estado alcohólico.
Dicha medición se llevará a cabo cuando se detecten condiciones en el trabajador tales como: Incoherencia al hablar Rostro Congestionado Fuerte halito alcohólico Inestabilidad al caminar y/o mantenerse en pie.
El empleador o supervisor directo realizara inmediatamente el procedimiento de medición de alcohol.
El trabajador será sometido a toma de muestra a través de un instrumento especialmente adquirido para este efecto por la empresa o si no se tuviese dicho instrumento, el trabajador será trasladado por personal de la empresa hasta el organismo administrador del seguro o un laboratorio privado donde la empresa posea algún convenio de análisis de muestras.
- El control será realizada por personal certificado, mediante algún instrumento de medición.
- En caso que la medición de alcohol entregue valores positivos, el trabajador podrá solicitar una segunda medición.
De verificarse ciertamente la presencia de alcohol, en uno u otro caso, se adoptarán las siguientes medidas:
- Se retirara inmediatamente al trabajador de la actividad que estuviese realizando.
- Se le prestará la ayuda que fuese necesaria para garantizar su protección y salud, trasladándolo a su casa, no permitiéndosele que sea dejado en otro destino.
- Se aplicarán las sanciones que procedieren por la administración dentro del mes en curso.
- Se considerará como agravante a esta falta las acciones que hubiese estado realizando el trabajador (conduciendo/trabajando en altura/utilizando maquinaria/ aplicando productos químicos,)
- En caso de negación al procedimiento, se dejara informe escrito por la jefatura, con copia a RRHH e Inspección del trabajo.
Artículo 125b °: Se entiende por Droga a la sustancia que se utiliza con la intención de actuar sobre el sistema nervioso con el fin de potenciar el desarrollo físico o intelectual, de alterar el estado de ánimo o de experimentar nuevas sensaciones, y cuyo consumo reiterado puede crear dependencia o puede tener efectos secundarios indeseados.
Artículo 125c°: Se entiende por Alcohol al compuesto químico etanol, también nombrado como alcohol etílico. Se trata de un líquido incoloro e inflamable, cuyo punto de ebullición es 78ºC.
Cabe destacar que el alcohol etílico es una droga psicoactiva para los seres humanos. Su consumo produce, en principio, una sensación de alegría. Al tiempo, el individuo puede sufrir problemas de coordinación y tener la visión borrosa. Con un consumo excesivo, es posible alcanzar un estado de inconsciencia y, en un nivel extremo, llegar a la muerte por envenenamiento.
Artículo 125d °: Se entiende por consumo de drogas a la expresión que encierra conductas que van desde el uso ocasional de esa sustancia psicoactiva al uso compulsivo de la misma, pudiendo el sujeto tener o no conductas asociadas con efectos adversos. Por ejemplo, el uso recreativo de la marihuana o el uso circunstancial de anfetaminas entre camioneros. Cabe destacar que todo abuso o dependencia de sustancias necesariamente comienza por la etapa del uso o consumo de drogas.
Articulo 125e °: Generalidades del consumo de drogas: Lo primero que hay que tener en cuenta es que el fenómeno de la drogadicción no es exclusivo de un grupo o estrato social, económico o cultural determinado. El consumo de drogas afecta a toda la sociedad en su conjunto. En general, el uso de drogas corresponde a un afán de huir de la realidad. Las drogas proporcionan una vía de escape, un alivio temporal a los problemas personales, familiares o sociales.
Artículo 125f °: Se entiende por consumo de alcohol excesivo a la ingesta prolongada de esta sustancia, la cual va obligando al organismo a necesitar o requerir cantidades crecientes para sentir los mismos efectos, a esto se le llama "tolerancia aumentada" y desencadena un mecanismo adaptativo del cuerpo hasta que llega a un límite en el que se invierte la supuesta resistencia y entonces "asimila menos", por eso tolerar más alcohol es en sí un riesgo de alcoholización.
Articulo 125g °: El alcoholismo es un padecimiento que genera una fuerte necesidad de ingerir alcohol, de forma que existe una dependencia física del mismo, manifestándose a través de varios síntomas de abstinencia cuando no es posible su ingesta.
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