Asignatura Legislación Tributaria I
Enviado por Edison Paniagua • 23 de Febrero de 2020 • Trabajo • 1.179 Palabras (5 Páginas) • 168 Visitas
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Asignatura
Legislación Tributaria I
Unidad 1
Retención en la fuente
Presenta
Edison Carvajal Paniagua
Docente
Wilmar Alexander Restrepo Arboleda
Medellín
26 de septiembre de 2019
Consulta y responda las siguientes preguntas
- Determine el origen de la retención en la fuente en Colombia.
Según Sierra Mejía (1971) las normas contenidas en el decreto 1951 del año 1961 dan origen a la autoridad del Gobierno Nacional de cobrar el mal llamado impuesto de retención en la fuente (en realidad la retención en la fuente es un anticipo de un impuesto) y originalmente se utilizó para recaudar de extranjeros no residentes en Colombia por sus ganancias en dividendos y con el paso del tiempo la figura se fue amoldando a otros gravámenes para de esta forma recaudar anticipadamente ingresos para el Gobierno.
- ¿Cómo define la retención en la fuente?
Para Gerencie (2019) la retención es la fuente no es un impuesto, es un anticipo de un impuesto, el cual puede ser el impuesto de renta, a ventas o de industria y comercio. El gobierno utiliza esta figura para generar liquidez en sus arcas, ya que los impuestos son periódicos, pero con la retención en la fuente, se garantiza recaudar anticipadamente una parte de estos impuestos.
- ¿Cuál es objetivo de la retención en la fuente?
El objetivo de la retención en la fuente según la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico (SDDE) y la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) (2013) es garantizar que el Estado tenga un flujo constante de recursos. También podemos afirmar según Rodríguez & Cardona (2019) sirve para evitar el fraude fiscal y lograr recaudar el impuesto en el mismo periodo causado.
- ¿cuáles son los elementos de la retención en la fuente?
Para SDDE y CCB (2013) los elementos de la retención en la fuente son:
- Agente retenedor: persona encargada de practicar la retención.
- Sujeto pasivo: todas aquellas personas naturales o jurídicas obligadas al pago del impuesto y a quienes se les debe retener.
- Concepto de retención: hecho económico que se realiza y que se somete a retención.
- Base de retención: valor o monto sujeto a la retención.
- Tarifa: porcentaje que se aplica sobre el pago o abono en cuenta y que determina el valor que debe retenerse por concepto de impuesto.
Mientras que Rodríguez & Cardona (2019) dan como elementos de la retención en la fuente:
- Sujeto activo: El estado en su faceta nacional o territorial.
- Sujeto Pasivo: consta del agente retenedor (Persona obligada a retener) y retenido (persona obligada a realizar el pago).
- Hecho generador: Hecho económico que da inicio a un impuesto sobre el cuál se va a practicar la retención en la fuente.
- Base gravable: Monto sujeto a retención.
- Tarifa: Porcentaje que se aplica a la base gravable para determinar el valor a retener.
- ¿En qué consiste el UVT definido por la DIAN?
Según la Revista Dinero (2019) la UVT (Unidad de valor tributario) es “una unidad de medida de valor que busca estandarizar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de todos los colombianos”, también es utilizada como unidad de medida de otros cobros estatales además de los impuestos. La DIAN cada año define una UVT y de esta forma facilita los cálculos para pago de impuestos, ya que debido a la inflación cada año se tendrían que expedir leyes nuevas o derechos para los impuestos, de esta forma solo se expide la UVT y ya se pueden calcular el valor de los impuestos de acuerdo a la realidad económica del país.
- Escribe el valor de la UVT de los años 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019.
- 2015: $28.279
- 2016: $29.753
- 2017: $31.859
- 2018: $33.156
- 2019: $34.270
- ¿Qué significa ser contribuyente del impuesto de renta y complementarios?
Para el año 2019 las personas que durante el año 2018 tuvieron Ingresos Brutos o consumos en tarjeta de crédito por 1400 UVT ($46.418.400) , deben presentar declaración de renta, por tanto podemos decir que este impuesto grava todos los ingresos del contribuyente obtenidos durante el año anterior a la presentación; los complementarios corresponden a los ingresos generados esporádicamente, diferentes a la actividad del contribuyente, y deben ser al azar o dados por liberalidad.
- ¿Escribe algunas personas no contribuyentes del impuesto de Renta y Complementarios?
- Las personas que durante el año 2018 tuvieron ingresos brutos o compras en tarjeta de crédito inferiores a 1400 UVT.
- Personas que sus ingresos procedan de indemnizaciones laborales, así superen las 1400 UVT.
- Las personas que sus ingresos procedan de becas públicas, otorgadas por entidades sin fines de lucro, fundaciones bancarias o cajas de ahorro, las cuales son percibidas a fines investigativos y cursos de estudios.
- Las personas que sus ingresos procedan de la prestación del servicio de transporte fluvial de personas, animales o cosas con embarcaciones y planchones de bajo calado, están exentas del impuesto sobre la renta y complementario por un término de quince años, contado a partir del primero de enero del 2018.
- ¿Existen algunas personas no contribuyentes del impuesto de Renta y Complementarios que sean responsables de la retención en la fuente?
Sí, las personas que hacen pagos laborales así no declaren renta.
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