Beneficios económicos (ingresos) JOSNEIBIS
Enviado por brandao14 • 14 de Octubre de 2018 • Informe • 2.056 Palabras (9 Páginas) • 137 Visitas
Beneficios económicos (ingresos) JOSNEIBIS
El Colegio de Ingenieros de Venezuela establecerá este año mecanismos para la obtención de nuevas fuentes de ingresos que le permitirán enfrentar la crisis económica que actualmente atraviesa el país y que notoriamente afecta a este gremio.
La información la dio el Arq. José Gregorio Chacón, Tesorero de la Junta Directiva Nacional del CIV, quien además manifestó que desde mediados del 2015, el presupuesto del Colegio de Ingenieros de Venezuela se ha visto seriamente afectado por los compulsivos incrementos salariales, aunados a los aumentos de los tickets de alimentación establecidos por el Ejecutivo Nacional.
-La fuente de ingresos del presupuesto de nuestro ente gremial correspondiente a este año, ya en ejecución, -dijo- está sustentada por la solventación, o sea, la cuota de membresía que viene a constituir nuestro caballito de batalla.
“Nuestro colegio no posee características de una oficina que se mercadee, ni se dedica a la actividad comercial lucrativa. Toda esta situación nos ha llevado a que el presupuesto tengamos que revisarlo con una periodicidad de cada tres meses. El hecho de producirse ese aumento compulsivo, incide directamente en la nómina de empleados y obreros, contratados, jubilados, y en los pasivos laborales”.
Anunció de seguidas el Arq. Chacón que este año se pondrá en práctica un mecanismo que consiste en la apertura de otras fuentes de ingresos. Una de ellas está dirigida hacia la Fundación Instituto de Mejoramiento Profesional del CIV (FIMP) para el inicio de cursos vía On Line donde participarán los miembros de centros y seccionales en el interior del país que no puedan venir a cursar en la sede central de Caracas.
-Otra opción -añadió- consiste en la alianza institucional. El Colegio de Ingenieros de Venezuela desde el punto de vista institucional, avalará dando una certificación, a los productos que desarrollen aquellos colegas en el área de la construcción, informática, hidráulica, urbanismo, telecomunicaciones en general, etc. Muchos Ingenieros y Arquitectos dictan en el CIV charlas técnicas donde dan a conocer las características y bondades de sus productos.
“Iniciaremos esta experiencia con todos aquellos colegas que manifiesten su interés en que el CIV les avale sus productos, los cuales previamente serán enviados a laboratorios de materiales especializados, de reconocida trayectoria académica e investigativa, para las pruebas respectivas de controles de calidad. Una vez aprobados, se procederá a su certificación.
Indicó que “este producto, ya en el mercado, se tiene prevista su exportación a Colombia y Brasil, y podrá ser adquirido también por los miembros del Colegio de Ingenieros de Venezuela quienes al mostrar su carnet y certificado de solvencia, serán beneficiados con un descuento. Esa experiencia la vamos a tener en fecha próxima con la empresa Industria Pico, productora de volúmenes altos de pegamento “Pego” que se utiliza para cerámicas, frisos, etc.”.
Finalmente dijo que a través de las Universidades y en un plan de amplia divulgación, se les informará a los estudiantes de Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines, futuros colegas, todo lo relacionado con su membresía, costo de la cuota, servicios médico asistenciales y otros beneficios que obtendrán a través del FONPRES-CIV con su solvencia. “Estos son camino que estamos ahora recorriendo en esas direcciones”.
Participación política, partidista y religiosa (por que no es partidista) BRANDO
EL CIV No podrá desarrollar actividades de carácter político, partidista o religioso, ni asumir actitudes de la índole expresada según lo aclara el artículo 22 de la Ley del ejercicio de la ingeniería; ya que El Colegio de Ingenieros de Venezuela es un cuerpo moral de carácter público y, como tal, tiene personalidad jurídica y patrimonio propio, por lo cual no puede ni debe ser usado como medio de propaganda política de ningún sector, ni podrá prestarse para tales fines, manteniendo siempre una actitud imparcial y de respeto ante los factores mencionados anteriormente, permitiendo de tal forma el respeto entre institucionalidades y agremiados inscritos en el mismo. Sin embargo El Colegio de Ingenieros de Venezuela tendrá como fines principales los siguientes: servir como guardián del interés público y actuar como asesor del Estado en los asuntos de su competencia, fomentar el progreso de la ciencia y de la técnica; todo esto desde un punto de vista imparcial y siempre con el claro objetivo de contribuir en el desarrollo del país.
Participación legislativa (por que no se involucró en el proceso de reforma 2008) BRANDO
La propuesta de reforma de la ley del ejercicio de la ingeniería data del año 2008, en el cual se toma como base la entrada en vigencia de la constitución de 1999 a partir del 1 de enero del año 2000, dicha reforma se presenta con la intención de derogar la vigente ley que data desde el 1 de enero de 1959, con la finalidad de mejorar e incluir ciertos aspectos que encuentran obsoletos en la ley vigente; es por ello que desde el mes de marzo de 2006 se abrió un debate nacional convocando a ingenieros y arquitectos de todos los estados del país para determinar las medidas que se debían implementar para mejorar los problemas que aquejan a los ingenieros y abogados. Se discutieron temas como lo es el ejercicio ilegal, el desempleo. Sin embargo los ingenieros que desarrollaban esta propuesta de reforma de ley lo hicieron sin el consentimiento del CIV, por lo cual, el CIV se mantuvo al margen de participar de dicha propuesta; además de que habían ciertos artículos que iban en contra del crecimiento económico del CIV, como lo es la propuesta de inscripción al mismo sea gratis, esto afectaría considerablemente al CIV debido a que no se especifica ninguna medida alternativa para obtener ingresos. Cabe resaltar que de haber participad el CIV en la propuesta de reforma se hubieran tocado a fondo distintos temas, bien sea de carácter organizacional por ejemplo, lo que le hubiera dado mayor profundidad a la reforma.
¿Existen otras normas reguladoras en el ejercicio de la ingeniería? DARWIN
Según la ley del EJERCICIO DE LA INGENIERIA, LA ARQUITECTURA Y PROFESIONES AFINES, en su artículo 1 especifica: El ejercicio de la Ingeniería se rige por dicha Ley, su Reglamento y las normas de ética profesional que a tales efectos dicta el Colegio de Ingenieros de Venezuela (CIV).
La ley de la ingeniería expresa los lineamientos correctos que debe seguir el profesional para un correcto cumplimiento de sus funciones, de igual forma señala a aquellos que no lo hacen, como por ejemplo:
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